¿Se puede echar a alguien estando de baja?

Bien, yo sé que sí, pero quería informarme mejor.

Se trata de una limpiadora que trabaja para una comunidad de vecinos. La comunidad quiere despedirla, pero la señora tiene problemas de cervicales, y como todos sabemos, no es difícil usar esa excusa para darse de baja en cuanto ella lo desee.

Así que se temen que en cuanto se empiece a hablar de despedirla ella se dé de baja. Lo que quieren saber es qué consecuencias económicas tendría ese despido en esa situación.

Y, ya que estamos, cuánto cuesta un despido improcedente. Según me cuentan, llevará como un año trabajando.

Gracias.
Claro que si si el motivo no es muy grave pero lo mejor es que presente un parte medico de que tiene esos problemas si no a trabajar y ya la hechais [666]
Echarse se puede echar perfectamente...

En mi empresa, tan majos son, a los ultimos que han echado han sido todos despidos improcedentes, se paga la indemnizacion y a cascarla...

Ahora, a cuando asciende la indemnizacion ni idea, pero echarla la pueden echar...
Hace años que le gobierno de Aznar( creo) arregló ese tema...así q te pagan 4 duros (los mismos que si no estuvieras de baja) y a la calle.
si estas de baja, te echan, te pagan indemnizacion y luego sigues cobrando la baja de la SS..

salu2
cuidadin cuidadin, depende de convenios.

aqui NO puedes echar a la limpiadora, puedes cambiar de empresa de limpieza, y esa empresa está obligada a contratar a tu antigua limpiadora, lo unico creo que es darte de baja, quedarte sin limpiadora no se durante cuanto tiempo, y limpiartelo tu solito, porque como te pillén con una limpiadora en estado irregular, además se te cae el pelo.
asthar, creo que aqui se esta hablando de una limpiadora en particular que no esta vinculada a empresa.

lady, depende del tipo de contrato que tenga, en principio son 45 dias por año trabajado, pero ya te digo que depende del tipo de contrato, de su antigüedad, de si es a tiampo parcial o total, etc...

de todas formas eso seria si se demostrase la improcedencia del despido.
Mi duda viene por lo que dice ziber: sé que si uno está de baja y lo despiden, sigue cobrando de la SS hasta que el médico le da el alta. Lo que yo no sé es si la empresa tiene que seguir corriendo con los gastos de la SS del trabajador durante ese tiempo.

Es decir, el famoso bulo de "Estando de baja no se puede despedir al trabajador" sé que es falso, pero tengo entendido que se basa en que a la empresa no le sale rentable y por eso no se acostumbra a hacerlo. Lo que no sé es si no se hace porque hay que seguir pagando SS o porque lo que no se puede hacer es despedir a alguien por estar enfermo.

Lo cual, aclaro, no es el caso. No se la despide por su enfermedad, sino porque no están contentos con su labor de un tiempo a esta parte.

F. Greyback escribió:asthar, creo que aqui se esta hablando de una limpiadora en particular que no esta vinculada a empresa.
Exacto, está contratada directamente por la comunidad de vecinos.

F. Greyback escribió:lady, depende del tipo de contrato que tenga, en principio son 45 dias por año trabajado, pero ya te digo que depende del tipo de contrato, de su antigüedad, de si es a tiampo parcial o total, etc...

de todas formas eso seria si se demostrase la improcedencia del despido.

Simplemente no están contentos con ella y quieren despedirla, aceptando despido improcedente y pagando lo que corresponda.

¿Sigue siendo la indemnización 45 días por año trabajado entonces? Yo sé que antes era así, pero como estas cosas cambian cada dos por tres, quería asegurarme.

Y una pregunta más, aunque no creo que se llegue a dar la situación: ¿puede un trabajador rechazar la indemnización y exigir que se le devuelva el puesto de trabajo?
LadyStarlight escribió:Lo cual, aclaro, no es el caso. No se la despide por su enfermedad, sino porque no están contentos con su labor de un tiempo a esta parte.

Simplemente no están contentos con ella y quieren despedirla, aceptando despido improcedente y pagando lo que corresponda.


Si su rendimiento es bajo o su actitud es incorrecta NO es despido improcedente aunque ella esté de baja.

LadyStarlight escribió:¿Sigue siendo la indemnización 45 días por año trabajado entonces? Yo sé que antes era así, pero como estas cosas cambian cada dos por tres, quería asegurarme.


Sigue siendo así, ya te digo que es en función del tipo de contrato que tenga, que pueden ser solo 20 días por año. Mañana cojo el Código y te lo digo, que hoy ya es muy tarde.

LadyStarlight escribió:Y una pregunta más, aunque no creo que se llegue a dar la situación: ¿puede un trabajador rechazar la indemnización y exigir que se le devuelva el puesto de trabajo?


No, los despidos no son "canjeables". Otra cosa es que un juez decrete que se deba restituir al trabajador en su puesto cuando ha habido discriminación, mobbing u otros motivos, pero un despido, por muy improcedente que sea, es fulminante
Hola!
Un amigo mío estaba por ett en un trabajo, para finales de diciembre lo hicieron de la empresa indefinido, y en nochevieja se rompió el codo con la moto. Hace medio mes o por ahí que lo echaron, y le han dado 2100 euros o por ahi incluyendo una paga extra de 900, lo digo para que se calcule lo que cuesta más o menos, y vaya que si se puede.

No conozco el caso de la limpiadora esa, pero vaya que si yo habría despedido a alguien como mi amigo ( hace muchos meses que está apto para trabajar).

saludos
Si el contrato es de hace un año mas o menos, entonces son 33 dias por año, asi que si lleva mas o menos un año le corresponde un mes de salario y las vacaciones que no haya disfrutado (ademas de pagas si no estan prorrateadas), pero bueno entre pitos y flautas el finiquito sera aproximadamente de 2 mensualidades mas lo que haya trabajado ese mes.

Para la proxima vez encargarle el servicio a una empresa y cuando no os guste contratais a otra empresa.
F. Greyback escribió:Si su rendimiento es bajo o su actitud es incorrecta NO es despido improcedente aunque ella esté de baja.

Ya lo sé, pero según parece no tienen ganas de pelearlo, se le da su indemnización y a correr.

Para la proxima vez encargarle el servicio a una empresa y cuando no os guste contratais a otra empresa.
No es mi decisión, ni tan siquiera es mi comunidad. Por supuesto que para un trabajo que puede hacer casi cualquiera es mejor contratar a una empresa porque te ahorras pagar las bajas, los despidos, buscar sustitutos para vacaciones y toda la pesca, eso ya lo sé.

Me lo han preguntado a mí porque me tocó vivir un despido improcedente con mobbing incluido, y a mi compañera de trabajo y amiga le tocó lo mismo pero con la gracia de que la despidieron estando de baja, así que por poco que sepa yo, sé más que los que se limitan a decir "estando de baja no te pueden echar".
LadyStarlight escribió:¿Sigue siendo la indemnización 45 días por año trabajado entonces?


Ese es el máximo, si la empleada no está conforme, van a juicio y se estima que por las circunstancias que sea ha habido un descenso del rendimiento o cualquier otra causa demostrable, el juez puede determinar que sean 15, 20 ó 30 días.
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