Rescatar una pension

El caso es que mis padres han decidido rescatar una de sus pensiones por que ambos estan en el paro, la cantidad no supera ni los 10000€, el caso este medio dia comiendo con ellos me comentan que les quieren sacar el 41% en impuestos, de un fondo que no solo no les ha dado dinero, si no que encima les ha hecho perderlo.

A lo que me pregunto ¿es normal?, si lo es, no me extraña que la gente se guarde el dinero bajo el colchon y haya tantisimo dinero oculto en este pais.
TromESP está baneado por "clones para saltarse baneo"
Puede ser, hay que tener cuidado con ese tipo de inversiones y sobre todo si son a largo plazo, ten en cuenta que suelen llevar implicitas clausulas fiscales deducibles anualmente, asi como otras prevendas de rentabilidad, intentar el rescate de un fondo antes de las condiciones para el cual fue concertado, puede que traiga consigo penalizaciones como las que comentas....

Un saludo
El rescate del PIP tributa como rendimiento del trabajo.

Antes ha disfrutado, no sólo de exenciones, sino que las aportaciones han producido desgravaciones fiscales cada año.
Es lo que te han dicho. Tu contratas un plan con unas determinadas condiciones que te supone unas ventajas durante años. Si interrumpes la operacion antes de lo fijado en un principio tendrás que devolver los beneficios de que disfrutaste (y me imagino que algo de propina)
[quote="Dfx"e] les quieren sacar el 41% en impuestos[/quote]
Si son impuestos entonces es cosa de la fiscalidad, no del banco. Normalmente los fondos no tributan hasta que no los rescatas.
Simplemente me ha hecho gracia que despues de practicamente perder dinero con el fondo, a la hora de pagar impuestos se quieran llevar casi la mitad en impuestos, desde luego es una cosa a tener en cuenta para el futuro, antes de meter el dinero en el banco te lo guardas en casa.
El mejor plan de pensiones...
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Que lo miren bien, porque tal vez se puedan acoger a alguno de los supuestos de rescate sin penalización.
No habla de penalización por rescatarlo antes de tiempo. Habla de impuestos
No hay penalizacion del banco, es de lo que hay que pagar a hacienda por recuperar SU dinero de lo que hablo, entenderia que les cobrasen parte del rendimiento, no de todo el dinero que tenian guardado, el rendimiento ha sido ridiculo de hecho se han tirado meses perdiendo dinero y ahora tienen una cantidad similar a la que ellos han ido ahorrando ahi poco a poco, pero bueno, que si, que si en su momento no supieron leer la letra pequeña, no hay nada que hacer, podrian haber tenido el dinero en casa y haberse llevado el 100% de lo que tenian, la unica diferencia es que el banco no se llevaria nada y el estado tampoco.

Las condiciones que pedia el banco para rescatarlo era estar en el paro o sin ingresos, lo de la tributacion ya es cosa de hacienda, a mi me sigue pareciendo un robo con todas las letras, pero claro, que puedes hacer, si te dicen que has perder la mitad de tus ahorros solo te queda callar.
Las aportaciones, desgravan en la renta.

El rescate, tributa en la renta.

No es tan complicado.

Si tienes el dinero debajo del colchón, no tributas, pero tampoco te beneficias cada año de las desgravaciones que te aplicas en la renta por las aportaciones al plan.
Dfx escribió:No hay penalizacion del banco, es de lo que hay que pagar a hacienda por recuperar SU dinero de lo que hablo, entenderia que les cobrasen parte del rendimiento, no de todo el dinero que tenian guardado, el rendimiento ha sido ridiculo de hecho se han tirado meses perdiendo dinero y ahora tienen una cantidad similar a la que ellos han ido ahorrando ahi poco a poco, pero bueno, que si, que si en su momento no supieron leer la letra pequeña, no hay nada que hacer, podrian haber tenido el dinero en casa y haberse llevado el 100% de lo que tenian, la unica diferencia es que el banco no se llevaria nada y el estado tampoco.

Las condiciones que pedia el banco para rescatarlo era estar en el paro o sin ingresos, lo de la tributacion ya es cosa de hacienda, a mi me sigue pareciendo un robo con todas las letras, pero claro, que puedes hacer, si te dicen que has perder la mitad de tus ahorros solo te queda callar.


Antes de hacer nada definitivo, que pidan varias simulaciones: cobrar en forma de capital, renta y mixto, porque puede haber diferencia a la hora de los impuestos.
Te lo ha explicado Cozumel, no es que si lo hubieran guardado bajo el colchón ahora tendrían 10.000 por ejemplo en vez de 6.000, es que tendrían 6.000 debajo del colchón porque los otros 4.000 los habrían ido pagando en impuestos.....
[PeneDeGoma] escribió:Te lo ha explicado Cozumel, no es que si lo hubieran guardado bajo el colchón ahora tendrían 10.000 por ejemplo en vez de 6.000, es que tendrían 6.000 debajo del colchón porque los otros 4.000 los habrían ido pagando en impuestos.....


Perdoname si no entiendo ese planteamiento, quieres decir que al no gastar ese dinero, se lo han ido deduciendo de su declaracion de la renta? no lo entiendo la verdad.

Si hubieran metido esos supuestos 10000 en el banco, hubieran pagado 4000€ de impuestos solo por tenerlos, aqui hay algo que falla, no se, a mi por lo menos no me cuadra mucho.

Perdonar que no lo pueda explicar mejor, tampoco es que sepa todo los detalles de la situacion, si os puedo decir que han removido todo lo removible y solo les queda pagar.
ARRIKITOWN escribió:El mejor plan de pensiones...
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Amén!
Por ejemplo, si tus padres tenían que pagar en la declaración de renta 500 euros anuales, por poner un ejemplo, al tener el plan de pensiones pagan por ejemplo 300 al año. Esos 200 los suman a los que ellos meten de su bolsillo, con lo que al final de la corrida tienen lo que ellos han metido de su bolsillo, y lo que han metido porque no lo han pagado en impuestos, esto es, lo que se han desgravado.

Como lo han cancelado, ahora tienen que pagar esos 200* los años que lo hayan tenido. Las cifras son inventadas, pero creo que se entiende.


Saludos
Aquí lo explican un poco por encima:

http://revista.consumer.es/web/es/20030 ... /58896.php

Ventajas e inconvenientes de ambos sistemas de ahorro
Plan de Jubilación

Es un producto financiero gestionado principalmente por compañías de seguros.
Su principal ventaja es la liquidez. El suscriptor puede sacar el dinero ingresado en cualquier momento (aunque será penalizado por ello con una comisión bastante alta, algo en lo que pocas veces se incide cuando un consumidor contrata este producto financiero). En principio, las aportaciones de estos seguros de ahorro se cobran en la fecha acordada entre la aseguradora y el cliente, no tiene por qué coincidir con la edad de jubilación. Para evitar malentendidos, es preciso que todos los plazos se recojan en un documento escrito.
Las compañías de seguros también contemplan el llamado "rescate" o cancelación parcial: la posibilidad de hacer una cancelación parcial sin penalización alguna, independientemente de que ese dinero se vuelva a ingresar.
Al igual que los planes de pensiones, los de jubilación permiten al cliente establecer una cuota fija mensual, trimestral, semestral o anual que puede ser reducida o aumentada.
Desgravación fiscal: los planes de jubilación, a diferencia de los de pensiones, no se benefician de desgravaciones fiscales.
Pago de impuestos: respecto al cobro total del dinero en este caso, a diferencia del anterior, el titular ya pagaba los impuestos correspondientes al dinero que aportaba de manera periódica en su declaración de la Renta, por lo que no deberá pagar impuestos por el dinero recibido, aunque sí de los intereses que le ha producido.
La rentabilidad de los planes de jubilación es, normalmente, menor que la de los planes de pensiones.

Plan de Pensiones

Es un producto financiero de ahorro integrado en otros mayores: los Fondos de Pensiones. Los planes de pensiones, al invertir en Fondos, no garantizan una rentabilidad inicial.
Su principal inconveniente es la falta de liquidez. Las aportaciones de los planes de pensiones no se pueden recuperar hasta que no se llegue a la jubilación, a los 65 años o anticipada. Las excepciones están descritas por la Ley: fallecimiento, enfermedad grave o paro de larga duración.
La cuota puede ser mensual, trimestral, semestral o anual, a gusto del cliente. Y se pueden reducir, aumentar e incluso suspender temporalmente. También se pueden hacer aportaciones únicas por la cantidad que se desee, con una sola condición: los ingresos desgravables en los planes de pensiones tienen un límite anual de 8.000 euros.
Una vez que el titular se haya jubilado puede recuperar el dinero en cuotas mensuales o en un solo pago.
Pago de impuestos: cuando se llega a la jubilación y uno se dispone a recuperar lo ahorrado, las cantidades aportadas durante tantos años las entiende el fisco como rentas de trabajo que desgravaron en su momento, por lo que cuando se reciba el dinero con los intereses el titular deberá pagar los impuestos que no satisfizo en sus sucesivas declaraciones de la Renta.

diorama escribió: Pago de impuestos: cuando se llega a la jubilación y uno se dispone a recuperar lo ahorrado, las cantidades aportadas durante tantos años las entiende el fisco como rentas de trabajo que desgravaron en su momento, por lo que cuando se reciba el dinero con los intereses el titular deberá pagar los impuestos que no satisfizo en sus sucesivas declaraciones de la Renta.


Ya no puede explicarse más claro.
Cozumel escribió:
diorama escribió: Pago de impuestos: cuando se llega a la jubilación y uno se dispone a recuperar lo ahorrado, las cantidades aportadas durante tantos años las entiende el fisco como rentas de trabajo que desgravaron en su momento, por lo que cuando se reciba el dinero con los intereses el titular deberá pagar los impuestos que no satisfizo en sus sucesivas declaraciones de la Renta.


Ya no puede explicarse más claro.


Por eso mismo es importante tener en cuenta la forma del rescate: por ejemplo cobrando en capital la parte de aportaciones previas a 2007, que se benefician de un 40% de reducción, y de un pago en renta que no llegue a los 22.000€ anuales, por lo que no habría obligación de hacer declaración de la Renta.
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