Recurrir multa

A ver si alguno sabéis cómo debería recurrir una multa que me han puesto hace menos de 1 hora. Os cuento:

Cierro la tienda, estaba cayendo una de agua brutal, cojo el coche para ir más adelante a una panadería, aparco encima de la acera cerca de ésta para no mojarme mucho ni el pan. Entro, hay un señor comprando, luego compro yo, hecho unos 5 minutos en total, salgo y veo los locales poniéndome una multa en mi parabrisas.

Voy corriendo, oiga oiga!

- Disculpe, pero tan sólo he ido a comprar el pan.
- Bueno aquí llevamos 5 minutos.
- Mire las bolsas, vengo de aquella panadería.
- Lo siento pero no puedo hacer nada, aquí está interrumpiendo el paso a un posible minusválido o al tráfico.
- Dígame a quien por favor, porque yo no veo a nadie ni a ningún coche con la que está cayendo de agua.
- em, bueno lo siento, hubiera usted aparcado bien.
- ¿Oiga y esto no es afán recaudatorio? porque yo no estaba molestando a nadie, y sólo he estado fuera 5 minutos, he aparcado mal porque está lloviendo fuerte, compréndalo.
- Lo siento, si no está de acuerdo haga un pliego de descargo.

Luego le dije que si para eso están, para sacarnos el dinero por la cara con lo difícil que están ahora las cosas, y encima me puse chorreando mientras los señoritos estaban dentro de su coche. El compañero me miraba con resignación, pero me había tocado un chulo especulador y por mucho que dijera se la sudaba. Al irme me tuve que morder los puños porque me daban ganas de ir a matarlo.

Bueno la multa ni se vé del agua que le calló, así que ni sé los motivos que han puesto, ni nada de nada.
Si te toca el típico tío seco, la multa te la llevas sí o sí, es más, cuanto más vueltas le des y más te calientes, más fácil es que te busquen lío por otro lado.

Lo que tienes que hacer es hacer un escrito alegando los motivos que tú consideres oportunos por los que no crees que la multa sea correcta. Por ponerte un ejemplo, a mi padre le quitaron una multa que le pusieron por dejar el coche parado (con él dentro) en una calle esperando a mi hermana durante un par de minutos a que saliera del curro. Cómo lo consiguió? El local había puesto que estaba "estacionado en plena calzada", lo cual no era cierto, porque ni estaba estacionado, ni era en plena calzada, sino a un lado. Llegó hasta a poner en el escrito la definición de la RAE de estar en plena calzada XD

Pero vamos, ahora en navidades, tienen incentivo de poner más multas, así que mejor no darles motivos.

saludos
Pufff... no sabes lo que has hecho amigo, ahora vendrán el capazo de perfectos a echarte en cara que seas tan pocavergüenza como para aparcar mal la friolera de 5 minutos, y encima, en lugar de aplaudir al policía que realizaba el noble acto de joderte el mes para hacerte ver lo malvado de tu acto, en lugar de eso quieres quitarte la multa, como si fuese una persona decente e inocente... [sonrisa] [sonrisa]

Tu tas mu loco! [carcajad] [carcajad]

No, ahora en serio. Puedes recurrirla o hacer un pliego de descargo, para recurrirla, como no haya algún fallo en la propia multa, como que falten datos relevantes o estén mal, lo mejor será hacer el pliego de descargo, diciendo que consideras la multa excesiva porque fueron 5 minutos, que llovía mucho y tal y cual. Suena a rollo macabeo, pero es de lo que trata el pliego.

Salut
Pues mira bien la multa , porque ami me pusieron una y la analize bien y faltaba información y no la pagé asique miralo bien.
yiyinho escribió:Pues mira bien la multa , porque ami me pusieron una y la analize bien y faltaba información y no la pagé asique miralo bien.


pero si esta destrozada por el agua

mira, si no la has firmado tienes una oportunidad
al no estar firmada es como que no te la han notificado y por tanto te ha de llegar la notificacion, si pasan mas de 2 meses al ser falta leve se dara por pasada de fecha
la fecha fehaciente para la administracion y para todos es la fecha en la que te enteras de la multa, es decir, cuando la firmas o cuando la recibes mediante correo certificado
mientras no venga en correo certificado tirala ya que no esta notificada.
ten cuidado de que nadie la firme por ti porque te joden y a esperar

lo unico que si te llega paga y ahorrate pasta, que no te pase como a mi que me clavaron 10multas en total 1000€, todas recurridas pero tengo que pagar todas...
eso si, si te llega y te beneficias del descuento no puedes recurrir, pero si no si puedes.
pero amos, si te llega pagala porque segun el codigo de circulacion tu has infringido dos normas:

aparcar en la acera obstaculizando el paso de peatones: 90€-60€ con reduccion falta leve
abandonar el vehiculo en una zona no permitida por tiempo superior a un minuto sin conductor: esta creo que son 100€ y posibilidad de retirada con la grua

entre la crisis y demas no hay que dejar que pasen estas cosas, y menos porque ademas una cosa va por la administracion y la otra por otra via
Si lo considerase justo a costa de mi torpeza o vagueza, pues vale, la pago y listo.
Es de 70 euros, ahora puedo medio leerla que se ha secado el papel, aunque apenas se entiende, se vé que se dio prisa en escribirla.

Pero me fastidia muchísimo pensar en pagarla, porque me acaban de robar en mi puta cara. Una calle con suficiente espacio, diluviando, no pasaba ni el tato, y que en sólo 5 minutos tuviera la multa poniéndose en mi parabrisas por estar encima de la acera tiene cojones.
Y lo mejor ha sido cuando le he preguntado a quien estaba estorbando, su excusita diaria se le había ido al garete y tuvo ya que responderme con un "no haber malestacionado", es decir, por mis cojones.

He estado mirando y no veo nada fuera de lo normal, así que en este aspecto no creo que pueda hacer nada, tendré que hacer un pliego contando los hechos y manifestando mi malestar ante tal afán recaudatorio sin comprensión alguna dada la situación, pero me da que se van a limpiar el culo con ello.

Joder que no somos robots, si han visto que no estorbaba realmente a nadie, que había tardado sólo 5 minutos y estaba diluviando.. que menos...

Saludos.

edit.

rhipone escribió:pero si esta destrozada por el agua

mira, si no la has firmado tienes una oportunidad
al no estar firmada es como que no te la han notificado y por tanto te ha de llegar la notificacion, si pasan mas de 2 meses al ser falta leve se dara por pasada de fecha
la fecha fehaciente para la administracion y para todos es la fecha en la que te enteras de la multa, es decir, cuando la firmas o cuando la recibes mediante correo certificado
mientras no venga en correo certificado tirala ya que no esta notificada.
ten cuidado de que nadie la firme por ti porque te joden y a esperar

lo unico que si te llega paga y ahorrate pasta, que no te pase como a mi que me clavaron 10multas en total 1000€, todas recurridas pero tengo que pagar todas...
eso si, si te llega y te beneficias del descuento no puedes recurrir, pero si no si puedes.
pero amos, si te llega pagala porque segun el codigo de circulacion tu has infringido dos normas:

aparcar en la acera obstaculizando el paso de peatones: 90€-60€ con reduccion falta leve
abandonar el vehiculo en una zona no permitida por tiempo superior a un minuto sin conductor: esta creo que son 100€ y posibilidad de retirada con la grua

entre la crisis y demas no hay que dejar que pasen estas cosas, y menos porque ademas una cosa va por la administracion y la otra por otra via


Pone 70 como dije arriba. Es que ni me dijeron de firmar ni nada, se metieron rapidito en el coche para no mojarse, y yo hablándoles por la ventanilla poniéndome perdido, y buenooo, les tuve que decir, por favor baje un poco la ventanilla porque no le entiendo, encima me atendieron de forma lamentable.

Entonces me tienen que notificar forzosamente en ese plazo?
A ver, yo te digo lo poco que se.
En una multa siempre hay que considerar dos fechas, la de la infraccion y la fehaciente, es decir, la que la administracion nos dice que hemos cometido una infraccion.
La diferencia es bien sencilla y bien importante, te pongo un ejemplo con la GC
Tu vas por una carretera a 140km/h, la GC te echa la foto y te paran, el GC te dice que has sobrepasado el limite y tu tienes dos opciones:
Opcion 1, "la del pobre": reconocerlo y pagar, ahorrandote el 50% y los puntos tan valisos.
Opcion 2, "la del rico": no reconocerlo, negarte a firmar la denuncia, perder la bonificacion de 50% y la posibilidad de los puntos.
Si eliges la op. 1 se acabo las cosas, ya ni te molestes en recurrir, solo podras expresar tu malestar, pero nada mas, acceder al descuento es admitir la infraccion y por tanto recurrir es uan gilipollez, si eliges la op.2 tienes lo siguiente.

Bueno, como la falta es una falta leve no te pueden detener, pr lo cual te niegas a firmar esa denuncia y el policia lo pone y se acabo.
Si pasan 2 meses en infraccion leve, 6 en grave o 1 año en muy grave( si no recuerdo mal) se da por hecho que la administracion ha perdido el plazo de notificacion.
Firmar la multa es firmar la notificacion, por lo cual desde la fecha de la infraccion a la fecha fehaciente ha pasado 5 minutos
Sin embargo, si no firmas o si te dejan la multa en el parabrisas o lo que sea eso no es fecha fehaciente, ya que cualquiera puede llevarse el papelito y joderte.
Entonces, tu cometes la infraccion el dia X, si pasan 2 meses y no sabes nada olvidate.
No son dias naturales, son laborales, pero los laborales tambien son los sabados, eso es importante.

La notificacion es una carta certificada, nada de cartas en el buzon ni nada, porque volvemos a lo mismo, el vecino me la quita y me hace la gracia, por ello NADIE excepto el destinatario debe firmar ninguna notificacion, porque imaginate que tu madre la firma, date por enterado, lo hace el vecino, date por enterado, lo hace tu perro, date por enterado, que la firma tu abuela que se cree que es el del Gas Natural o el de Saber Vivir y luego el perro se la come, la caga y la caca se queda en el parque, date por enterado.
Por eso bajo ningun concepto que nadie firme nada que no es suyo.

Si por algun motivo te llega en el plazo o pagas o recurres.
Si pagas se acabo todo, si recurres aqui tienes una plantilla:

plantilla recursos escribió:SR.
EXPEDIENTE:
FECHA DE LA DENUNCIA: LUGAR: MATRÍCULA:
Don. , mayor de edad, con domicilio en , con D.N.I. núm. , comparece y respetuosamente.
EXPONE
PRIMERO.- Que con fecha , he sido denunciado por infracción en base al siguiente hecho: " ", por lo que se le anuncia una sanción de Euros.
SEGUNDO.- Que no hallándose conforme con los hechos que se le imputan, ni con la sanción propuesta, formula el siguiente (escrito de alegaciones, recurso ordinario, de alzada de reposición), que fundamento en las siguientes
ALEGACIONES
PRIMERO Que no es cierto que el vehículo se encontrara estacionado en la acera, sino que realicé una parada del vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos, según me autoriza el artículo 38 de la Ley de Seguridad Vial, y por lo tanto no se ha infringido la normativa vigente.

SEGUNDO Que se está atentando a su vez contra el principio de legalidad ya que el artículo 69 de la Ley de Seguridad Vial recoge como circunstancias en orden a las que graduar las sanciones: gravedad, trascendencia del hecho, antecedentes del infractor y peligro potencial creado. El boletín de denuncia se limita a la escueta descripción fáctica que ha quedado expuesta, sin añadir nada referente a los elementos agravatorios descritos en el artículo citado y no se recoge que hubiera gravedad, trascendencia, peligro potencial o antecedentes infractores, por lo cual solicito se decrete el apercibimiento o se aplique la sanción en grado mínimo.
TERCERO Que por lo anteriormente expuesto, no debería haber sido sancionado debido a que la parada se produjo por fuerza mayor, motivado por la necesidad imperiosa de acompañar a una persona impedida al portal de su domicilio.
CUARTO Que con el fin de desvirtuar la presunción de veracidad '1iuris tantum" sentada por el artículo 76 del R.D.L. 339/90 SOLICITO LA PRACTICA DE LA PRUEBA consistente en la aportación por el agente denunciante de los elementos probatorios en que se fundamenta el hecho denunciado, pues el propio artículo 76 impone como deber a los agentes de la autoridad la aportación de tales elementos probatorios, sin que surta tal efecto la mera alegación y posterior ratificación del agente denunciante, si no consta en el expediente incoado tal elemento probatorio

Por todo lo anteriormente expuesto
SOLICITA
se sirva admitir el presente escrito, tener por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo, previas las manifestaciones oportunas y demás tramites de rigor, además de que se cumplimenten las PRUEBAS SOLICITADAS, por considerarlas FUNDAMENTALES, se de traslado de las mismas a esta parte, y a su tenor acuerde dejar sin efecto la denuncia y la sanción anunciada.
En , a




Fdo


Ya sabes, donde creas que hay algo que poner escribe lo que creas.

Decir que la publicacion en el BOCAM no es una forma de notificacion ya que nadie mira el BOCAM o el que sea para ver si tiene multas, eso se pone mucho pero es ilegal.

Espero te sirva de ayuda
Buenas... a ver es mi padre el que tiene la multa.
El tema es el siguiente. Le llego la carta certificada pasados dos meses desde que cometió la supuesta infracción. Y LA RECOGIÓ AL SEÑOR CARTERO.
1º Una vez que ha hecho esto se puede alegar que está fuera de tiempo la multa o que ya no se desestima????.
2º La multa es por aparcar un todo terreno en un PROHIGIDO ESTACIONAR EXCEPTO TURISMOS. Además en la descripción de datos del vehículo establecen que es una FURGONETA (los muy h.p.)...

Un saludo y gracias por las posibles respuestas de los que me quieran hechar un cable.
pues si la ha recogido la ha tenido que firmar y por tanto ya se da por enterado.
ahora lo que puede hacer es recurrir pero lo tiene claro, porque tiene todo en su contra, asi que...casi mejor pagar y aprovecharse del descuento, porque las multas prescriben a los 6 meses desde la infraccion.
8 respuestas