› Foros › Off-Topic › Miscelánea
yiyinho escribió:Pues mira bien la multa , porque ami me pusieron una y la analize bien y faltaba información y no la pagé asique miralo bien.
rhipone escribió:pero si esta destrozada por el agua
mira, si no la has firmado tienes una oportunidad
al no estar firmada es como que no te la han notificado y por tanto te ha de llegar la notificacion, si pasan mas de 2 meses al ser falta leve se dara por pasada de fecha
la fecha fehaciente para la administracion y para todos es la fecha en la que te enteras de la multa, es decir, cuando la firmas o cuando la recibes mediante correo certificado
mientras no venga en correo certificado tirala ya que no esta notificada.
ten cuidado de que nadie la firme por ti porque te joden y a esperar
lo unico que si te llega paga y ahorrate pasta, que no te pase como a mi que me clavaron 10multas en total 1000€, todas recurridas pero tengo que pagar todas...
eso si, si te llega y te beneficias del descuento no puedes recurrir, pero si no si puedes.
pero amos, si te llega pagala porque segun el codigo de circulacion tu has infringido dos normas:
aparcar en la acera obstaculizando el paso de peatones: 90€-60€ con reduccion falta leve
abandonar el vehiculo en una zona no permitida por tiempo superior a un minuto sin conductor: esta creo que son 100€ y posibilidad de retirada con la grua
entre la crisis y demas no hay que dejar que pasen estas cosas, y menos porque ademas una cosa va por la administracion y la otra por otra via
plantilla recursos escribió:SR.
EXPEDIENTE:
FECHA DE LA DENUNCIA: LUGAR: MATRÍCULA:
Don. , mayor de edad, con domicilio en , con D.N.I. núm. , comparece y respetuosamente.
EXPONE
PRIMERO.- Que con fecha , he sido denunciado por infracción en base al siguiente hecho: " ", por lo que se le anuncia una sanción de Euros.
SEGUNDO.- Que no hallándose conforme con los hechos que se le imputan, ni con la sanción propuesta, formula el siguiente (escrito de alegaciones, recurso ordinario, de alzada de reposición), que fundamento en las siguientes
ALEGACIONES
PRIMERO Que no es cierto que el vehículo se encontrara estacionado en la acera, sino que realicé una parada del vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos, según me autoriza el artículo 38 de la Ley de Seguridad Vial, y por lo tanto no se ha infringido la normativa vigente.
SEGUNDO Que se está atentando a su vez contra el principio de legalidad ya que el artículo 69 de la Ley de Seguridad Vial recoge como circunstancias en orden a las que graduar las sanciones: gravedad, trascendencia del hecho, antecedentes del infractor y peligro potencial creado. El boletín de denuncia se limita a la escueta descripción fáctica que ha quedado expuesta, sin añadir nada referente a los elementos agravatorios descritos en el artículo citado y no se recoge que hubiera gravedad, trascendencia, peligro potencial o antecedentes infractores, por lo cual solicito se decrete el apercibimiento o se aplique la sanción en grado mínimo.
TERCERO Que por lo anteriormente expuesto, no debería haber sido sancionado debido a que la parada se produjo por fuerza mayor, motivado por la necesidad imperiosa de acompañar a una persona impedida al portal de su domicilio.
CUARTO Que con el fin de desvirtuar la presunción de veracidad '1iuris tantum" sentada por el artículo 76 del R.D.L. 339/90 SOLICITO LA PRACTICA DE LA PRUEBA consistente en la aportación por el agente denunciante de los elementos probatorios en que se fundamenta el hecho denunciado, pues el propio artículo 76 impone como deber a los agentes de la autoridad la aportación de tales elementos probatorios, sin que surta tal efecto la mera alegación y posterior ratificación del agente denunciante, si no consta en el expediente incoado tal elemento probatorio
Por todo lo anteriormente expuesto
SOLICITA
se sirva admitir el presente escrito, tener por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo, previas las manifestaciones oportunas y demás tramites de rigor, además de que se cumplimenten las PRUEBAS SOLICITADAS, por considerarlas FUNDAMENTALES, se de traslado de las mismas a esta parte, y a su tenor acuerde dejar sin efecto la denuncia y la sanción anunciada.
En , a
Fdo