A ver, lo que hace falta es ORDEN. Si si, lo que hace falta es que un tribunal superior aclare que poyas es y que no es legal, y que jodidos derechos tenemos.
Esta claro que la situacion actual no es ilegal, por que sino claramente ya estaria requetesolucionado. Lo que ocurre, es que Sgae y compañia, intentan que se recorten nuestros derechos, y para eso primero tienen que crear un ambiente propicio, para que el legislador legisle a su favor.
Recapitulemos, actualmente:
-Descargar una pelicula o musica ya dibulgada no es ilegal para uso personal sin animo de lucro. Es copia privada.
-Descargar programas de ordenador SI es ilegal.
-El canon de los cd's es una mala aplicacion de la ley. Es injusto con los consumidores.
-Los medios anticopia de los productos son abusivos, puesto dificultan ejercer nuestros derechos de copia privada o de seguridad (especialmente esta ultima, puesto que para esta hace falta el original, no pudiendose obtener de otros medios.)
Por cierto, el Abogado Jorge Cortell en una conferencia en la UPV, va a descargar en directo un archivo musical protegido por derechos de autor de un programa P2P y anima a quien crea que es constitutivo de delito, que le denuncie. Asi mismo explicara por que no es delito y es bueno descargar musica.
En mi opinion personal, considero que, pese a ser bastante oscura la legislacion al respecto, tenemos una legislacion favorable al consumidor actualmente, de manera inesperada para los que manejan el cotarro. Asi , a mi modo de ver, hay varios posibles caminos:
-Mantenerse como esta, con el constante ataque de SGAE y compañia y tal.
-Legislar claramente para recortar nuestros derechos.
-Legislar claramente para reconocer nuestros derechos.
En mi opinion personal, creo que la correcta es la tercera, y consistiria en permitir la copia privada, sin compensacion para el autor, de cualquier obra publicada audiovisual, siempre que no se pretenda ganar dinero con ese acto.
Asi mismo, la difusion publica de dichas obras sin animo de ganar dinero, tambien deberia estar permitida sin retribucion al autor.
PD:
Aclaracion:
Copia Privada= Copia relizada de una obra divulgada para uso personal y sin animo de lucro. Puede ser de cualquier copia legal. No es necesario poseer el original.
Copia legal= Es cualquier copia, obtenida de manera legal. Un "original" o una copia privada es una copia legal. Un cd del top manta no es una copia legal, puesto que ha habido un afan de lucro.
Copia de seguridad= es la copia realizada de un original cuyo poseedor es el mismo que el de la copia de seguridad, solo existe para programas informaticos.