Problema laboral

Os cuento.En Junio me casaré,pero trabajo a traves de una ett( cawento ).Me tienen que pagar los 15 dias igualmente?Se pueden negar?Puedo sufrir algun tipo de "represalia"?Que puedo hacer en caso que no me paguen esos 15 dias?
buscate unas oficinas de cc oo o de ugt,o del ministerio de trabajo . alli te informaran con toda certeza y asi sabes a lo que atenerte.
No creo demasiado en ugt ni en ccoo.Ya tuve un problema hace años,acudi a ellos y lo primero que me soltaron fue,si no estas afiliado no hay información.Haber si alguien ha pasado por una situación igual o sabe de alguien.
Mierda de sindicatos... es una mafia mas, si ayudaran al trabajador vale pero no, solo buscan dinero como una empresa mas... que resurjan ugt y ccoo de principios de siglo (XX)!!!

Que ett es? alomejor alguien k haya trabajado desde alli te puede ayudar.
ottaku10 escribió:No creo demasiado en ugt ni en ccoo.Ya tuve un problema hace años,acudi a ellos y lo primero que me soltaron fue,si no estas afiliado no hay información.Haber si alguien ha pasado por una situación igual o sabe de alguien.
y en el ministerio de trabajo,menos creo ,pero alli si que te deben de informar,por que es su obligacion y asi que trabajen ellos algo,coño,que esta gente se coscan poco.
Estatuto de los trabajadores (la biblia para TODOS los trabajadores, independientemente de que curren en una ETT, sean fijos o eventuales o lo que sea, estos son los derechos básicos de TODOS los currelas, me repito para que quede claro):

Título I. De la relación individual de trabajo

Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos

3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

a) Quince días naturales en caso de matrimonio.


Resumiendo: Sí, tienes derecho a tus quince días de permiso remunerado. Si no te quieren dar ese permiso retribuido, el siguiente paso es denunciarlo en inspección de trabajo o en el juzgado de lo social (mejor la primera opción, el juzgado ya requiere de abogados e historias y sale por un pastón)
katxan escribió:el juzgado ya requiere de abogados e historias y sale por un pastón)

Meeec, error :p
En la justicia labroal, salvo algún caso concreto que ahora no recuerdo, no es obligatorio abogado o graduado social. De hecho, se comunica a la otra parte si se lleva para que pueda llevarlo también ;)

En cuanto a la pregunta:


Página de CCOO de Andalucía escribió:Mi contrato es temporal, ¿ tengo los mismos derechos que un trabajador fijo?

los trabajadores con contrato temporal y de duración determinada tendrán los mismos derechos que los trabajadores con contratos de duración indefinida, sin perjuicio de las particularidades especificas de cada una de las modalidades contractuales en materia de extinción de contratos y de aquellas expresamente previstas en la Ley en relación con los contratos formativos y con el contrato de inserción. Cuando corresponda en atención a su naturaleza, tales derechos serán reconocidos en las disposiciones legales y reglamentarias y en los convenios colectivos de manera proporcioanl, en función del tiempo trabajado.

¿ Cuantos días me corresponden de permiso si contraigo matrimonio?
Según establece el Estatuto de los Trabajadores, el trabajador o trabajadora disponde, previo aviso y justificación, de quince días naturales de permiso, con derecho a remuneracion, en caso de matrimonio.



http://www.andalucia.ccoo.es/default2.asp?idpagina=5845

Ojo que yo en laboral patino y mucho. Por eso copio y pego y me abstengo de dar opinión ;) No te lo puedo mirar ahora en un "librito" (nótense las comillas) porque lo presté y, ya se sabe: hay dos clases de tontos, los que prestan libros y los que los devuelven. ;)

Lo que sí creo seguro es que el hecho de que sea a través de una ETT no te afecta lo más mínimo en la cuestión.
Amílcar escribió:Meeec, error :p
En la justicia labroal, salvo algún caso concreto que ahora no recuerdo, no es obligatorio abogado o graduado social. De hecho, se comunica a la otra parte si se lleva para que pueda llevarlo también ;)


Pues entonces llevo engañado 5 años, desde que estoy de presidente del comité de empresa, porque de las aproximadamente 15 reclamaciones judiciales en las que he estado presente, bien como testigo o como parte, en todas ha sido preciso el abogado, tanto en el caso de demandas particulares como en conflictos colectivos (que son los que afectan a más del 10% de la plantilla).

Otra cosa es que se acuda a los Tribunales de Conciliación, Mediación y Arbitraje o similares que puedan existir en cada comunidad autónoma, pero eso son tribunales extrajudiciales, en cambio las denuncias y recursos en el juzgado de lo Social exigen su abogado, con su toga y demás (que si no cae sanción X-D).

Por supuesto, otra vía es la inspección de trabajo, que no requiere más que una denuncia personal de un trabajador, pero eso ya es otro tema diferente.
No, Katxan. En temas de lo social no es precisa la asistencia letrada y como te dice Amílcar si llevas defensa técnica tienes obligación de decirlo. Búscate la ley de procedimiento laboral que allí lo dice....


Otra cosa es que luego en los juicios siempre es conveniente tener abogado. Pero no es necesario. Vale que te represente incluso un tercero no titulado...

Edit: Ya te la he buscado yo. Artículo 18

http://www.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg2-1995.l1t2.html#c1

Como ves incluso en casos colectivos puede designarse como representante a uno de los implicados y no es necesario abogado...
a ver... en principio depende del tipo de contrato que tengas... por mucho que sea por ett si tienen un contrato que incluya los dias en los que te vas a casar si que te los tienen que pagar...

por el contrario si tienes un contrato por dias o algo asi... pues ahi te tendras que joer...

lo mejor de todos modos es o que vayas a una oficina del inem o les llames por teléfono... suelen solucionar bastantes cosas...
Bueno, si me decís que se puede acudir sin abogado, pues os creeré, no soy tan cerril como para negar lo evidente. Sin embargo, y como ocurre con frecuencia, una cosa es la teoría y otra la práctica.
Viendo cómo se desarrollan los juicios, veo de todo punto imposible que una persona no versada en derecho sea capaz de presentar su alegato en la forma debida o defender su postura con una mínima posibilidad de éxito, la lógica de la calle o los argumentos que pueda usar cualquier mortal no vale una mierda frente a la normativa del derecho, no se entra en un juzgado y se argumenta como se haría en una tertulia de bar, sin apoyarse en leyes, precedentes sentados y demás. Un juicio se desarrolla en un idioma totalmente incompresible para el común de los mortales. Vamos, de todos los que yo he estado, no me he enterado ni del 20% de lo que han dicho, es como si coges a un agricultor de un pueblo perdido en el culo del mundo y le metes en medio de un grupo de hackers para que discuta con ellos sobre eproms y firmwares.

Como mínimo es imprescindible asesoramiento de un abogado o similar y si se quiere tener alguna posibilidad de éxito, es imprescindible que te represente un abogado, no queda otra. Que no sea obligatorio, vale, que pueda ser viable acudir a un juicio sin abogado... solo si tienes muchas ganas de perder (y de paso hacer el ridículo)
katxan escribió:Bueno, si me decís que se puede acudir sin abogado, pues os creeré, no soy tan cerril como para negar lo evidente. Sin embargo, y como ocurre con frecuencia, una cosa es la teoría y otra la práctica.
Viendo cómo se desarrollan los juicios, veo de todo punto imposible que una persona no versada en derecho sea capaz de presentar su alegato en la forma debida o defender su postura con una mínima posibilidad de éxito, la lógica de la calle o los argumentos que pueda usar cualquier mortal no vale una mierda frente a la normativa del derecho, no se entra en un juzgado y se argumenta como se haría en una tertulia de bar, sin apoyarse en leyes, precedentes sentados y demás. Un juicio se desarrolla en un idioma totalmente incompresible para el común de los mortales. Vamos, de todos los que yo he estado, no me he enterado ni del 20% de lo que han dicho, es como si coges a un agricultor de un pueblo perdido en el culo del mundo y le metes en medio de un grupo de hackers para que discuta con ellos sobre eproms y firmwares.

Como mínimo es imprescindible asesoramiento de un abogado o similar y si se quiere tener alguna posibilidad de éxito, es imprescindible que te represente un abogado, no queda otra. Que no sea obligatorio, vale, que pueda ser viable acudir a un juicio sin abogado... solo si tienes muchas ganas de perder (y de paso hacer el ridículo)


Yo sólo digo que se puede, no que sea recomendable ;)

Es más, salvo en cosas muy moñas no lo recomiendo, especialmente por corporativismo, que los abogados laboralistas (que no los graduados sociales, a esos que les den :p ) también tienen que comer.

Aún así sí que hay cosas en que, como es el empresario sobre el que recae la carga de la prueba, lo que hace el abogado/graduado social es muy poquito. De todas formas, siempre es recomendable, especialmente si son cosas de "cierta" importancia.
con el tema del hilo...

si estas por ETT contratado semana a semana, te daran de baja justo antes... asi de H.P son..

agurex
Mi contrato es de obra y servicio,nada de semanal ni rollos de esos.Que pasaria si me dicen que no me lo pagan o me dicen que si,que no hay problema y luego me encuentro
que me han despedido?Supongo que me deberia de joder,verdad? [+furioso] .Por otra parte no me gustaria quedarme sin curro,pq estoy bien en la empresa dnd estoy.
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