Pregunta para el que sepa del tema: Cuanto se paga de IVA para compra-venta segunda mano?¿

Buenas a todos. A ver si algún Eoliano sabe de estos temas (seguro que si) [oki]

Mi premisa es bastante sencilla. Hace ya años que compro-vendo artículos de segunda mano de tipo electrónica (consolas, juegos, móviles, etc., etc..) y me surge siempre la misma duda.
Quiero hacerlo "legal", me se las cuotas de Autónomo y demás... pero al preguntar a un gestor y siempre me dice que no sabe, no es concreto... en el tema del IVA. [facepalm]

Yo compro a gente (con factura de compra, obviamente) y luego cuando vendo este articulo yo en mi tienda, tengo que cargar el 21% de IVA?¿?

Mi ejemplo:
Compro un lote de una consola, 2 mandos y 10 juegos. Vale, y pago 200€.
vendo la consola por 150€. (+IVA?¿)
los juegos por 10€ cada uno. (+IVA?¿)
y un mando por 50€ (+IVA?¿)

Tengo que cargar el 21% de IVA cada producto que venda??¿

Nada, es sencillo para el que lo sepa, pero es que estoy harto de gestores que cada uno te dice una cosa....

Mil gracias amigos!! [beer]
@Jota182SP Pagas el 21% de IVA de cada producto como cualquier comercio si te conviertes en profesional.


Un vendedor no profesional solo pagará el impuesto de transmisiones patrimoniales (4%).
Manint escribió:@Jota182SP Pagas el 21% de IVA de cada producto como cualquier comercio si te conviertes en profesional.


Un vendedor no profesional solo pagará el impuesto de transmisiones patrimoniales (4%).


Gracias por la respuesta!!! pero me dejas todo loco... me estas diciendo que alguien no profesional paga menos que un autónomo, vale... cual es la ventaja de ser autónomo entonces??? [tomaaa]

hablo desde la más humilde ignorancia, en serio.
Jota182SP escribió:
Manint escribió:@Jota182SP Pagas el 21% de IVA de cada producto como cualquier comercio si te conviertes en profesional.


Un vendedor no profesional solo pagará el impuesto de transmisiones patrimoniales (4%).


Gracias por la respuesta!!! pero me dejas todo loco... me estas diciendo que alguien no profesional paga menos que un autónomo, vale... cual es la ventaja de ser autónomo entonces??? [tomaaa]

hablo desde la más humilde ignorancia, en serio.


Pues claro, es evidente. El particular no tiene un lucro continuado. La ventaja de ser autónomo es dejar de realizar una actividad irregular y cotizar para los correspondientes beneficios que seguro luego pedirás.
@Jota182SP
Para lo que comentas (comprar bienes usados de particulares y revenderlos) existe el régimen especial de bienes usados.

Eso implica que si tú compras un juego por 50 euros y lo vendes por 80, no tienes que cobrar 80 + IVA sobre 80 euros sino 80 + IVA sobre el margen (es decir, 30 euros que es lo que tú ganas).
martuka_pzm escribió:@Jota182SP
Para lo que comentas (comprar bienes usados de particulares y revenderlos) existe el régimen especial de bienes usados.

Eso implica que si tú compras un juego por 50 euros y lo vendes por 80, no tienes que cobrar 80 + IVA sobre 80 euros sino 80 + IVA sobre el margen (es decir, 30 euros que es lo que tú ganas).


Entonces no es lo mismo que me comenta el otro compañero... es muy, pero muy diferente no? [+risas]
El me comentaba que si, que era un 21% sobre el "precio dispuesto", o sea, si vendo el juego a 80 (como tu bien comentas), seria 80 + IVA.

pero si en este caso en un IVA sobre el "beneficio"... como explicas... no es ni parecido.

esto es justo lo que me pasa en el gestor [qmparto] , que unos te lo explica de una manera y el que lo detalla más te deja aun mas dudas. [tomaaa]

Gracias crack!!
Jota182SP escribió:
martuka_pzm escribió:@Jota182SP
Para lo que comentas (comprar bienes usados de particulares y revenderlos) existe el régimen especial de bienes usados.

Eso implica que si tú compras un juego por 50 euros y lo vendes por 80, no tienes que cobrar 80 + IVA sobre 80 euros sino 80 + IVA sobre el margen (es decir, 30 euros que es lo que tú ganas).


Entonces no es lo mismo que me comenta el otro compañero... es muy, pero muy diferente no? [+risas]
El me comentaba que si, que era un 21% sobre el "precio dispuesto", o sea, si vendo el juego a 80 (como tu bien comentas), seria 80 + IVA.

pero si en este caso en un IVA sobre el "beneficio"... como explicas... no es ni parecido.

esto es justo lo que me pasa en el gestor [qmparto] , que unos te lo explica de una manera y el que lo detalla más te deja aun mas dudas. [tomaaa]

Gracias crack!!


Es que ese régimen especial tiene condiciones y puede que no las cumplas según tu actividad. Más detalles:

https://iniciativafiscal.com/iva-de-bienes-usados/
Como te han dicho existe un regimen especial que es el REBU (regimen especial de bienes usados) que probablemente sea la mejor opción, ahora bien puedes acogerte al regimen general si así lo quieres. El rebu tiene requisitos como el hecho de que cuando compres algo de segunda mano te tienen que firmar un documento por ejemplo.

Vamos que tu puedes elegir con cual de las dos opciones te quedas si el regimen general o el REBU.
Jota182SP escribió:
martuka_pzm escribió:@Jota182SP
Para lo que comentas (comprar bienes usados de particulares y revenderlos) existe el régimen especial de bienes usados.

Eso implica que si tú compras un juego por 50 euros y lo vendes por 80, no tienes que cobrar 80 + IVA sobre 80 euros sino 80 + IVA sobre el margen (es decir, 30 euros que es lo que tú ganas).


Entonces no es lo mismo que me comenta el otro compañero... es muy, pero muy diferente no? [+risas]
El me comentaba que si, que era un 21% sobre el "precio dispuesto", o sea, si vendo el juego a 80 (como tu bien comentas), seria 80 + IVA.

pero si en este caso en un IVA sobre el "beneficio"... como explicas... no es ni parecido.

esto es justo lo que me pasa en el gestor [qmparto] , que unos te lo explica de una manera y el que lo detalla más te deja aun mas dudas. [tomaaa]

Gracias crack!!


Es un régimen especial de IVA. Está pensando para compra-ventas sin transformación. Es decir, que compras un juego para revenderlo y efectivamente lo revendes.
Tiene unas condiciones concretas que tendrías que consultar. Mi consejo es que o bien cambies de gestor a uno que sepa del tema o que te encargues tú mismo, cojas cita en la AEAT en sección de IVA y te lo explicarán.
Si el gestor es un poco espabilado, también puede hacer lo de la cita él y probablemente no le valdrá sólo para ti.

Que vayas a preguntar (tu o el o quien sea) no implica nada. Te lo digo por lo de las dudas de hacerlo legal o no etc, que no pienses que van a “perseguirte” por estar haciéndolo en negro vaya.
Gracias a todos.
un detalle que me ha comentado @wannda es lo de firmar. Para poder comprar y luego vender, obviamente se necesita factura de compra para facturarlo, hasta ahí llego.

Pero bien, es valida una factura sin firma? me explico, una factura de pay pal por ejemplo? o un extracto de mi banco?
o se necesita un DNI, firma o datos relevantes del comprador? (que eso la gente ya... es algo mas reacia)

[oki]
Jota182SP escribió:Gracias a todos.
un detalle que me ha comentado @wannda es lo de firmar. Para poder comprar y luego vender, obviamente se necesita factura de compra para facturarlo, hasta ahí llego.

Pero bien, es valida una factura sin firma? me explico, una factura de pay pal por ejemplo? o un extracto de mi banco?
o se necesita un DNI, firma o datos relevantes del comprador? (que eso la gente ya... es algo mas reacia)

[oki]


En un negocio legal se piden datos como el DNI por trazabilidad ante los robos por ejemplo.
Jota182SP escribió:Gracias a todos.
un detalle que me ha comentado @wannda es lo de firmar. Para poder comprar y luego vender, obviamente se necesita factura de compra para facturarlo, hasta ahí llego.

Pero bien, es valida una factura sin firma? me explico, una factura de pay pal por ejemplo? o un extracto de mi banco?
o se necesita un DNI, firma o datos relevantes del comprador? (que eso la gente ya... es algo mas reacia)

[oki]

Lo de la firma es solo cuando compras a particulares porque estos no hacen facturas. Por eso este regimen recoge que el que compra tiene que hacer un documento y que sea firmado, la firma es obligaría.

Échale un vistazo a este link https://www.agenciatributaria.es/AEAT.i ... ados.shtml
wannda escribió:
Jota182SP escribió:Gracias a todos.
un detalle que me ha comentado @wannda es lo de firmar. Para poder comprar y luego vender, obviamente se necesita factura de compra para facturarlo, hasta ahí llego.

Pero bien, es valida una factura sin firma? me explico, una factura de pay pal por ejemplo? o un extracto de mi banco?
o se necesita un DNI, firma o datos relevantes del comprador? (que eso la gente ya... es algo mas reacia)

[oki]

Lo de la firma es solo cuando compras a particulares porque estos no hacen facturas. Por eso este regimen recoge que el que compra tiene que hacer un documento y que sea firmado, la firma es obligaría.

Échale un vistazo a este link https://www.agenciatributaria.es/AEAT.i ... ados.shtml



Pero y si compras en ebay, wallapop con envios a distancia, eneba, milanuncios con envio a distancia... no hay firma... quieres decir que entonces no puede hacerse así? y obviamente esa gente NO te a va dar el DNI... está comprobado.. [tomaaa]

Gracias por las respuestas!!! [oki] [oki]
Jota182SP escribió:
wannda escribió:
Jota182SP escribió:Gracias a todos.
un detalle que me ha comentado @wannda es lo de firmar. Para poder comprar y luego vender, obviamente se necesita factura de compra para facturarlo, hasta ahí llego.

Pero bien, es valida una factura sin firma? me explico, una factura de pay pal por ejemplo? o un extracto de mi banco?
o se necesita un DNI, firma o datos relevantes del comprador? (que eso la gente ya... es algo mas reacia)

[oki]

Lo de la firma es solo cuando compras a particulares porque estos no hacen facturas. Por eso este regimen recoge que el que compra tiene que hacer un documento y que sea firmado, la firma es obligaría.

Échale un vistazo a este link https://www.agenciatributaria.es/AEAT.i ... ados.shtml



Pero y si compras en ebay, wallapop con envios a distancia, eneba, milanuncios con envio a distancia... no hay firma... quieres decir que entonces no puede hacerse así? y obviamente esa gente NO te a va dar el DNI... está comprobado.. [tomaaa]

Gracias por las respuestas!!! [oki] [oki]


Las compras en esos portales están destinadas al consumidor final. No están diseñadas para tu idea de negocio simplemente.
Tengo entendido que si no superas el sueldo interprofesional no tienes que preocuparte de nada , es cierto? Por qué últimamente estoy vendiendo bastantes cosas y también me interesa .. pero productos baratos ,nada de coches o cosas de 5000€..
Grifore escribió:Tengo entendido que si no superas el sueldo interprofesional no tienes que preocuparte de nada , es cierto? Por qué últimamente estoy vendiendo bastantes cosas y también me interesa .. pero productos baratos ,nada de coches o cosas de 5000€..


A mi hace años que me dicen "si sacas beneficio, tienes que declararlo"... [tomaaa]
Llevo unos 15 años haciéndolo... hubo años que hice hasta 6000€ de beneficio.... [fiu]

Si te pillan, pues agachas la cabeza y aprietas. nada más. [qmparto]
Jota182SP escribió:
Grifore escribió:Tengo entendido que si no superas el sueldo interprofesional no tienes que preocuparte de nada , es cierto? Por qué últimamente estoy vendiendo bastantes cosas y también me interesa .. pero productos baratos ,nada de coches o cosas de 5000€..


A mi hace años que me dicen "si sacas beneficio, tienes que declararlo"... [tomaaa]
Llevo unos 15 años haciéndolo... hubo años que hice hasta 6000€ de beneficio.... [fiu]

Si te pillan, pues agachas la cabeza y aprietas. nada más. [qmparto]

Beneficio implicaría vender más caro de por lo que tú lo compraste. A nivel personal eso puede ocurrir en un artículo puntual, pero en conjunto no.

Ahora gente que haga compraventa y especulación, esos son los que actúan como un negocio.
exitfor escribió:
Jota182SP escribió:
Grifore escribió:Tengo entendido que si no superas el sueldo interprofesional no tienes que preocuparte de nada , es cierto? Por qué últimamente estoy vendiendo bastantes cosas y también me interesa .. pero productos baratos ,nada de coches o cosas de 5000€..


A mi hace años que me dicen "si sacas beneficio, tienes que declararlo"... [tomaaa]
Llevo unos 15 años haciéndolo... hubo años que hice hasta 6000€ de beneficio.... [fiu]

Si te pillan, pues agachas la cabeza y aprietas. nada más. [qmparto]

Beneficio implicaría vender más caro de por lo que tú lo compraste. A nivel personal eso puede ocurrir en un artículo puntual, pero en conjunto no.

Ahora gente que haga compraventa y especulación, esos son los que actúan como un negocio.


Bueno, obviamente lo vendo mas caro de lo que lo compro... si no para que? [jaja]
No especulo, yo simplemente compro artículos a gente que lo vende por debajo de su precio (por que no lo quiera, o necesite dinero, etc), y lo vendo a su precio de mercado.
En momentos puntuales si puedo especular (alguna PS5 o juego puntual), pero es simplemente oportunismo. [oki]
17 respuestas