Nueva derrota ante los tribunales de la SGAE

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Padawan vence a la SGAE: El 'canon' no se debe aplicar a soportes para empresas
La sentencia absuelve a la empresa por no liquidar el canon entre 2002 y 2004
Se ajusta a la decisión del Tribunal de la UE contra su aplicación indiscriminada
El juez no puede distinguir qué dispositivos fueron vendidos a particulares
Esta sentencia podría obligar a demostrarse el uso del soporte en cada caso


Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2011/03/0 ... 48747.html

Una sentencia de la Sección 15 de Audiencia Provincial de Barcelona ha absuelto (PDF) a la empresa Padawan -propietaria de la tienda de informática Traxtore- demandada por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por no pagar pagar canon digital. Para ello, afirma que en este caso no se ha podido determinar qué soportes fueron vendidos a empresas y cuáles a particulares.

Tras casi siete años de pleitos y a raíz del recurso a una condena previa en un juzgado mercantil, la Justicia exime a Ana María Méndez, la propietaria de la citada empresa informática, de abonar el canon digital que le fue exigido entre los años 2002 y 2004, una cantidad que ascendía al principio a 48.000 euros y que consiguió rebajar a 18.000.

Emocionada y 'muy muy satisfecha', Ana María Méndez ha recibido la sentencia como agua de mayo. "Nunca me he sentido como David contra Goliat", asegura, ni siquiera ahora cuando el tribunal le ha dado la razón. "Me ha costado mucho dinero, tiempo y salud, pero he vencido a un gigante" confiesa.

"Hubo un momento en el que pensé que si todo este proceso solo me beneficiaba a mí, no valdría la pena", explica Ana María, consciente de que su batalla sentará un precedente de cara al futuro. Para la propietaria de Traxtore,la sentencia demuestra que la SGAE "tiene que explicar mucho mejor de dónde sale el dinero que pide".

No al canon indiscriminado
Se trata del primer caso que cuestiona el llamado 'canon digital' que llega a tal instancia judicial. Y en este caso la Audiencia Provincial de Barcelona da la razón a la demandada y considera que el canon no puede aplicarse de manera indiscriminada, y que sólo se ha de aplicar en el caso en el que el soporte se destine a la copia privada. Es mas, el destinatario final del soporte deberá ser un particular.

Así, para poder recaudar la compensación equitativa por copia privada (el llamado 'canon'), "si bien no es necesario acreditar el uso efectivo de la copia afectada en el soporte afectado por el canon, sí que debe ser verosímil que adquirirá ese destino", afirma la sentencia.

Por eso, el juez -tras haber comprobado que "muchos de los clientes" de Padawan eran sociedades como Parque de Atracciones Tibidabo, Transportes Magal y Centro Médico Delfos, entre otros, considera que "se pretendió aplicar (el canon digital) indiscriminadamente, incluso a supuestos casos en que claramente no iban a ser destinados a copia privada".

De hecho, según la normativa comunitaria y la Ley de Propiedad Intelectual, la copia privada sólo la pueden realizar las personas físicas, por lo que "la SGAE tendría derecho a aplicar un canon, cuyas tarifas respetaran el justo equilibrio de los intereses afectados, sobre soportes digitales comercializados a particulares, y no a empresas y profesionales".

Respuesta del Tribunal de Justicia Europeo
Precisamente, las sentencia sigue lo marcado por la respuesta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre este asunto, publicada el pasado mes de octubre, a una cuestión prejudicial planteada a petición de Padawan en este mismo caso.

En ella, el Alto Tribunal reconoce el derecho de los Estados miembros a recaudar dinero para compensar a los autores, pero considera que "la aplicación indiscriminada del canon en relación con todo tipo de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital, incluido el supuesto de que éstos sean adquiridos por personas distintas de las personas físicas para fines manifiestamente ajenos a la copia privada, no resulta conforme con la directiva" europea sobre los derechos de autor.

En definitiva, en la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona el juez considera que no puede distinguir en este caso qué dispositivos fueron vendidos a particulares (gravados con canon) y cuáles a empresas (libres del mismo), por lo que procede a estimar la apelación e impone las costas de la primera instancia a la SGAE.

En una conversación telefónica, el abogado Josep Jover, encargado de la defensa de Padawan, cometó que esta sentencia "entra en el núcleo de la aplicación del canon en España" y cree que será "forzoso discriminar los dispositivos orientados al uso profesional". Además, cree que se abre una puerta para que empresas, administraciones y profesionales puedan demandar a las entidades de gestión la devolución del 'canon digital' que, recuerda, se instauró en 2003, "con el PP de Aznar en el poder".

Entidades satisfechas
En una nota, las entidades de gestión, agrupadas en Copyespaña (AGEDI, AIE, CEDRO y SGAE) e Ibau (EGEDA, DAMA y AISGE), han celebrado la sentencia y aseguran que "esta resolución respalda, de una vez por todas, la legalidad del canon digital, clarifica su necesaria aplicación a los soportes y equipos que se utilicen para grabar obras protegidas y acaba con el malintencionado cuestionamiento de la copia privada".

De hecho, la propia sentencia reconoce que los soportes digitales ya podían ser gravados con el canon incluso antes de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual de 2006.

Las entidades, según una nota, "están a favor de adaptar la legislación española a la evolución tecnológica y a las directrices de la sentencia del Tribunal Europeo, si bien el sistema que se adopte en los próximos meses debe contar con la eficacia necesaria que permita a los titulares de derechos recibir la remuneración que la Ley y el Tribunal Europeo reconocen".


Otro pasito mas
(mensaje borrado)
nesquik está baneado del subforo por "flames y faltas de respeto reiterados"
Solo espero que esto no represente una subida del canon por que las empresas (con todo su derecho demostrado) no lo pagan... por que cada vez compro menos discos y soportes de almacenamiento, y a pesar de todo veo como España va a acabar usando soportes de almacenamiento como la piedra o la cera como en los tiempos de los romanos, solo por unos cuantos ambiciosos.
Lo que no termina de quedarme claro, si se supone que traxtore no paga el canon por ser empresa, quien se encarga de cobrármelo a mi? Por que lo lógico seria que a ellos se lo cobraran pro que luego esos discos me los va a vender a mi.
Creo q esta situación desembocará en lo de siempre: el usuario final será el q pague, esta sentencia del tribunal europeo no afecta a las empresas privadas, ciertamente, debian pagar el canon, pero estas lo repercutían en el precio, asi q el q paga es el de siempre...., otra cosa es q estas empresas para ganar cuota de mercado, hayan vendido sus productos sin haber repercutido el canon en el precio, y luego vayan a juicio queriendose eximir de su pago.

Esta Sentencia Europea, solo va a beneficiar de eximirse del canon, a empresas q consuman este tipo de soportes y a la Administración Pública, y como os imaginareis, la consecuencia de todo esto:

Ni por un momento dudeis, q será el consumidor(con subida de precios) el q pague esa parte del canon q correspondería a las empresas y administración, jaaaaa, jaaaaa Todos nos las deseabamos felices por esta sentencia europea, y nos va a salir el tiro por la culata.
Desgraciadamente, creo que tienes razón. Una vez más será el currito de turno el que se coma el gravamen sin posibilidad de luchar contra ello a no ser que se recurra a la importación. Y mira que me sigue repateando el alma un canon que se basa en la presunción de culpabilidad.
Esperemos que pierdan todos los pleitos que tengan....
Santos Castro advierte a las empresas que tienen que seguir pagando el canon

http://www.nacionred.com/legislacion-pi/santos-castro-advierte-a-las-empresas-que-tienen-que-seguir-pagando-el-canon

Lo de este pais es de traca... [+furioso]

[bye]
la empresa Padawan celebra la sentencia y regala el material embargado

http://www.tuexperto.com/2011/03/12/sgae-la-empresa-padawan-celebra-la-sentencia-y-regala-el-material-embargado/#more-72994

Que detallazo por parte de Ana María regalar el material [oki]

[bye]
Aquí tiene su ZASCA, buenas tardes, vuelva pronto!
10 respuestas