No compres un cuadro, podrían invadirte tu casa...

Nuestro amigo David Bravo, nos deleita con una nueva interpretación que algunos hacen de la Ley de la propiedad intelectual.

Leed, que no tiene desperdicio...

David Bravo escribió:Divertidas interpretaciones legales: No vuelvas a comprar cuadros, los pintores invadirán tu casa

Estaba tranquilamente leyendo el libro "Manual de Supervivencia" (y que lleva el sello, por su colaboración, de SGAE) cuando, al llegar a la página 32, me ha entrado el pánico. Este libro, que está principalmente dirigido a intérpretes y autores para que conozcan sus derechos, y, refiriéndose al derecho moral del autor a acceder al ejemplar único y raro de su obra, asegura lo siguiente:

"Cuántas veces hemos pedido el máster o la grabación madre de un álbum a una compañía discográfica y no se nos ha permitido el acceso a ella. La ley prevé esta potestad a los artistas, que está pensada principalmente para artistas que plasman su talento en obras únicas, ya sea pintura o escultura, donde el artista que ha vendido su obra tiene la potestad de desplazarse allí donde esté y observarla, escucharla e incluso modificarla. El caso más típico es el de aquel pintor que solicita a la persona a la cual le vendió su cuadro la posibilidad de entrar en su casa, para poder ver y disfrutar de su obra".

Lógicamente me he alterado. Lo primero que he hecho es deshacerme de todos los cuadros que hay en mi casa por miedo a que el pintor ejerza este derecho a entrar en mi domicilio a observar su cuadro. Acto seguido he llamado a familiares y amigos para que hagan lo mismo o para que, al menos, tengan la casa recogida por si aparece este visitante inesperado. Lo mismo le aconsejo a ustedes, ¿han comprado un cuadro últimamente? ¿Recuerdan la caricatura que les hizo aquél simpático dibujante en plena calle? ¿Saben que este señor puede aparecer mañana en su domicilio para contemplar como un idiota su obra? ¿No? Pues ya lo saben: un pintor puede irrumpir en su casa y sin estar obligado a llevar latas de cerveza ni nada.

Ante esto doy dos consejos alternativos:

1.- No volver a comprar un cuadro en vuestra vida o, en caso contrario, procurar no estar nunca en calzoncillos en casa.

2.- Hacer interpretaciones racionales y mesuradas de los derechos de autor.


Aquí dejo el enlace...

[mamaaaaa]
osea, que tengo el derecho y el deber, de al acabar un examen, exijir ir donde se encuentre este antes de ser correjido para contemplarlo y modificarlo a placer?
dios bendiga la sgae
xD
Kogure-senpai escribió:osea, que tengo el derecho y el deber, de al acabar un examen, exijir ir donde se encuentre este antes de ser correjido para contemplarlo y modificarlo a placer?
dios bendiga la sgae
xD



xDDD

Más de uno hace exámenes que si que deben ser obras de arte xDD
Kogure-senpai escribió:osea, que tengo el derecho y el deber, de al acabar un examen, exijir ir donde se encuentre este antes de ser correjido para contemplarlo y modificarlo a placer?
dios bendiga la sgae
xD

y tambien modificarlo a placer despues para exijir una nueva coreccion :-|
Este David es capaz de sacarle punta a todo [qmparto]

Hombre, la verdad es que es flipante como pueden hacer interpretaciones de los derechos de autor, pero bien mirado, porque no podría yo ir a ver, previo aviso y permiso del actual poseedor, un cuadro que yo he pintado?
0m3gA escribió:[...]Hombre, la verdad es que es flipante como pueden hacer interpretaciones de los derechos de autor, pero bien mirado, porque no podría yo ir a ver, previo aviso y permiso del actual poseedor, un cuadro que yo he pintado?
Pero no es lo mismo que llames al propietario y lo acuerdes a que por ley tengas derecho a ello. Si lo vendes, es del propietario, tuyo es sólo los derechos intelectuales. Si vas a querer observárlo o modificarlo, quédatelo.
Ya Blind, me refería a eso, que si quieres ver el cuadro, puedes acordarlo así con el propietario, pero no que sea si o si.

Con esto así, si yo pinto un cuadro, y este acaba en un museo, yo me puedo plantar allí y retocar el cuadro? No consigo verle la lógica a esto, eso si, lo que he dicho, si es previo acuerdo con el propietario, no veo mal que este te deje visitar y ver tu propia obra, ojo, que no retocar.
Esto lo que significa no es que el autor SIEMPRE pueda hacerlo, si no que si no se dice lo contrario, PUEDE hacerlo, y obviamente no le da derecho a irrumpir en tu casa, simplemente que tú estás obligado a darle acceso a la obra para alterarla.

La solución es bien sencilla, no compres el cuadro al artista, cómprale también sus derechos intelectuales sobre el cuadro. Si solo le compras el cuadro, la "obra" sigue perteneciendo al artista.

Al fin y al cabo... ¿pensáis que si compráis pongamos un cuadro de Picasso, ese cuadro os pertenece por completo? Pues no, solo tienes el derecho a tenerlo en tu casa, pero tienes la responsabilidad de mantener el cuadro a salvo. No es legal comérselo, por ejemplo, por mucho que hayas pagado por él.
LLioncurt escribió:[...]Al fin y al cabo... ¿pensáis que si compráis pongamos un cuadro de Picasso, ese cuadro os pertenece por completo? Pues no, solo tienes el derecho a tenerlo en tu casa, pero tienes la responsabilidad de mantener el cuadro a salvo. No es legal comérselo, por ejemplo, por mucho que hayas pagado por él.
¿Y si a Picasso (por seguir tu ejemplo, aunque fuera imposible) se le va la cabeza y decide romper todos sus cuadros, qué derecho tiene él a hacerlo?
decu está baneado del subforo por "No especificado"
ajjaajajajajajajajajajajajajajaj k bueno xddd
Que bueno. Menos mal que tengo la casa mínimamente decente. [carcajad]

Divertidas interpretaciones legales: No vuelvas a comprar cuadros, los pintores invadirán tu casa

Estaba tranquilamente leyendo el libro "Manual de Supervivencia" (y que lleva el sello, por su colaboración, de SGAE) cuando, al llegar a la página 32, me ha entrado el pánico. Este libro, que está principalmente dirigido a intérpretes y autores para que conozcan sus derechos, y, refiriéndose al derecho moral del autor a acceder al ejemplar único y raro de su obra, asegura lo siguiente:

"Cuántas veces hemos pedido el máster o la grabación madre de un álbum a una compañía discográfica y no se nos ha permitido el acceso a ella. La ley prevé esta potestad a los artistas, que está pensada principalmente para artistas que plasman su talento en obras únicas, ya sea pintura o escultura, donde el artista que ha vendido su obra tiene la potestad de desplazarse allí donde esté y observarla, escucharla e incluso modificarla. El caso más típico es el de aquel pintor que solicita a la persona a la cual le vendió su cuadro la posibilidad de entrar en su casa, para poder ver y disfrutar de su obra".

Lógicamente me he alterado. Lo primero que he hecho es deshacerme de todos los cuadros que hay en mi casa por miedo a que el pintor ejerza este derecho a entrar en mi domicilio a observar su cuadro. Acto seguido he llamado a familiares y amigos para que hagan lo mismo o para que, al menos, tengan la casa recogida por si aparece este visitante inesperado. Lo mismo le aconsejo a ustedes, ¿han comprado un cuadro últimamente? ¿Recuerdan la caricatura que les hizo aquél simpático dibujante en plena calle? ¿Saben que este señor puede aparecer mañana en su domicilio para contemplar como un idiota su obra? ¿No? Pues ya lo saben: un pintor puede irrumpir en su casa y sin estar obligado a llevar latas de cerveza ni nada.

Ante esto doy dos consejos alternativos:

1.- No volver a comprar un cuadro en vuestra vida o, en caso contrario, procurar no estar nunca en calzoncillos en casa.

2.- Hacer interpretaciones racionales y mesuradas de los derechos de autor.




Me parto con estos de la SGAE entonces yo hago con spray una X en una casa particular y me puedo colar alli cuando me de la gana no?
David Bravo escribió:un pintor puede irrumpir en su casa y sin estar obligado a llevar latas de cerveza ni nada.


¬_¬ , encima de invasores, maleducados [sati]

¿Y esto se puede aplicar a cualquier obra de arte sin tener ningun tipo de reconocimiento? Es decir, si a mi me da por crear un cuadro y venderlo, ¿puedo ir a la casa de mi comprador y contemplarlo?
dios mio como está el patio [carcajad]
Kogure-senpai escribió:osea, que tengo el derecho y el deber, de al acabar un examen, exijir ir donde se encuentre este antes de ser correjido para contemplarlo y modificarlo a placer?
dios bendiga la sgae
xD



[qmparto] [qmparto]

+1
Hola

Si no me equivoco esto de lo que habla David Bravo se considera un derecho moral de autor y está reconocido en el artículo 14-7 de la Ley de Propiedad Intelectual.

Ese artículo dice:

Artículo 14. Contenido y características del derecho moral

Corresponden al autor los siguientes derechos irrenunciables e inalienables:

...

7. Acceder al ejemplar único o raro de la obra, cuando se halle en poder de otro, a fin de ejercitar el derecho de divulgación o cualquier otro que le corresponda.

Este derecho no permitirá exigir el desplazamiento de la obra y el acceso a la misma se llevará a efecto en el lugar y forma que ocasionen menos incomodidades al poseedor, al que se indemnizará, en su caso, por los danos y perjuicios que se le irroguen.


Así que no tiene por qué ser gratuíto el acceso a la obra, ni tiene por qué ser cuando al autor le dé la gana.

De hecho le puedes pedir una cantidad como compensación por las molestias.

Saludos
Y luego vemos casos como el de ron gibert que no puede hacer un juego de monkey island, cantantes que NO pueden usar sus propias canciones porque las discograficas no lo permiten, etc...

chuuuusma
17 respuestas