Efrey escribió:Presunción de veracidad, si el policía dice que conducías de forma negligente, tiene la razón lo cojas por donde lo cojas... Por mucho que alegues al final te tocara pagar. Reza para que no te llegue la multa.
Suerte y un saludo.
Pd. A Los 6 meses prescribe por lo que puede tardar en llegar.
Depende de la gravedad de la infraccion.
Infracciones leves, 3 meses desde la fecha de la infraccion.
Infracciones graves, 6 meses desde la fecha de infraccion.
Muy graves, 12 meses desde la fecha.
El barometro de leves, graves y muy graves se hace por la cuantia de la multa:
Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 90 euros; las graves, con multa de 91 a 300 euros, y las muy graves, de 301 a 600 euros.
En el caso de infracciones graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo de hasta tres meses, y en el supuesto de infracciones muy graves se impondrá, en todo caso, la sanción de suspensión por el periodo de hasta tres meses como máximo.
La conduccion temeraria esta dentro de las muy graves.
Y añado el articulo 3.1 del reglamento de circulacion:
ARTÍCULO 3. Conductores.
1. Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario (artículo 9, número 2, del texto articulado).