Multa por conduccion negligente, policia local

Hola a todos.
Resulta que ayer la policia local me puso una multa por supuesta conducción negligente. Yo iba circulando por una rotonda, no iba muy rápido, cuando he salido de la rotonda un coche la policia local me ha parado y el agente asegura que el coche ha derrapado y que he estado a punto de perder el control de éste. En el papel que me han dado (que no he firmado) ponía lo siguiente:
Precepto infringido: reglamento general de circulación artículo 3.1
Conducir de forma negligente al circular por la rotonda a velocidad excesiva, llegando a derrapar el vehículo y estando a punto de perder el control del mismo.
En el papel hay cosas que no las pone, como el importe de la multa ni los puntos a detraer ni el nº de expediente. Y me gustaría saber si me va a llegar alguna carta a mi domicilio y cuando será, ya que, tengo 15 días a partir de ayer para recurrir.
Gracias de antemano

Saludos
A ver varias cosas:
1º) No es lo mio ( creo) que te multen por exceso de velocidad que por velocidad excesiva, es decir, exceso de velocidad como indica su nombre es que vas muyyy rapido y velocidad excesica cuando las condiciones meteologicas no son las favorables y vas a una velocidad alta ...Y creo que la multa en principio deberia ser la 1º y no la 2º como consta en ella
2º)No se si deberia aparecer la cantidad de la multa( que me parece que si, que ademas el propio agente deberia de habertelo dicho en ese momento) preo lo que a mi tambien me extraña es el nº de expediente....sospechoso
3º) No se si mal recuerdo el codigo de circulación pero por exceso de velocidad o velocidad excesiva, a parte de la multa, deberia de quitarte algun punto del carnet, cosa que no veo que haya hecho.
4º)No se , para ,mi que este os la queria colar con papas ( o como dicen los peninsulares con patatas) y tecogio a ti.

Por si acaso, dos cositas mas:
1º)Si te viene una carta mira si te vienen todos los datos correspodientes y demas y podras justificar digo yo que no ibas a esa velocidad.
2º) Yo creo que en principio no deberia de preocuparte ya que lo dicho, es muy sospechoso la forma en que se hice y lo cuentas
Imagino que tendrás para recurrir en el momento que te llegue la notificación, no??

Mientras tanto, a esperar.
Te habrá multado por ir a una velocidad inadecuada para la rotonda o directamente por haberla "cortado", el caso es que si él dice que tu coche circulaba mal, eso es lo que cuenta. Acogerse a fallos de forma es cada vez menos útil... sólo te queda esperar a ver que dicen y pagar y/o recurrir si quieres.
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recurrela hasta donde puedas a ser posible mediante tu aseguradora.
aburrelos.

agarrate porque ahora vendrán los moralistas y puritanos de eol a decirte cosas como "te lo mereces" "gente como tu deberia estar en la carcel" o "asesino , dí ya donde está marta del castillo"
erBute escribió:recurrela hasta donde puedas a ser posible mediante tu aseguradora.
aburrelos.

agarrate porque ahora vendrán los moralistas y puritanos de eol a decirte cosas como "te lo mereces" "gente como tu deberia estar en la carcel" o "asesino , dí ya donde está marta del castillo"


Si fuera por otra cosa, no dudes un momento en que lo diría. La clave aquí es policia local eso equivale a si ETA te manda una carta pidéndote el impuesto revolucionario o una banda de albano-kosovares te hacen un secuestro exprés. Estás jodido tío, lo siento. Recurre, pero si no vives en otra provincia y con mucha suerte, lo tienes mal.
agarrate porque ahora vendrán los moralistas y puritanos de eol a decirte cosas como "te lo mereces" "gente como tu deberia estar en la carcel" o "asesino , dí ya donde está marta del castillo"


Si y no. Yo comprendo que aconsejéis cómo recurrir porque todos sabemos que hay mucho amargado poniendo multas, pero llega un momento en que cualquier cosa de tráfico está mal multada, y comparado con otras cosas no lo veo justo, imaginemos estos hilos:

- Me han denunciado por llevarme de una tienda un videojuego de 70€.
- Me han multado por escupir a un compañero de curro.
- Me he cagado en los muertos de mi profesor y me quieren expulsar.
- No he pagado el IBI y me quieren embargar.

Todo son cosas poco graves, pero que sin duda se ven mal... pero al conducir no, hay quien hasta defendería un coche aparcado en un paso de cebra, en una plaza de discapacitados o ir a 250 km/h. Y lo malo es que así se pierde la razón, hay que criticar con moderación o al final nadie hace ningún caso.
Sensenick escribió:Si y no. Yo comprendo que aconsejéis cómo recurrir porque todos sabemos que hay mucho amargado poniendo multas, pero llega un momento en que cualquier cosa de tráfico está mal multada, y comparado con otras cosas no lo veo justo, imaginemos estos hilos:

- Me han denunciado por llevarme de una tienda un videojuego de 70€.
- Me han multado por escupir a un compañero de curro.
- Me he cagado en los muertos de mi profesor y me quieren expulsar.
- No he pagado el IBI y me quieren embargar.

Todo son cosas poco graves, pero que sin duda se ven mal... pero al conducir no, hay quien hasta defendería un coche aparcado en un paso de cebra, en una plaza de discapacitados o ir a 250 km/h. Y lo malo es que así se pierde la razón, hay que criticar con moderación o al final nadie hace ningún caso.


Lo que yo no veo justo es que me quiten 4 puntos del carne y una multa que puede ser desde 150 hasta 450 € por tomar una rotonda a 40.
Pues yo he tomado rotondas mas rápido y pensaba que circulaba correctamente. Si el límite está a 50km/h , que problema hay por tomarlas a esa velocidad?
BraunK escribió:Pues yo he tomado rotondas mas rápido y pensaba que circulaba correctamente. Si el límite está a 50km/h , que problema hay por tomarlas a esa velocidad?

Yo opino igual, a mí yendo a 40 km/h nunca me ha derrapado en una rotonda (ni en las gigantes ni en las diminutas de pueblo).
dark_hunter escribió:
BraunK escribió:Pues yo he tomado rotondas mas rápido y pensaba que circulaba correctamente. Si el límite está a 50km/h , que problema hay por tomarlas a esa velocidad?

Yo opino igual, a mí yendo a 40 km/h nunca me ha derrapado en una rotonda (ni en las gigantes ni en las diminutas de pueblo).


Es que no derrapó el coche, cuando me pararon le dije que para mí iba circulando correctamente, entonces el local me dijo que habia derrapado, entonces yo le dije que fuésemos a mirar las marcas que había dejado y haciendo caso omiso me dijo que si no lo entendia que lo leyera cuando me lo diera por escrito y que le diera los papeles del coche.
neurofono escribió:
dark_hunter escribió:
BraunK escribió:Pues yo he tomado rotondas mas rápido y pensaba que circulaba correctamente. Si el límite está a 50km/h , que problema hay por tomarlas a esa velocidad?

Yo opino igual, a mí yendo a 40 km/h nunca me ha derrapado en una rotonda (ni en las gigantes ni en las diminutas de pueblo).


Es que no derrapó el coche, cuando me pararon le dije que para mí iba circulando correctamente, entonces el local me dijo que habia derrapado, entonces yo le dije que fuésemos a mirar las marcas que había dejado y haciendo caso omiso me dijo que si no lo entendia que lo leyera cuando me lo diera por escrito y que le diera los papeles del coche.



Entonces amigo.... estas jodido. Te ha tocado el policia cabrón ( tranquilo que ahora vendran los superpolis del foro a defenderlo ) y no puedes hacer nada. Es como si dicen que te han encontrado droga o que te han pegado por que te has resistido o tenias formas violentas.

Mucha suerte por que la vas a necesitar .
Ami me pusieron una multa por aparcar en un sitio que el policia me dijo que no se podia , y no pague por 2 razones :

1º Aparte de que no la firmo el policia ni puso su identificación.
2º No puso el motivo de la multa.

Asique yo que tu no la pagaba, porque no pone el motivo expecifico.
Pues siento decirte que lo de no incluir el expediente o el importe, no es motivo para recurrir. A mi me pasó algo parecido e intenté que me la quitarán por eso y no lo conseguí. Tambien he de decirte que nunca me llegó la carta de pago tras recurrir. Al ser Policia Local puedes tener la posibilidad que no te llegue
Si la multa es por ir a velocidad excesiva, que te diga como lo comprobó. Tienes las de ganar, así que recurre, que ya a mi me pasó eso y el policia se tuvo que quedar con el papelito de la multa. Como calcula él, la velocidad a la que ibas? y lo siguiente, si el coche me derrapó es porque podía haber aceite en la calzada, porque no estaba el policia advirtiendolo? Aprovechate de esas dos cosas y recurre.
Como Guardia Civil te digo que no puede poner una multa por velocidad excesiva sin un medidor regulado y homologado que le avale; tienes todas las de ganar.

Ah no, espera, que según Braunk debo ponerme del lado del policia... Mmmmmmmm... ¡insensato! ¡podías haber matado a alguien! ¡la multa está bien puesta!
dark_hunter escribió:
BraunK escribió:Pues yo he tomado rotondas mas rápido y pensaba que circulaba correctamente. Si el límite está a 50km/h , que problema hay por tomarlas a esa velocidad?

Yo opino igual, a mí yendo a 40 km/h nunca me ha derrapado en una rotonda (ni en las gigantes ni en las diminutas de pueblo).


A mí en ésta rotonda,

http://maps.google.es/maps?client=firefox-a&rls=org.mozilla:es-ES:official&hl=es&tab=wl

el coche me hizo un trompo.

Está limitada (como todas las que ahora mismo recuerdo) a 40 km/h y, ni de coña iba a más velocidad. Aún así lo hice y menos mal que no venia nadie.

Sin tener en cuenta el resto de factores que afectan a ésta rotonda y las circunstancias de ése dia, cualquiera que me hubiera visto con el trompo hecho podria haber pensado que era un loco asesino.

Saludos
Presunción de veracidad, si el policía dice que conducías de forma negligente, tiene la razón lo cojas por donde lo cojas... Por mucho que alegues al final te tocara pagar. Reza para que no te llegue la multa.

Suerte y un saludo.

Pd. A Los 6 meses prescribe por lo que puede tardar en llegar.
Efrey escribió:Presunción de veracidad, si el policía dice que conducías de forma negligente, tiene la razón lo cojas por donde lo cojas... Por mucho que alegues al final te tocara pagar. Reza para que no te llegue la multa.

Suerte y un saludo.

Pd. A Los 6 meses prescribe por lo que puede tardar en llegar.

La presunción de veracidad no se aplica en este caso (conducción a más velocidad de la permitida)... si no, ¿para qué usar radares?
Efrey escribió:Presunción de veracidad, si el policía dice que conducías de forma negligente, tiene la razón lo cojas por donde lo cojas... Por mucho que alegues al final te tocara pagar. Reza para que no te llegue la multa.

Suerte y un saludo.

Pd. A Los 6 meses prescribe por lo que puede tardar en llegar.



Depende de la gravedad de la infraccion.

Infracciones leves, 3 meses desde la fecha de la infraccion.
Infracciones graves, 6 meses desde la fecha de infraccion.
Muy graves, 12 meses desde la fecha.

El barometro de leves, graves y muy graves se hace por la cuantia de la multa:

Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 90 euros; las graves, con multa de 91 a 300 euros, y las muy graves, de 301 a 600 euros.

En el caso de infracciones graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo de hasta tres meses, y en el supuesto de infracciones muy graves se impondrá, en todo caso, la sanción de suspensión por el periodo de hasta tres meses como máximo.



La conduccion temeraria esta dentro de las muy graves.



Y añado el articulo 3.1 del reglamento de circulacion:

ARTÍCULO 3. Conductores.

1. Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario (artículo 9, número 2, del texto articulado).
Drimcas escribió:
Efrey escribió:Presunción de veracidad, si el policía dice que conducías de forma negligente, tiene la razón lo cojas por donde lo cojas... Por mucho que alegues al final te tocara pagar. Reza para que no te llegue la multa.

Suerte y un saludo.

Pd. A Los 6 meses prescribe por lo que puede tardar en llegar.

La presunción de veracidad no se aplica en este caso (conducción a más velocidad de la permitida)... si no, ¿para qué usar radares?

Porque en este caso el problema no era la velocidad sólo sino la forma en que circulaba y lo que hacía el coche... de hecho la multa no era por exceso de velocidad sino por conducción negligente. Yo he visto parar y poner multas por tomar giros en calles inadecuadamente, lo típico que clava frenos o que derrapa un poco.

Eso si, no se si llegó a buen puerto, pero ponerse se ponen.... y lo veo perfecto porque es la típica avenida que se puede atravesar entera si vas a 80 y mucha gente gira en la penúltima calle... con un paso de cebra precioso y más de una marca de ruedas en el asfalto.
recurre sin dudarlo, yo para mi que cojiste al agente en un mal dia y se desahogo contigo
Sensenick escribió:Porque en este caso el problema no era la velocidad sólo sino la forma en que circulaba y lo que hacía el coche... de hecho la multa no era por exceso de velocidad sino por conducción negligente. Yo he visto parar y poner multas por tomar giros en calles inadecuadamente, lo típico que clava frenos o que derrapa un poco.

Eso si, no se si llegó a buen puerto, pero ponerse se ponen.... y lo veo perfecto porque es la típica avenida que se puede atravesar entera si vas a 80 y mucha gente gira en la penúltima calle... con un paso de cebra precioso y más de una marca de ruedas en el asfalto.

Me referia al caso de que el precepto infringido fuera el exceso de velocidad :)
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