Hola
No especificas tu tipo de contrato, si es indefinido a tiempo completo, a tiempo parcial o eres fijo discontinuo o encadenas una serie de contratos temporales con sus prorrogas y demás. Según el caso puede variar todo el planteamiento.
Dicho lo anterior quiero dejar claro que mis tiempos de estudiante de Derecho del Trabajo quedan muy lejanos, alguna modificación legislativa ha habido, pero estas ideas generales, que espero que te sirvan como consejos, deben seguir funcionando:
1) El Desempleo es Involuntario. Si te vas tú voluntariamente, No tendrás derecho a prestación por Desempleo. Si a Finiquito. Idem si pides excedencia voluntaria.
2) El finiquito comprenderá, el prorrateo de las pagas extraordinarias, y de las vacaciones. (Hay especialidades según convenios ).
3) Según tu tipo de contrato y convenio colectivo debes pre-avisar en plazo suficiente.
4) La Jurisprudencia determina que es motivo de despido disciplinario procedente, la NO asistencia al trabajo si causa justificada durante 2 días (falta de asistencia de 1 día es falta muy grave). Si quieres forzar tu despido deja de ir a trabajar unos días sin avisar y no justifiques verás como te 'lanzan' . El despido así seria procedente: No tendrías derecho a indemnización por despido, si a finiquito y a prestación de desempleo.
Si fuera mi caso, hablaría con la empresa, trataría que me extinguieran el trabajo amigablemente ( fin de obra... fin de temporada, o algo así), incluso podía negociar el finiquito a la baja ( aunque no sea del todo legal) pero no renunciaría al desempleo.
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