Me quiero pirar del curro y tengo algunas dudas

Pues eso,tengo pensado pedir la baja voluntaria en mi trabajo.Si alguien sabe un poco del tema quiero saber que me toca de finiquito,no la pasta que me toca,me interesa saber que se contabiliza cuando la baja es voluntaria(todo esto dejando los 15 días reglamentarios).Tengo pensado en pillar la baja en septiembre u octubre,para entonces llevare 4 años y 3 meses(mas o menos).
No se si me explicado bien.
Lo suyo es que me despidan,pero es muy difícil en mi caso,antes me sancionan(si me diera por liarla),asi que la única opción que me queda es pirarme yo.

Mi convenio es el de hostelería en barcelona.
Si te vas con baja voluntaria, solo tienes derecho a :

vacaciones no disfrutadas ( 2.5 dias / mes trabajado)

pagas extras ( si no estan incluidas en la nomina)

los dias del mes que lleves trabajado

Y nada mas.
Y, tiene derecho a saber que, de no preavisar con la antelación suficiente, pueden deducirle la parte faltante. En función de tu categoría, el Convenio Colectivo marcará un preaviso. En su defecto, lo que regule el Estatuto de los Trabajadores.
Eso de los 15 días de preaviso no te fies, mira el convenio de tu empresa y sino pone nada será la costumbre la que prevalezca. En ninguna ley pone nada de 15 días.
En mi contrato por ejemplo, ponía 30 días de antelación para avisar, pero como según el convenio eran 15, prevalecían los 15.

Saludos.
El truco es dejar el curro, irte a algun familiar o amigo que tenga alguna empresilla, decirle que te contrate y que al día siguiente t despida (si eso le pagas todo el tema de la alta en la SS), y ya automaticamente cobras el paro, incluyendo toda tu vida laboral en la empresa (es decir, por 4 años te corresponden unos 16 meses de paro)
Hola
No especificas tu tipo de contrato, si es indefinido a tiempo completo, a tiempo parcial o eres fijo discontinuo o encadenas una serie de contratos temporales con sus prorrogas y demás. Según el caso puede variar todo el planteamiento.

Dicho lo anterior quiero dejar claro que mis tiempos de estudiante de Derecho del Trabajo quedan muy lejanos, alguna modificación legislativa ha habido, pero estas ideas generales, que espero que te sirvan como consejos, deben seguir funcionando:

1) El Desempleo es Involuntario. Si te vas tú voluntariamente, No tendrás derecho a prestación por Desempleo. Si a Finiquito. Idem si pides excedencia voluntaria.

2) El finiquito comprenderá, el prorrateo de las pagas extraordinarias, y de las vacaciones. (Hay especialidades según convenios ).

3) Según tu tipo de contrato y convenio colectivo debes pre-avisar en plazo suficiente.

4) La Jurisprudencia determina que es motivo de despido disciplinario procedente, la NO asistencia al trabajo si causa justificada durante 2 días (falta de asistencia de 1 día es falta muy grave). Si quieres forzar tu despido deja de ir a trabajar unos días sin avisar y no justifiques verás como te 'lanzan' . El despido así seria procedente: No tendrías derecho a indemnización por despido, si a finiquito y a prestación de desempleo.

Si fuera mi caso, hablaría con la empresa, trataría que me extinguieran el trabajo amigablemente ( fin de obra... fin de temporada, o algo así), incluso podía negociar el finiquito a la baja ( aunque no sea del todo legal) pero no renunciaría al desempleo.

Si estas afiliado a un sindicato, ponte en contacto con su departamento jurídico (suele ser gratis para afiliados), sino pregunta igualmente que algo más barato que los 90 € o más que recomienda los Colegios de Abogados por consulta de Cliente será.

Si no quieres soltar un céntimo, hay foros jurídicos por la red, donde te pueden orientar estudiantes o licenciados que tengan reciente la materia. Por ejemplo
http://foro.uned-derecho.com/

Suerte con lo tuyo y ya nos contaras.
El contrato es indefinido,pero no se si parcial o completo.Y la categoria es dependiente.
Lo del paro me da igual,mi intención es descansar 10 o 15 días y ponerme a currar.
Hablar con la empresa es lo ultimo que quiero,intentaran convencerme
de que me quede por todos los medios.

Vamos que voy a quedarme con poquito dinero.Correré el riesgo igualmente.Gracias
A ver si me podeís echar una mano.

Tengo la intención de dejar el curro en el que estoy ahora, mi contrato es indefinido y aun me deben varios días de vacaciones y libre disposición de los que no he disfrutado. A la hora de presentar la baja voluntaria entiendo que deberían darme el finiquito en el que deberían incluir los días de vacaciones que me faltan.

El caso es que dentro de los 15 días laborables que me quedarían por hacer desde que presento la baja voluntaria tengo previsto tomar las vacaciones que me faltan, ¿que hago si se niegan? ¿estoy en mi derecho?

He estado 1 año y 3 meses en la empresa.

Gracias! [Ooooo]
BaByMaRiO escribió:A ver si me podeís echar una mano.

Tengo la intención de dejar el curro en el que estoy ahora, mi contrato es indefinido y aun me deben varios días de vacaciones y libre disposición de los que no he disfrutado. A la hora de presentar la baja voluntaria entiendo que deberían darme el finiquito en el que deberían incluir los días de vacaciones que me faltan.

El caso es que dentro de los 15 días laborables que me quedarían por hacer desde que presento la baja voluntaria tengo previsto tomar las vacaciones que me faltan, ¿que hago si se niegan? ¿estoy en mi derecho?

He estado 1 año y 3 meses en la empresa.

Gracias! [Ooooo]


O te pagan las vacaciones no disfrutadas en el finiquito o disfrutas las vacaciones. Ambas cosas no, por supuesto.

No se si legalmente se pueden negar o no. Lo que sí se es que no es demasiado ético.
En principio, los 15 días de preaviso (o lo que figure en convenio) son para darle a la empresa margen para buscar un empleado que herede tus funciones, pasarle tus trabajos pendientes, etc.

Otra cosa es que tus jefes sean unos cabrones y estes en tu derecho a pasarte la ética por el forro.
Hola
Para temas laborales, poneros en contacto con alguien que este en ejercicio o en "practica jurídica" . El derecho del trabajo y de la seguridad social es un tema tan cambiante y con un sistema de fuentes tan diverso ( cada contrato de trabajo o convenio colectivo te puede variar sustancialmente la regla general ) que es imprescindible 'estar la día'. En los servios jurídicos de los sindicatos , aparte de algún manta recomendado, suele haber gente tercia.

Como habéis preguntado aquí, se responderá -en lineas generales- a la problemática.

Para yokriki2000
Si no te importa el desempleo, tienes dos opciones:
a) Opción "el quemado" implica quedar muy mal con la empresa, forzando tu despido disciplinario yendo a juicio y esperar que en la asesoría jurídica de la empresa sean unos mantas o estén saturados de trabajo y NO argumenten / prueben de manera adecuada las causas de despido, o bien fallen con la forma; con lo que podrías ganar el juicio y pasar tu despido a improcedente con indemnización de X días de trabajo por año de servicio y salarios de tramitación, más tu finiquito. Es arriesgado, puedes perder y cero de indemnización, y al no haber pre-aviso el finiquito...
b) Opción normal, pre-aviso y cobrar tu prorrateo... Sería lo habitual y te dejas las puertas abiertas; una variante de esta opción es la excedencia, y así te cubres bien las espaldas.

Para BaByMaRiO
En principio, las vacaciones son pactadas entre el trabajador y la empresa, con un mínimo y máximo de días a elección de esta en virtud de determinadas circunstancias ( producción... etc ). Si no hay acuerdo hay un procedimiento laboral sumario para la fijación de las mismas al efecto.
No te debes de preocupar mucho, pre-avisa formalmente tu "despido voluntario" y solicítalas dejando constancia documental al respecto. Si no te las dan o te deben días o similar, pues interpones un procedimiento judicial de reclamación de cantidad y que se rasquen el bolsillo. Si no te quieren dar lo tuyo por las buenas, es lo que finalmente deberás hacer. Procura dejar constancia documental de todo. En un juicio, no es lo que es, sino lo que puedes probar.

PD1: En muchas ocasiones "un mal acuerdo es mejor que un buen pleito" -Aforismo-
PD2: es sorprendente que pese a ser de la promoción 1992-97, y haber estado en el 'dique seco' todos estos años todavía haya vida en esas neuronas. Suerte y nos vemos ;)
Gracias a ambos, al final disfrutaré de mis vacaciones [poraki]
GaLaDkY escribió:El truco es dejar el curro, irte a algun familiar o amigo que tenga alguna empresilla, decirle que te contrate y que al día siguiente t despida (si eso le pagas todo el tema de la alta en la SS), y ya automaticamente cobras el paro, incluyendo toda tu vida laboral en la empresa (es decir, por 4 años te corresponden unos 16 meses de paro)


Y que tal si te pones a trabajar mejor que a chupar del bote... asi va españa, con mentes como la de este privilegiado...
GaLaDkY escribió:El truco es dejar el curro, irte a algun familiar o amigo que tenga alguna empresilla, decirle que te contrate y que al día siguiente t despida (si eso le pagas todo el tema de la alta en la SS), y ya automaticamente cobras el paro, incluyendo toda tu vida laboral en la empresa (es decir, por 4 años te corresponden unos 16 meses de paro)



Según tengo yo entendido ( aunque no lo puedo afirmar ) al menos en catalunya, si tu dejas voluntariamente un trabajo tienes que trabajar en otro sitio al menos 3 meses para poder tener derecho a desempleo, medida tomada para evitar listillos chupa del bote.
Paul_Gilbert escribió:Según tengo yo entendido ( aunque no lo puedo afirmar ) al menos en catalunya, si tu dejas voluntariamente un trabajo tienes que trabajar en otro sitio al menos 3 meses para poder tener derecho a desempleo, medida tomada para evitar listillos chupa del bote.


Exactamente..... eso se hizo así para evitar a los listillos... y es en toda España... lo q no sé es si son 3 meses o 6 meses... pero vamos, eso es confirmable si fuera el caso...
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