Todo lo que te dijo Mistercho es correcto, salvo por el RD que te dio, que creo que está derogado por el
1720/2007.

De todas maneras, que sepas que cumplir la LOPD conlleva muchas cosas. Al ser nivel alto, tienes que cumplir también los requisitos de medio y de bajo. Esto es, entre otras cosas: control de acceso, identificación y autenticación, backups, auditoría periódica, gestión de soportes, control de acceso físico, registro de incidencias(log), registro de acceso, cifrado de los datos (de forma que sea ininteligible, es decir, no vale guardar la contraseña en la bbdd, tendrías que guardar su resumen hash y comparar en base a él)...
Por resumir, desde el artículo 89 al 104 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, de desarrollo de LOPD 15/1999. Y eso, presta atención al 101, porque es uno de los supuestos que preguntas.
De todas maneras, te dejo un resumen del 101 que tengo hecho. Ya sabes, si desarrollas, hay que tratar de cumplir la ley, que siempre es un valor añadido

La identificación de los soportes se deberá realizar usando un sistema de etiquetado confidencial, comprensible y con significado, que permitan el fácil acceso a los usuarios autorizados e identificar el contenido rápidamente.
La distribución de dichos datos se realizará cifrando los datos o utilizando soportes que garanticen que no se va a acceder ni modificar los datos.
Así mismo, tendrá lugar el cifrado de información en dispositivos portátiles fuera de las instalaciones (evitar el uso de dispositivos que no permitan cifrado, o adoptar medidas alternativas).
Aun así, supongo que al preguntar sobre esto, sabes todas las medidas obligatorias, como la existencia del documento de seguridad, la diferencia entre el responsable del fichero y el encargado del tratamiento, aplicación acumulativa, mínimos exigibles...
¡Cualquier duda ya sabes!