Ley de propiedad intelectual y los torrents

Hola. Me gustaría saber en qué perjudica esta ley a las redes de torrents. Si los magnet links por ejemplo se podrán seguir compartiendo en servidores fuera de España, si te pueden perseguir por ser un seeder, si puedes compartir anónimamente con Tor o similar, etc.

Siempre he pensado que estas redes son imparables, y desde que cayó megaupload, para mi es lo único estable. Tengo la esperanza de que esta ley sirva para fortalecerlo aún más al centrarse todos los usuarios en él.

Saludos.
Hay que empezar a pensar en desarrollar soluciones descentralizadas y cifradas...
bpSz escribió:Hay que empezar a pensar en desarrollar soluciones descentralizadas y cifradas...

Con el torrent puedes cifrar las conexiones con la ofuscación de protocolo y con el DHT descentralizas la red.
dark_hunter escribió:
bpSz escribió:Hay que empezar a pensar en desarrollar soluciones descentralizadas y cifradas...

Con el torrent puedes cifrar las conexiones con la ofuscación de protocolo y con el DHT descentralizas la red.

Qué es el DHT?

Muchas gracias. [oki]

Enga, nos vemos.

[beer]
JAPosti escribió:Hola. Me gustaría saber en qué perjudica esta ley a las redes de torrents. Si los magnet links por ejemplo se podrán seguir compartiendo en servidores fuera de España, si te pueden perseguir por ser un seeder, si puedes compartir anónimamente con Tor o similar, etc.

Siempre he pensado que estas redes son imparables, y desde que cayó megaupload, para mi es lo único estable. Tengo la esperanza de que esta ley sirva para fortalecerlo aún más al centrarse todos los usuarios en él.

Saludos.



Hombre, MU fue un servidor que en un principio era un horror, pero gracias a que amasó una buena fortuna pudieron ofrecer una infraestructura gratuita bastante decente para la época, pero el P2P ya estaba antes que el, y después también.

La nueva ley creo que no condena a los particulares, creo que de eso se quejaba la FAP. Además. recientemente se ha rechazado la petición de Promusicae de poder monitorizar e identificar las IP de la gente que baja archivos con Copyright.

PD: Ahora mismo, en cuestión de DD, hay muchisima mas variedad que en la época de MU. Incluso las gigantescas Microsoft y Google se han convertido, por mucho que lo nieguen y digan que intentar evitarlo, en Cyberlockers mucho mas potentes.
PD: Ahora mismo, en cuestión de DD, hay muchisima mas variedad que en la época de MU. Incluso las gigantescas Microsoft y Google se han convertido, por mucho que lo nieguen y digan que intentar evitarlo, en Cyberlockers mucho mas potentes.


Ps hay cosas que antes costaba un huevo encontrar y ahora están en youtube directamente.
Frane escribió:
dark_hunter escribió:
bpSz escribió:Hay que empezar a pensar en desarrollar soluciones descentralizadas y cifradas...

Con el torrent puedes cifrar las conexiones con la ofuscación de protocolo y con el DHT descentralizas la red.

Qué es el DHT?

Muchas gracias. [oki]

Enga, nos vemos.

[beer]

Distributed hash tabs.

Sirve para compartir peers aunque estén en otro tracker.
JAPosti escribió:Hola. Me gustaría saber en qué perjudica esta ley a las redes de torrents. Si los magnet links por ejemplo se podrán seguir compartiendo en servidores fuera de España, si te pueden perseguir por ser un seeder, si puedes compartir anónimamente con Tor o similar, etc.

Siempre he pensado que estas redes son imparables, y desde que cayó megaupload, para mi es lo único estable. Tengo la esperanza de que esta ley sirva para fortalecerlo aún más al centrarse todos los usuarios en él.

Saludos.


http://www.internautas.org/html/8604.html

"Otro de los aspectos más controvertidos de esta ley es que también se incluye una modificación a la Ley de Enjuiciamiento Civil con el fin de facilitar la identificación de un usuario que pueda estar vulnerando los derechos de autor. Hasta ahora, dicha identificación sólo podía pedirse en los supuestos de delitos graves, pero con la nueva redacción también se incluye entre ellos a posibles infractores del copyright.

¿Sólo a administradores de las webs de enlaces o también a los usuarios? La redacción no es del todo clara, como podemos ver si echamos un vistazo al subapartado 11º en el apartado 1 del artículo 256 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

Mediante la solicitud, formulada por el titular de un derecho de propiedad intelectual que pretenda ejercitar una accio?n por infraccio?n del mismo, de que un prestador de servicios de la sociedad de la informacio?n aporte los datos necesarios para llevar a cabo la identificacio?n de un usuario de sus servicios, con el que mantengan o hayan mantenido en los u?ltimos doce meses relaciones de prestacio?n de un servicio, sobre el que concurran indicios razonables de que esta? poniendo a disposicio?n o difundiendo de forma directa o indirecta, contenidos, obras o prestaciones objeto de tal derecho sin que se cumplan los requisitos establecidos por la legislacio?n de propiedad intelectual, y mediante actos que no puedan considerarse realizados por meros consumidores finales de buena fe y sin a?nimo de obtencio?n de beneficios econo?micos o comerciales, teniendo en cuenta el volumen apreciable de obras y prestaciones protegidas no autorizadas puestas a disposicio?n o difundidas.

Traduciendo: no sólo podrán pedir a un ISP el que identifique a un usuario, sino también podrá obligarse a otros servicios (por ejemplo de pagos electrónicos, de publicidad, etc.) para que identifiquen a su cliente. Tanto en el artículo 10 como en el 11 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil se menciona el hecho de "poner a disposición" de otros de contenidos sin permiso. ¿Qué se puede interpretar como "poner a disposición"? ¿Cuáles son las excepciones de "buena fé" que se mencionan? ¿Qué es un "volumen apreciable"?

En principio, los usuarios finales que se descargan (y por tanto comparten por P2P) algo no deberían verse afectados suponiendo que haya "buena fé" y no tengan ánimo de lucro, aunque insisto en que la redacción es confusa. Sin embargo, hemos consultado con David Maeztu (Derecho y Normas) y Sergio Carrasco (Derecho en Red), ambos abogados expertos en nuevas tecnologías, y los dos coinciden en que tiene toda la pinta de que esto es el primer paso de cara a perseguir después a los usuarios que descargan.

Por ahora parece que no se perseguirá a los usuarios finales, pero la redacción da pie a pensar que sí que veremos algo así en la siguiente reforma"

En cualquier caso, puedes usar un vpn por si acaso(mejor prevenir que curar)..
al final va a quedar a criterio de los jueces, y si su criterio no ha variado en las ultimas semanas, se seguira no-procesando a particulares.
dark_hunter escribió:Distributed hash tabs.

Sirve para compartir peers aunque estén en otro tracker.

Entiendo. Me pongo a mirar, por que yo suelo dejar muchas cosas por defecto, y lo mismo la cago.

Muchas gracias por el cable. [oki]

Enga, nos vemos.

[beer]

Por cierto, estas configuraciones de la ofuscación de protocolo, la red kad o el DHT este que me explicas del cual no tenía ni idea, realmente son efectivos?, se podría demostrar que alguien espía tus descargas y que sería ilegal, a nivel privacidad, si te denunciaran? , no sé si me explico.
El DHT es efectivo... para lo que es, solo sirve para descentralizar la red, no para conseguir anonimato.

La ofuscación de protocolo sí que te puede conseguir proteger pues no sabrían lo que estás descargando, pero poca gente la tiene activada y es necesario que ambos la tengan para que funcione. Las telecomunicaciones por ahora son secretas, sí, no se puede identificar una IP así como así, se debe sospechar un delito. El problema será a partir de esta ley, aunque no seas uploader por lo visto cuenta como si lo fueras. Habrá que ver como se juzga, si se queda en ilícito civil no es suficiente para una orden de identificación de una IP.
Y lo de hacerlo a través de VPN?
dark_hunter escribió:La ofuscación de protocolo sí que te puede conseguir proteger pues no sabrían lo que estás descargando, pero poca gente la tiene activada y es necesario que ambos la tengan para que funcione. Las telecomunicaciones por ahora son secretas, sí, no se puede identificar una IP así como así, se debe sospechar un delito. El problema será a partir de esta ley, aunque no seas uploader por lo visto cuenta como si lo fueras. Habrá que ver como se juzga, si se queda en ilícito civil no es suficiente para una orden de identificación de una IP.


Está muy dudoso todo, yo me pregunto, cómo te convertirías, es decir, qué pasos seguirían para convertirte en sospechoso de tal delito? Verían la lista de IPs que comparten X archivo pirata, y si saliese la tuya te investigarían? O sólo por detectar que tu red está subiendo una cantidad de datos vía P2P? Vaya, si se basan en la última opción, yo me convertiría sospechoso de facto, que tengo seedeando distros de Linux de forma totalmente legal 24/7 [burla2]
Hasta ahora todos habíamos pagado un canon también por grabar distros de Linux en CDs, ¿qué te hace pensar que de perseguir a seeders no te iban a perseguir a tí?
JAPosti escribió:Hasta ahora todos habíamos pagado un canon también por grabar distros de Linux en CDs, ¿qué te hace pensar que de perseguir a seeders no te iban a perseguir a tí?


Hace tiempo que los estudios usan bots para monitorizar la gente que usa redes P2P y mandarles mensajes amenazantes. Yo soy de la opinion que monitorizados estamos, lo que pasa es que todavía no han conseguido libertad para denunciar.

Pero ahora mismo pueden y siempre han podido denunciar por lo civil a gente qeu compartiera archivos. Otra cosa es que no hayan querido.
Pues nada, ya ocurrió lo que se preveía que ocurriría: unos tiraban de seriespepito, otros de series.ly y los más ignorantes ya empiezan oír hablar de The Pirate Bay y mejortorrent (vamos justo lo que quería, que se centralizara todo en torrent, al final va a ser hasta mejor la ley). Cómo veis el tema ahora?
Yo sigo viéndolo como hace muchos años, veo gente en FB al borde del suicidio porque han cerrado no sé qué webs, como cuando cerraron MU y todas esas mierdas, y yo sigo descargando igual.

Da igual lo que sea mejor, en dos días saldrá otra mierda nueva y todo el mundo la seguirá, obviando que lo mejor ha estado siempre ahí. Es como el árbol que no dejar ver el bosque.

PD: aquí en Bélgica, TPB y los principales servidores de torrent no van, aunque por cada uno que capan sale otro nuevo claro.
JAPosti escribió:Pues nada, ya ocurrió lo que se preveía que ocurriría: unos tiraban de seriespepito, otros de series.ly y los más ignorantes ya empiezan oír hablar de The Pirate Bay y mejortorrent (vamos justo lo que quería, que se centralizara todo en torrent, al final va a ser hasta mejor la ley). Cómo veis el tema ahora?


Pos como siempre. En 2007 con la macroredada de webs por ejemplo, estrenosdivx chapo, mucha gente se tiró de los pelos, pensó que sería el fin, y mira, 7 años despues, la cosa sigue igual.

Si en USA están peor que aquí, y la gente sigue descargando, aquí yo no me asustaría mucho.
No se si habrá sido la ley, pero noto las descargas algo más fluidas xD
GXY escribió:al final va a quedar a criterio de los jueces, y si su criterio no ha variado en las ultimas semanas, se seguira no-procesando a particulares.

Incluso a los administradores, pocas veces los jueces los han condenado y cuando ha ocurrido ha sido porque el ánimo de lucro era mas que evidente.

Al final puede que pase como con la reforma laboral que por muchas leyes que han sacado, los jueces se las están pasando por el forro incluso el Supremo se ha cargado uno de los puntos mas importantes como era el de los convenios.

Las asociaciones llevan ya mucho tiempo diciendo que todas las leyes anti piratería que han sacado, han acabado en nada porque jueces siguen sin ver delito en todo esto, y sólo cuando los beneficios que obtienen los administradores son grandes, los suelen condenar.
Creo recordar que la forma de perseguir a los usuarios de torrents era monitorizando los torrents más populares. Usando un tracker privado o semi privado como demon[...] no debería pasar nada. Es lo que voy a hacer yo, total todo el contenido patrio me suda la polla.
Hereze escribió:
GXY escribió:al final va a quedar a criterio de los jueces, y si su criterio no ha variado en las ultimas semanas, se seguira no-procesando a particulares.

Incluso a los administradores, pocas veces los jueces los han condenado y cuando ha ocurrido ha sido porque el ánimo de lucro era mas que evidente.

Al final puede que pase como con la reforma laboral que por muchas leyes que han sacado, los jueces se las están pasando por el forro incluso el Supremo se ha cargado uno de los puntos mas importantes como era el de los convenios.

Las asociaciones llevan ya mucho tiempo diciendo que todas las leyes anti piratería que han sacado, han acabado en nada porque jueces siguen sin ver delito en todo esto, y sólo cuando los beneficios que obtienen los administradores son grandes, los suelen condenar.

No hase falta desí nada más. En mi familia tengo a una fiscal y a un juez y cuando les pregunto sobre el tema me contestan con lo mismo, que pasará algo similar a la reforma laboral, los jueces se la pasan por el forro.
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