En lo años 90s el único (o casi) medio de información sobre el mundo de los juegos de video que teníamos , la mayoría de nosotros, eran las revistas especializadas del sector.
En esos años con la finalidad de satisfacer al mercado se crearon y se extinguieron muchas revistas como Mega Sega, Ok consolas, Hobby Consolas y Super Juegos.
Es difícil recordar los patinazos de Hobby Consolas sin hacer mención a la forma en que se burlaba Super Juegos en la sección una de Gambas y el persona Super Golfo, pero ¿Sabias que en un momento dado,la empresa propietaria de la revista Hobby Consolas demandó al grupo empresarial de Super Juegos, y nada mas y nadas menos que por estas secciones de la revista.?
Muchos de nosotros leímos estas secciones y nos reímos (a veces a carcajadas) por los comentarios y respuestas de este personaje, quien pensaría (mas del alguno creo que si) que algún día se emprendieron acciones legales para silenciarlo.
Este hilo trata justamente sobre esta demanda y de como se transformó en una batalla judicial por competencia desleal hasta llegar al Tribunal Supremo.

consideraciones- Decir que soy abogado,(de Ecuador) y que me encuentro estudiando un Máster en Valencia, esta semana buscando jurisprudencias sobre prácticas desleales en España encontré la sentencia No. 310/2007 del Supremo sobre este tema.
-El objeto de este hilo es contar la historia de este caso, citar las partes mas interesantes de la sentencia y explicar brevemente la misma, también intentaré simplificaré y aclararé aquellas partes que por la forma técnica jurídica de su redacción y conceptos puedan resultar un poco complicados de entender.
-El link a la sentencia se encuentra al final del hilo por si quieren revisarla o si prefieren saltarse la explicación;.
-Abrí este hilo en consolas clásicas por que el juicio se inicio en el 97 sobre hechos ocurridos en el 95-96 (la época dorada para muchos de nosotros), no obstante el moderador puede cambiar este hilo a la sección que considere pertinente.
Los scans no son mios y fueron tomados del post de DarK-LaMoS del hilo de este foro
http://www.elotrolado.net/hilo_gazapos-en-hobby-consolas_1776293_s40-Lamento el tocho y al final hay un resumen para vagos.
Inicio del ProcesoBásicamente y simplificando mucho el tema Hobby Consolas (en adelante para este hilo Hobby consolas) presentó una demanda contra EDICIONES MENSUALES, S.A (en adelante Super Juegos) por competencia desleal, concretamente por haber realizados actos de denigración, es decir por haber difundido información falsa sobre un competidor o su producto, así como por realizar burlas e ironías:
Según la demanda, la entidad actora edita, entre otras revistas de esparcimiento y ocio, la titulada
"Hobby Consolas" que enseña, ilustra e informa sobre videojuegos para consolas. La demandada edita otra3
revista denominada "Super Juegos", de posterior aparición a la anterior, sobre el mismo tema. Desde agosto
de 1995 y durante aproximadamente año y medio, la segunda revista incluye manifestaciones denigratorias e
insultos respecto de Hobby Consolas y sus redactores con el propósito de hacerle perder lectores, utilizando
un rudo lenguaje inadecuado para cualquier publicación periódica.
Decir que, una vez terminado el juicio, el juez de primera instancia declaró culpable a la revisa Super Juegos y ordenó lo siguiente:
"Que, estimando como estimo la demanda interpuesta por HOBBY PRESS, S.A. contra EDICIONES MENSUALES, S.A., debo declarar y declaro que los actos realizados por la demandada al publicar en su revista SUPER JUEGOS determinadas expresiones denigratorias contra la revista HOBBY CONSOLAS, que edita la actora, son constitutivas de competencia desleal, condenando a la demandada EDICIONES MENSUALES, S.A a cesar en dichos actos de competencia desleal; a publicar en dos números consecutivos de la revista SUPER JUEGOS y en lugar destacado una amplia nota de rectificación de las informaciones denigratorias vertidas contra HOBBY CONSOLAS y su editora HOBBY PRESS, en los términos que se concreten en ejecución se sentencia; a publicar en dos diarios nacionales de gran difusión la sentencia íntegra condenatoria, a costa de la demandada; al pago de la indemnización de los daños y perjuicios originados a la editora de HOBBY CONSOLAS que se determinen en ejecución de sentencia; y al pago de las costas del procedimiento"
Es decir que Super Juegos debía publicar dos rectificaciones en su revista, publicar la sentencia en la (prensa por duplicado) y al pago de daños y perjuicios.
Pero, eso no fue todo, mediante un auto (una resolución independiente del juez) se ordenó como medida preventiva que se ponga como fianza los ni mas ni menos que 25 millones de pesetas, la cual fue impugnada por Super Juegos y perdió, es decir que debió dejar en garantía ese dinero mientras duraba el juicio. A continuación dejo el link a la sentencia:
http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=2985765&links=%2289/1998%22%20%22315%22&optimize=20031120&publicinterface=trueEn otras palabras se los querían comer vivos ( y estuvieron cerca). Por lo que Super Juego apeló, ante la Audiencia Provincial de Madrid, la sentencia por no estar de acuerdo con su contenido y resultado.
La Corte Provincial en sus consideraciones desmenuza las secciones de la revista, y para el colmo pone en duda el buen gusto del humor que destila Super Golfo
![loco [mad]](/images/smilies/nuevos/miedo.gif)
pero como se puede leer, también evidencian que en la sección de gambas no solo atacan a la competencia sino que recogen gambas de cosecha propia y además con la misma forma de hacer las cosas, contestaban a sus seguidores en la sección ni fu ni fa:
" <<al examen del contrato en el que se producen las manifestaciones (imputadas), debiendo destacar en este sentido que las mismas aparecen incluidas en una sección destinada a denunciar errores o "gambas" -según la terminología utilizada en la sección- que se aprecian en las revistas del sector, incluso los errores que aparecen en la propia revista editada por la demanda (se alude a la demandada), calificándose los errores y los propios redactores responsables en términos muy parecidos a los antes aludidos (subrayado en la propia sentencia), para ello basta con decir que el propio redactor que contesta las consultas y denuncias que se hacen en la revista de la demandada se autodenomina "supergolfo", todo ello en tono jocoso de muy dudoso gusto . También conviene destacar que en la revista editada por la parte actora, también se hacen críticas y se denuncian los errores que cometen otras revistas, si bien lo hace en términos algo más moderados, y que en relación con los insultos que recibe se pronuncia en una sección denominada "ni fu ni fa"
Por lo que la Audiencia Provincial en el años 2000, determina que no existe actos de competencia desleal y decide revocar la sentencia absuelviendo a Super Juegos del cometimiento de la práctica desleal:
La Sentencia de la Sección 19ª de la Audiencia Provincial de Madrid de 2 de febrero de 2000 , recaída en
el Rollo núm. 1016 de 1998, estima el recurso de apelación de Ediciones Mensuales S.A., revoca íntegramente
la sentencia del Juzgado, y, con desestimación de la demanda, absuelve a la demandada Ediciones Mensuales
S.A.
Hobby Consolas que no se iba a quedar así impugna la sentencia y sube al Tribunal Supremo, el Tribunal Supremo se tomó siete años para que el 22 de marzo de 2007 de la razón a lo resuelto por la Audiencia Provincial y a Super Juegos, cerrando finalmente la contienda legal
Que declaramos no haber lugar al recurso de casación interpuesto por la Procuradora Dna. Paloma
Vallés Tormo en representación procesal de HOBBY PRESS, S.A. contra la Sentencia dictada por la Sección
19ª de la Audiencia Provincial de Madrid el 2 de febrero de 2.000 en el Rollo núm. 1016 de 1998, dimanante
de los autos de juicio de menor cuantía núm. 86 de 1997 del Juzgado de 1ª Instancia núm. 61 de la misma
Capital, y condenamos a la parte recurrente al pago de las costas causadas en el recurso
Las consideraciones por las que le niega la impugnación a Hobby consolas son de carácter técnico jurídico, sobre la intencionalidad o no de causar daño con el acto de competencia desleal, participación concurrrencial en el mercado, clausula general de competencia desleal, etc, es decir temas ajenos de la temática del foro. Lo que si puede resultar interesante es que ordenó a que Hobby Consolas pague las costas judiciales a Super Juegos.
Espero que no se haya hecho tan larga la lectura, traté de hacerla lo mas sencilla posible, me pareció un tema interesante del que no se había visto mayor información (por lo menos yo) en ninguna parte antes a continuación dejo el enlace a la sentencia completa y el resumen para vagos:
http://www.poderjudicial.es/search/documento/TS/524133/Competencia%20desleal/20070426ResumenHobby Consolas demándo a Super juegos por sentirse denigrado por los comentarios de Super Golfo y la sección de gambas, estuvo cerca de darle un buen palo a SJ, el juicio demoró cerca de 10 años y paso por varias instancias hasta llegar al Supremo, pero final no lo consiguió debiendo pagar costas judiciales del proceso.
saludos
.