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La CEOE pide que el despido sea libre durante el primer año de contrato indefinido, considerándose como periodo de prueba.
La patronal plantea un periodo de cinco años para que los trabajadores autónomos que empleen, como media anual, a cinco o menos trabajadores por cuenta ajena, puedan despedir con una indemnización de 12 días por año trabajado. Igual que los contratos temporales.
Otras de las propuestas, apuesta por descausalizar el contrato temporal de duración no superior a 24 meses
prescindir de las restricciones al encadenamiento de estos contratos. Según la normativa actual, los trabajadores que en un periodo de 30 meses hubieran estado contratados en la misma empresa por un plazo superior a 24 meses mediante dos o más contratos temporales, adquieren la condición de fijos.
Para ser más concretos, sugiere poder ofrecer un cambio de contrato de tiempo completo a otro de tiempo parcial cuando existan causas que justifiquen un despido.
Además, los empresarios proponen revisar algunos aspectos como las horas complementarias, flexibilizar más la distribución del tiempo de trabajo y fomentar el contrato indefinido a tiempo parcial como alternativa a la contratación temporal.
Asimismo, la CEOE quiere una “liberalización completa”. Así, solicita eliminar las actuales restricciones para el uso de las empresas de trabajo temporal (ETT´s) o establecer “mecanismos de compensación económica” para los colaboradores de los servicios públicos de empleo.
los empresarios quieren más flexibilidad en el convenio provincial, respetando la prioridad del convenio de empresa, así como que se elimine la extensión obligatoria de convenios.
En materia de absentismo plantean que las mutuas de accidentes de trabajo puedan dar el alta médica en procesos de incapacidad temporal por contingencias comunes
, y que se sancione a los trabajadores cuando utilicen de forma fraudulenta la prestación de incapacidad temporal.
Se reitera también la necesidad de establecer una Ley Orgánica para regular las huelgas, cuyos puntos principales serían exigir que la convocatoria sea decidida por la mayoría de los trabajadores afectados, prohibir divulgar información sobre la huelga desde 24 horas antes del inicio de la misma
establecer con carácter permanente servicios mínimos.
jas1 escribió:esta medida viene estupenda para generar empleo de cara a las elecciones y luego una vez gane el partido de los sobres, toda esa gente a la calle, GRATIS!!!!
jas1 escribió:esta medida viene estupenda para generar empleo de cara a las elecciones y luego una vez gane el partido de los sobres, toda esa gente a la calle, GRATIS!!!!
redscare escribió:Son pura chusma. Podría entender que pidiesen bajar el tope de mensualidades de indemnización, de forma que no sea exorbitantemente caro echar a quien lleva 10 años en la empresa.
sator23 escribió:redscare escribió:Son pura chusma. Podría entender que pidiesen bajar el tope de mensualidades de indemnización, de forma que no sea exorbitantemente caro echar a quien lleva 10 años en la empresa.
¿Podría entender? Es una de las medidas más injustas que existen y puede llevar a la ruina a muchas PYMES.
Me parece bien que haya una pequeña indemnización, pero esta debería estar limitada a un máximo de digamos... unos 5 mil euros (cantidad suficiente para reordenar tu vida y planificar los meses de paro que esperan hasta llegar a otro trabajo). Conozco no pocos casos en que los empresarios son "rehenes" de sus trabajadores, y eso es lo que no puede ser.
shinta_hid escribió:sator23 escribió:redscare escribió:Son pura chusma. Podría entender que pidiesen bajar el tope de mensualidades de indemnización, de forma que no sea exorbitantemente caro echar a quien lleva 10 años en la empresa.
¿Podría entender? Es una de las medidas más injustas que existen y puede llevar a la ruina a muchas PYMES.
Me parece bien que haya una pequeña indemnización, pero esta debería estar limitada a un máximo de digamos... unos 5 mil euros (cantidad suficiente para reordenar tu vida y planificar los meses de paro que esperan hasta llegar a otro trabajo). Conozco no pocos casos en que los empresarios son "rehenes" de sus trabajadores, y eso es lo que no puede ser.
seguro que propocionarmente sn muuuuuuuuuuuchos menos que los trabajadores en situacón precaria
gejorsnake escribió:A poco que cambien la manera de contabilizar parados,se quitan 1 millón en nada
sator23 escribió:
Lo único que digo es que hay sinvergüenzas en los dos bandos, y os podría contar cada historia que ibais a quedar flipando. Igual hasta me dabais la razón
sator23 escribió:Me parece bien que haya una pequeña indemnización, pero esta debería estar limitada a un máximo de digamos... unos 5 mil euros (cantidad suficiente para reordenar tu vida y planificar los meses de paro que esperan hasta llegar a otro trabajo). Conozco no pocos casos en que los empresarios son "rehenes" de sus trabajadores, y eso es lo que no puede ser.
Gurlukovich escribió:¿Y si la empresa no va mal? Entonces ¿cómo despides a un trabajador que no necesitas?
Por no decir que justificar estas cosas es entrar en la lotería de la justicia, donde si redactas mal las causas del despido te lo comes con patatas.
mendorro escribió:si la empresa va mal existe el despido por causas economicas pero muchas veces no lo usan por pereza y prefieren pagar los 33 o 45 dias (dicho por un juez de lo social en una charla no sindical precisamente).
Gurlukovich escribió:¿Y si la empresa no va mal? Entonces ¿cómo despides a un trabajador que no necesitas?
Gurlukovich escribió:Por no decir que justificar estas cosas es entrar en la lotería de la justicia, donde si redactas mal las causas del despido te lo comes con patatas.
en españa hay contratos sin indemnización (lo de formacion y practicas) y aun asi tenemos la tasa de paro juvenil mas alta del mundo desarrollado.Gurlukovich escribió:Básicamente me dais la razón, que es caro de cojones despedir en España y además pasto de abogados.
Gurlukovich escribió:Mira, un abogado.
Pero bueno, si sólo fuera por los contratos, sería un problema menor.
Gurlukovich escribió:Básicamente me dais la razón, que es caro de cojones despedir en España y además pasto de abogados.
Gurlukovich escribió:¿Y si la empresa no va mal? Entonces ¿cómo despides a un trabajador que no necesitas?
Por no decir que justificar estas cosas es entrar en la lotería de la justicia, donde si redactas mal las causas del despido te lo comes con patatas.
AngelCaido escribió:Te pregunto, reservas un hotel y antes de llegar la fecha la cancelas, si te sale gratis la cancelacion es porque has pagado la habitacion mas cara para poder cancelarla si no te viene bien. Si la has pagado barata, o te cobran la primera noche integra o te cobran la reserva completa, aunque los dias que tu habias reservado, el hotel tendra a nuevos clientes pagando.
Si ya estas en el hotel y a mitad de los dias reservados decides irte porque quieres o porque ves que te quedas sin dinero para seguir de vacaciones, tendras que pagar el resto, si no lo has hecho igual, aunque no uses la habitacion, aunque el hotel podra alquilar de nuevo a otro cliente esos dias en la habitacion.
¿cual es la diferencia? Que si quieres la habitacion a tu disponibilidad para un posible cambio de opinion, te sale mas cara, sin embargo si quieres un trabajador para unos dias por pico de trabajo, tienes contratos en practicas, becarios y etts que te salen mas baratos.
Asi que los empresarios tienen un CHOLLO con las leyes laborales actuales.
Gurlukovich escribió:¿Y si la empresa no va mal? Entonces ¿cómo despides a un trabajador que no necesitas?
Por no decir que justificar estas cosas es entrar en la lotería de la justicia, donde si redactas mal las causas del despido te lo comes con patatas.
AngelCaido escribió:¿cual es la diferencia? Que si quieres la habitacion a tu disponibilidad para un posible cambio de opinion, te sale mas cara, sin embargo si quieres un trabajador para unos dias por pico de trabajo, tienes contratos en practicas, becarios y etts que te salen mas baratos.
Asi que los empresarios tienen un CHOLLO con las leyes laborales actuales.
minmaster escribió:Gurlukovich escribió:Básicamente me dais la razón, que es caro de cojones despedir en España y además pasto de abogados.
Sale caro despedir improcedentemente precisamente por la improcedencia del despido al igual que a mi me saldría caro de cojones irme de mi piso de alquiler dos meses después de haber firmado el contrato.
Reakl escribió:Si la empresa no va mal cual es la excusa para no pagar la indemnización? Porque lo que yo leo son lloros de supuestos empresarios que no pueden pagar a unos trabajadores que no pueden echar porque no hacen dinero. Si hacen dinero ¿cual es el problema? Obviamente no es el no poder si no el no querer. Se vive mejor con los 10.000€ en el bolsillo propio que en el ajeno.
Y la culpa es nuevamente de la empesa. Porque si tuviesen un plan de ahorros donde van metiendo mes a mes el correspondiente a la antigüedad de cada trabajador resulta que no tendrían problemas. Si cuando contratasen a un trabajador tuviesen en cuenta esa antigüedad (que son 40 dias por año salen a ~100€ por cada 1000, que es un 1% del sueldo del trabajador), no pasarían estas cosas. Y más teniendo en cuenta que con la ley actual si el trabajador es el que se va, ese dinero lo recuperan.
Si a una empresa el 1% de lo que le vaya a pagar a un trabajador le va a suponer la diferencia entre ser rentable y no serlo, a lo mejor no debería contratar a ese trabajador.
Por eso yo soy partidario de que toda empresa deba tener una bolsa de dinero, aunque sea en un depósito a plazo fijo, con un alto porcentaje de las indemnizaciones correspondientes por cada trabajador a modo de seguro. Y eso solo le costaría un 1% del gasto mensual en recursos humanos. Un gasto que en gran medida podrán recuperar. Y si no puedes pagarlo, no contrates, y si no puedes mantener el negocio no lo montes. No vamos a menoscabar los derechos de los demás para que uno pueda sacar beneficio de ello.
mendorro escribió:a que te refieres con que no lo necesitas? para eso estan las causas organizativas que tambien existen....
Gurlukovich escribió:mendorro escribió:a que te refieres con que no lo necesitas? para eso estan las causas organizativas que tambien existen....
Por ejemplo que en vez del delineante necesitas a uno que haga CAD?
Gurlukovich escribió:Cosa que depende de las condiciones del contrato, a negociar con tu casero/empleador. ¿Por que no puede renunciar entonces un trabajador a los 45 días al firmar el contrato?
mendorro escribió:sigo sin pillarte, seria amortizar un puesto por causas organizativas no?
tampoco entiendo tu ejemplo, un delineante (por lo menos de hoy en dia) por supuesto que hace cad. si te estas refiriendo a un fosil que no fuera capaz de reciclarse por desgracia para el tambien se puede despedir por mucho menos de 45/33 por no poder actualizarse (no me acuerdo del termino ahora mismo)
minmaster escribió:No, no depende. Hay una serie de condiciones recogidas en la Ley de Alquiler, por ejemplo la fianza que hay que pagarla sí o sí.
Y por otro lado lo que tu dices es absurdo. Si se diera la posibilidad de que el trabajador renunciase a la indemnización por despido muchas empresas lo pondrían como una exigencia para ser contratados y no contratarían a nadie que no renunciase.
Por cierto, por ley, también los contratos indefinidos tienen 6 meses de prueba (con despido gratis) y ni el trabajador puede exigir que lo quiten ni la empresa quitarlo. De eso no hablas no??
Gurlukovich escribió:Y eso es bueno?
Gurlukovich escribió:Es una posibilidad, si. Al final todo sale de tu sueldo, a la empresa le da igual. Pero puedes obligar a la empresa a dar las dos opciones con los sueldos distintos. O que lo ingrese en una cuenta distinta. La indemnización actual es más un tema de especulación que otra cosa, un contrato a futuros, una apuesta.
Gurlukovich escribió:mendorro escribió:sigo sin pillarte, seria amortizar un puesto por causas organizativas no?
tampoco entiendo tu ejemplo, un delineante (por lo menos de hoy en dia) por supuesto que hace cad. si te estas refiriendo a un fosil que no fuera capaz de reciclarse por desgracia para el tambien se puede despedir por mucho menos de 45/33 por no poder actualizarse (no me acuerdo del termino ahora mismo)
Eso será si lo dice el juez. Básicamente te arriesgas a que diga que no, con lo que tengas que readmitir, acabarás pagando más que por el despido improcedente, más costes del juicio. Una lotería, hay casos claros de despido procedente por robar que han sido declarados nulos por defectos de forma. E incluso un improcedente puede ser considerado nulo (por ejemplo, despedir una embarazada).
Al final el que se puede permitir hacer despidos son las empresas grandes que pueden manejar los costes y lograr financiación, no las pymes. Y aún así es un riesgo.
minmaster escribió:Sí. La ley tiene que establecer los mínimos y los máximos a fijar en un contrato. De hecho aún existiendo ese mes de fianza como máximo muchos contratos exigen depósitos o avales bancarios que están muy por encima de lo que estipula la ley, imagínate si no hubiera límites...
Si no hubiese indemnización alguna muchos empresarios optarían por echar a gente a las primeras de cambio o hacer jugarretas como echar a un trabajador en verano porque no hay trabajo y contratarlo de nuevo en septiembre para así ahorrarse las nóminas de verano.
Yo he estado trabajando en empresas que te tenían 2 o 3 meses sin actividad y luego cuando llegaba curro te "exigían" trabajar hasta 15 horas diarias. Imagínate sin indemnización por despido que pasaría en esa situación.
Imagínate la inestabilidad laboral que tendría un trabajador en esa situación y ahora piensa en el daño que tendría en la economía que millones de trabajadores viviesen con esa inestabilidad permanente. Bueno, tampoco hay mucho que imaginar, ahora mismo estamos viendo esa situación...
Gurlukovich escribió:Y si la empresa va a hacer eso, ¿no preferirías que te pague ese dinero directamente en el sueldo en vez de irlo guardando ociosamente en su banco? Te lo guardas tú y te lo administras como te da la gana, y si te despiden por la causa que sea, ahí lo tienes, vaya bien, vaya mal, o se vaya al carajo.