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elmundo escribió:Un juez salda las deudas de una pareja insolvente de jubilados de forma definitiva
* No consiguieron cubrir todos los pagos con la venta de su vivienda
* La sentencia considera que 'han agotado todas las vías' para poder pagar
* Sin gastar ni un euro, ni siquiera en comer, tardarían dos años en liquidar
Efe | Barcelona
Actualizado viernes 28/01/2011 12:29 horas
El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona ha considerado saldadas las deudas pendientes que todavía mantenía con la banca y otros acreedores una pareja de jubilados en concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos), después de que no consiguieran cubrir todos los pagos con la venta de su vivienda.
El auto, que ha pasado a ser firme porque no ha sido recurrido, es el primero conocido en España que impide que los acreedores puedan seguir exigiendo de por vida a unos particulares insolventes el pago de las deudas pendientes, cuando ya no tienen activos que enajenar.
El auto del magistrado José María Fernández Seijo, al que ha tenido acceso Efe, analiza el caso de un matrimonio de jubilados, que entró en concurso de acreedores en 2007 y que no pudo pactar un plan de pagos, con lo tuvieron que liquidar sus bienes.
Así, devolvieron su vivienda de protección oficial al Instituto Catalán de la Vivienda, lo que les permitió pagar la hipoteca y el 45,9% de los 108.287,87 euros que debían, mayoritariamente por gastos aplazados de tarjetas de crédito e instrumentos de pago de grandes superficies.
El magistrado señala que, si se les condenara a la inanición o "a la buena voluntad de terceros o del Estado", tardarían todavía dos años en saldar la deuda pendiente destinando íntegramente la pensión conjunta, que suma 2.371,46 euros al mes.
Con sus pensiones tienen que sufragar ahora el alquiler de la vivienda que perdieron, por lo que si se les permitiera conservar el equivalente al salario mínimo interprofesional como mínimo inembargable, les llevaría como poco 13 años pagar los 58.692 euros pendientes.
En definitiva, Fernández Seijo interpreta que las deudas pendientes de pago se deben extinguir "una vez que se han agotado todas las vías" que contempla la Ley Concursal (la que se aplica a concursos de empresas y particulares) para satisfacer a los acreedores, como son la venta de los bienes.
En este caso, ha tenido en cuenta que la pareja de pensionistas "son deudores de buena fe, deudores accidentales que se han visto abocados a una situación no deseada de insolvencia definitiva, que no puede ser penalizada con la conversión del concurso en un purgatorio".
Por ello, cree que la decisión de extinción de las deudas pendientes permite "dar una salida razonable a las situaciones de sobreendeudamiento de particulares de buena fe habilitando mecanismos que permitan conceder a estos deudores una segunda oportunidad que no les aboque a una situación de exclusión social".
Además, justifica que esta solución "conecta además con las observaciones que la Unión Europea hace sobre los problemas de sobreendeudamiento de los consumidores, de acceso al crédito responsable y el derecho a que el deudor de buena fe pueda recomponer su vida económica".
El Código Civil español, a diferencia de otras leyes europeas, establece que el deudor debe cumplir sus obligaciones con sus acreedores "con todos sus bienes, presentes y futuros", lo que permite que se persiga de por vida a los particulares morosos.
El auto, que sólo sería aplicable a personas en concurso de acreedores que no hayan podido pactar un plan de pagos, viene a reforzar la decisión de la Audiencia Provincial de Navarra de limitar las posibilidades de reclamación de deudas bancarias.
La Audiencia de Navarra consideró esta semana que devolver al banco un piso hipotecado es suficiente para saldar la deuda contraída, aunque el inmueble haya perdido valor por la crisis.
Daredevil2 escribió:un precedente? la veda esta abierta!!!
subsonic escribió:Como siempre todo al reves. La medida es buena, se aplica en varios paises, se entrega la vivienda y deuda saldada, lo que pasa es que esta gente tenia pension conjunta de casi 2400 euros, y ya veras como habra gente en estas mismas circunstancias, que cobre 800 euros, y que ademas de entregar la vivienda, tendrà que seguir pagando.
bartletrules escribió:No tiene por qué ser necesariamente una cuestión de mala gestión de su dinero. Se me ocurre que quizás uno de ellos (o los dos) presente algún tipo de minusvalia o enfermedad crónica que requiera tratamiento o asistencia no cubierta por la Seg. Social.
No se puede juzgar a la ligera sin conocer todos los hechos (bueno, se puede, que al fin y al cabo esto no es más que un foro de internet, pero ya me entendeis). Y lo mismo digo cuando se habla de corrupción, violencia doméstica, etc.
En una situación normal, con 2000 y pico euros de ingreso conjunto, dudo que ningún juez permitiese la cancelación de las deudas tal cual, porque en ese caso medio país estaría ya diciendo lo mismo y empufandose el doble de lo actual para luego no pagar.
el 45,9% de los 108.287,87 euros que debían, mayoritariamente por gastos aplazados de tarjetas de crédito e instrumentos de pago de grandes superficies.
subsonic escribió:Como siempre todo al reves. La medida es buena, se aplica en varios paises, se entrega la vivienda y deuda saldada, lo que pasa es que esta gente tenia pension conjunta de casi 2400 euros, y ya veras como habra gente en estas mismas circunstancias, que cobre 800 euros, y que ademas de entregar la vivienda, tendrà que seguir pagando.
jas1 escribió:pero es una mala gestion de ellos, o del banco?
si es del banco que se jodan. que no le hubiesen concedido una tarjeta con tanto credito.
bartletrules escribió:No tiene por qué ser necesariamente una cuestión de mala gestión de su dinero. Se me ocurre que quizás uno de ellos (o los dos) presente algún tipo de minusvalia o enfermedad crónica que requiera tratamiento o asistencia no cubierta por la Seg. Social.
bartletrules escribió:No se puede juzgar a la ligera sin conocer todos los hechos (bueno, se puede, que al fin y al cabo esto no es más que un foro de internet, pero ya me entendeis). Y lo mismo digo cuando se habla de corrupción, violencia doméstica, etc.
bartletrules escribió:En una situación normal, con 2000 y pico euros de ingreso conjunto, dudo que ningún juez permitiese la cancelación de las deudas tal cual, porque en ese caso medio país estaría ya diciendo lo mismo y empufandose el doble de lo actual para luego no pagar.
jas1 escribió:pero es una mala gestion de ellos, o del banco?
titanioberilio escribió:jas1 escribió:pero es una mala gestion de ellos, o del banco?
Del banco por supuesto (al no poner tope).
De existir un tope, si esta pareja ha ido a varios bancos para exprimir todas las tarjetas que tenían el problema seria de ellos...
titanioberilio escribió:jas1 escribió:pero es una mala gestion de ellos, o del banco?
Del banco por supuesto (al no poner tope).
De existir un tope, si esta pareja ha ido a varios bancos para exprimir todas las tarjetas que tenían el problema seria de ellos...
Retroakira escribió:titanioberilio escribió:jas1 escribió:pero es una mala gestion de ellos, o del banco?
Del banco por supuesto (al no poner tope).
De existir un tope, si esta pareja ha ido a varios bancos para exprimir todas las tarjetas que tenían el problema seria de ellos...
Manda huevos.
Osea, que si yo le pido 10.000€ al banco, y luego no se los devuelvo, la culpa es del banco. Muy lógico, si señor.
¿Y estos señores jubilados, con 2400e de pensión conjunta, (mas o menos lo que ganamos entre la parienta y yo partiéndonos el lomo) no pueden pagar sus deudas?
Luego nos quejamos de que el estado nos trata como a borregos, cuando no aceptamos algo tan sencillo como que si me han prestado 1000€, tengo que devolverlos.
PD: Una cosa es que fuese una pobre familia de currantes que han perdido el trabajo y tal y cual. Pero estos dos son pensionistas, que "saben" que van a cobrar esos 2400e hasta el dia que se mueran, con lo cual no le veo sentido a echarle la culpa al banco. A saber que monstruosidades económicas han hecho para no poder pagar con semejante pensión.
Saludos
2pac4ever escribió:Y devolvieron una vivienda de protección oficial,![]()
Si para tener una pensión de 2400 € entre los dos, cuanto tendrian que estar cobrando cuando trabajaban, y aun así acceden a un tipo de viviendas de esas???.
Salu2.
BeRReKà escribió:Hmm, Igual la culpa sí que es del banco, sino ponte a currar en un banco y concede creditos a todo el mundo, a ver si te echan la culpa a ti o a quien te los pideOtra cosa es que la responsabilidad moral sea de la pareja. Pero si con esto el banco pierde dinero no es más que culpa del banco, podrian haber pedido más aval.
shorbo escribió:bartletrules escribió:No tiene por qué ser necesariamente una cuestión de mala gestión de su dinero. Se me ocurre que quizás uno de ellos (o los dos) presente algún tipo de minusvalia o enfermedad crónica que requiera tratamiento o asistencia no cubierta por la Seg. Social.
De ser así lo pondría claramente en la sentencia y/o se debería haber mencionado en la noticia y de ello no hay ni rastro por lo que en principio no tiene sentido alguno pensar lo que piensas tú. Es intentar justificar lo injustificable según los datos. Si ocultan datos, ¿a qué están jugando? no es tan difícil mencionar algo tan "gordo" como eso que tú piensas y dar así sentido a esta sentencia. El juez ha salido en TV y tampoco mencionó nada así.