He descubierto un fallo en matrix para las multas de zona azul

vpc1988 escribió:Lo puse en pruebas, pero el saber no ocupa lugar
No pongo mas tickets de zona azul.

Ya van 3 multas de zona azul de 3 municipios distintos que me han anulado gracias a la IA. 6 meses me llevo hacer esta prueba.

Las fotos de las multas de zona azul no son validas como prueba porque un vigilante de zona azul no tiene presuncion de veracidad como un policia.

Cuando llega la multa, en la mayoria de municipios, adjuntan una foto en formato digital con una marca de agua con la fecha y hora, pero, la foto no tiene metadatos.

Al no tener metadatos, no pueden demostrar que la foto no haya sido inalterada desde que se saco hasta que te llega a ti, por lo que multa anulada.

Y para el jaque mate definitivo: por ley de transparencia, en el mismo recurso, se pide que te contesten con el listado anonimizado de todas las multas que se hayan puesto por el vigilante que hace fotos sin metadatos.

El recurso que voy a pasar me ha funcionado en tres municipios. Me han quitado la multa en los 3. Lo hice con IA.

La primera multa, me pique porque la tia no me la quiso quitar por pocos minutos y tras recurrir tres veces, gane con esto gracias a la IA y gane
La segunda y tercera han sido "pruebas a proposito". Me deje multar en 2 municipios distintos y recurri con el mismo escrito.

Con el ultimo municipio, hasta me llamaron del ayuntamiento para confirmarme que me quitaban la multa. Parece ser que les pude hacer mucho daño puesto que al pedirles que me entreguen todas las multas puestas, el siguiente paso es pedirles que de oficio anulen todas las multas, y como saben que podria hacerlo, imagino corriendo me llamarian para "cerrar el tema". No he llegado a ese extremo, el que quiera que le quiten su multa, que indague. Yo ya comparto el conocimiento.

ESCRITO DE ALEGACIONES Y SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
A LA ATENCIÓN DE LA UNIDAD DE SANCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE xxx

D./Dª xxx, con DNI xxx, con domicilio a efectos de notificaciones en xxx, comparezco y como mejor proceda en Derecho, ALEGO:

PRIMERO.- Sobre la falta de integridad de la prueba gráfica (Metadatos EXIF).
Impugno la fotografía que sirve de base a la denuncia por vulneración del principio de integridad del dato establecido en el Art. 5.1.f) del RGPD. Se ha verificado que el archivo digital de la imagen carece de metadatos EXIF esenciales, específicamente:

Geolocalización GPS: No existen coordenadas incrustadas que sitúen de forma fehaciente el vehículo en el lugar de la infracción.

Sellado de Tiempo (Timestamp): El archivo carece de un sellado de tiempo vinculado a un servidor oficial o autoridad de certificación, lo que hace que la hora de la captura sea fácilmente manipulable mediante la configuración local del dispositivo PDA.
Sin estos metadatos, la imagen es un mero archivo gráfico sin trazabilidad técnica, lo que vulnera mi derecho a la defensa y la presunción de inocencia.

SEGUNDO.- Sobre la falta de certificación del dispositivo captor.
Solicito que se aporte al expediente el Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) del terminal PDA utilizado por el controlador. La ausencia de este certificado, sumada a la falta de metadatos, confirma que el dispositivo no garantiza la inalterabilidad de las pruebas recogidas, tal y como exige la normativa vigente para la administración pública y sus concesionarias.

TERCERO.- Solicitud de acceso a la información por Transparencia (Ley 19/2014).
Al amparo de la Ley de Transparencia, y como interesado en el procedimiento, SOLICITO el listado anónimo (sin datos personales) de todas las sanciones impuestas por el mismo terminal PDA y el mismo vigilante (ID: xxx) durante la jornada de la supuesta infracción.

Esta solicitud se fundamenta en la sospecha razonable de que la deficiencia técnica denunciada (ausencia de metadatos) es sistémica en el dispositivo utilizado. Si, como se sospecha, ninguna de las imágenes de esa jornada dispone de trazabilidad EXIF, todas las sanciones impuestas ese día por dicho terminal serían nulas de pleno derecho por carecer de la base probatoria mínima exigible, incurriendo la administración en un posible enriquecimiento injusto.

SOLICITO:
Que se tenga por presentado este escrito, se proceda a la revisión técnica de la prueba y, ante la admisión de falta de integridad digital, se acuerde el ARCHIVO INMEDIATO del expediente sancionador.

En xxx, a xxx



Adjunto respuesta del recurso (en catalan)

NOTIFICACIÓ
El/La Tinent/a d'Alcalde d'aquest Ajuntament, en data 10 de febrer de 2026, ha dictat
la resolució següent:
"ANTECEDENTS DE FET
Primer.- El 13 de gener de 2026 el Sr. xxx va presentar sol·licitud d'exercici
de drets (número anotació xxx) en la qual es diu textualment:
Exposo:
1. Que soc titular del vehicle amb matrícula xxx i part interessada en l'expedient
sancionador núm. xxx.
Sol·licito:
Que es traslladi aquest escrit al Delegat de Protecció de Dades (DPD) de l'Ajuntament i, en
exercici del meu Dret d'Accés (Art. 15 RGPD):
1. Se'm faciliti còpia digital original (amb metadades EXIF intactes) de les fotografies de
l'expedient per verificar la geolocalització i si s'ha captat indegudament a tercers o espais
privats (com la fruiteria esmentada).
2. Es certifiqui si el dispositiu utilitzat pel vigilant de l'empresa externa era un terminal
corporatiu securitzat o un telèfon mòbil personal (BYOD), i quines mesures de seguretat
s'apliquen per evitar filtracions al núvol privat del treballador.
ADVERTIMENT: Aquesta instància serveix com a requeriment previ. En cas de no rebre resposta
satisfactòria en el termini d'un mes, procediré a interposar Reclamació de Tutela de Drets
davant l'Agència Espanyola de Protecció de Dades (AEPD).
Segon.- Per part de la Delegada de Protecció de Dades d'aquest Ajuntament s'ha revisat la
petició formulada, la informació que consta en l'expedient sancionador obert i l'expedient de
contractació del servei de gestió de les zones d'estacionament regulat. L'Ajuntament és el
responsable del tractament de les dades però la gestió, via encarregat del tractament, és de
l'empresa concessionària.
Tercer.- S'ha constatat que l'expedient sancionador referenciat conté una còpia de les
fotografies, però que en aquestes no consten les metadades EXIF intactes, ni tampoc hi consta
informació específica sobre el dispositiu utilitzat per a la seva captació.

FONAMENTS DE DRET
PRIMER.- El dret a la presumpció d'innocència, reconegut a l'article 24.2 de la Constitució
Espanyola, és plenament aplicable en l'àmbit del dret administratiu sancionador. Aquest principi
es concreta en l'Art.53.2.b) de la LPACAP, que estableix el dret del presumpte responsable "A la
presumpció de no existència de responsabilitat administrativa mentre no es demostri el
contrari".
Aquest dret implica que la càrrega de la prova dels fets constitutius de la infracció recau
exclusivament sobre l'Administració, que ha d'acreditar-los mitjançant proves de càrrec
suficients, vàlides i congruents.

Per tot l'exposat,
RESOLC:
PRIMER.- ESTIMAR íntegrament el recurs de reposició interposat pel Sr. xxx
contra la resolució sancionadora de 9 de gener de 2026, dictada en l'expedient xxx.
SEGON.- ANUL·LAR I DEIXAR SENSE EFECTE la sanció de 100,00 € imposada, així com totes
les actuacions derivades de la mateixa.
TERCER.- DECLARAR L'ARXIU de l'expedient sancionador."


En Gijón, e imagino que en toda España, la denuncia de la zona azul si no está firmada por un policía municipal, no se convierte en multa por lo que has dicho, los trabajadores de la zona azul no tienen poderes para multar. De hecho aquí el ayuntamiento intentó dárselos, recuerdo que salió en el periódico, pero se lo tumbaron en 48 horas porque obviamente esa mierda no se vale xD

Pero si la firma un municipal, la multa te la comes. Por aquí fue habitual durante una temporada en zonas concretas del centro que un municipal acompañase un par de horas a los de la zona azul, hasta que la gente empezó a quejarse de si no había cosas más importantes para la policía que pasear con los de la ORA.
El sistema está hecho para que tú no te compliques la vida y pagues religiosamente, no para que te esfuerces.

En el momento que lo haces, ya se satura y la cosa por lo general (no siempre) suele ser favorable.

Las zonas azules veo que es un abuso. Y para multar, existen (al menos en Zaragoza) un coche que va haciendo fotos y si en dos minutos no lo retiras, multa y llega por carta certificada.

Menos mal que no tengo coche, pero entiendo que es una putada.

Saludos.
@Juaner
si la firma un municipal que presencialmente puede verlo

si el policia esta presente, efectivamente, su palabra es ley.

si como tu dices, un policia acompaña un par de horas al de la zona azul, y, el policia lo ve con sus ojos, no hay nada que hacer.

pero en el caso que digo, y es lo que hacen muchos ayuntamientos, es que el de la zona azul manda las multas al policia local de turno, y este desde su despacho, las firma.

entonces, volvemos a la misma. la prueba que el de la zona azul entrega al municipal para firmar es nula.

para "parchear" lo que expongo aqui hay dos maneras:
1. parchear todo el sistema de los vigilantes. que sus tablets/pda saquen foto, y, la foto se firme digitalmente desde el momento que se saca, añada exif, y que a las multas se añada un certificado que certifique que la foto desde que se ha sacado no ha sido alterada

solo fallara el recurso, pese a tener razon, si el funcionario que lo lee piensa "pues para cojones los tuyos, los mios". te lo deniego pese a que se que un juez te va a dar la razon.
te meteras en abogados por una multa de 100€?
ahi es donde puede fallar.


2. que la policia local tenga las competencias de zona azul, y, las multas las ponga un policia. en ese caso, ni firma, ni foto, ni nada. la palabra del policia va a misa "yo he visto que tu no pusiste ticket". fin.

@Kurace
La IA me dijo lo mismo. Te meten 100€, que opcion tomas?
1. Pagas 50€ y te olvidas
2. Peleas

Toda esta historia empezo porque justo pille al controlador poniendome una multa, y, con tono grosero me dijo que recurriera si no estaba de acuerdo.

Cuando me llego la multa, se la pase a la IA, me dijo que revisase metadatos, y, efectivamente, no estaban.

Me redacto el recurso, un par de retoques y me quitaron la multa.

Luego probe en 2 municipios mas el mismo recurso y me funciono.
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