HE CURRADO 3 MESES,ME PAGAN LAS VACIONES ??

hola he empezado a currar el dia 4 de octubre,un contrato de 6 meses,pero mi duda es que si realmente a final de año me tienen que pagar las vacaciones generadas( tengo 30 dias por año),se pagan cuando cumplan los 6 meses(si me renuevan¿se van al limbo?) o puedo disfrutarlas en estas fiestas?
tengo entendido que hay que disfrutarlas en el año natural,sino se pierden pero supongo que tendria que estar currando todo el año pero no es asi.
La empresa cierra todo el mes de agosto,y claro si llego a agosto que me corresponden?15 dias?y los otros que se generan? joder que lio tengo jeje.
por favor ayudarme que mañana tengo reunion con el jefe para saber que discutir con el.
como calculo la extra de navidad con los 3 meses currados?(dos extras por año)
GRACIAS :-? :-? :-? :-?
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te incluiran la parte proporcional de las mismas (a efectos de 1 año) en el finiquito. Tranquilo que si sin legales te las tienen que pagar si no las has disfrutado.
Se generan 2'5 dias de vacaciones por mes trabajado (la parte porporcional). Cuando los cumplas, es cosa tuya y del jefe, pero no tienes porqué perderlos a fin de año si lo pactas con tu jefe, los puedes cumplir el año que viene.
Y si luego en agosto sigues y cierra la empresa por vacaciones, tendrás todo el mes de vacaciones y pagado (no es problema tuyo si tienes contrato y la empresa está cerrada). Otra cosa seria si no cierran, que te tocaria pringar...
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Lo de cogerselas estas fiestas supongo que lo dira por acabarse el año, hay empresas que no respetan vacaciones de años anteriores, o se consumen los 30 dias o se pagan, y mas si no son empresas de estipular las vacaciones en el calendario laboral que se hace a principio de año.

Lo normal es que o las disfrutes o te las pague tu jefe.

De todos modos eso ya en cada empresa es un mundo. ( lo de respetar vacaciones, o que el jefe prefiera abonarlas a que se disfruten me refiero)
para ver cuando caducan hay que mirar el convenio, el estatuto dice que el 31 de diciembre, pero un convenio puede decir una fecha posterior, por ejemplo a 31 de marzo.

ahora, si te renuevan y el convenio dice que caducan el 31 de diciembre, las has perdido, ya que si sigues trabajando no se pagan.

si no te renuevan si te finiquitaran.

porque aunque no se haga en españa no es legal pagar las vacaciones, las vacaciones legalmente se disfrutan, no se pagan. la excepción es el finiquito.
hola,en mi convenio dice que son 30 dias en el año natural,osea que a 31 de diciembre se acabo lo bueno.Mañana mismo lo pido en la oficina,a ver que me cuentan.
lo dela paga supongo que sera asi:
nomina 1050,he currado 3 meses y en el convenio dice que se computan semestralmente,osea que me corresponderian 525 euros?? es asi??
gracias por vuestras respuestas
jas1 escribió:para ver cuando caducan hay que mirar el convenio, el estatuto dice que el 31 de diciembre, pero un convenio puede decir una fecha posterior, por ejemplo a 31 de marzo.

ahora, si te renuevan y el convenio dice que caducan el 31 de diciembre, las has perdido, ya que si sigues trabajando no se pagan.

si no te renuevan si te finiquitaran.

porque aunque no se haga en españa no es legal pagar las vacaciones, las vacaciones legalmente se disfrutan, no se pagan. la excepción es el finiquito.
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