En la primera pagina te lo han puesto. Si con un sólo pagador no llegas a los 22.000 € Brutos y no recibes ingresos de alquileres o similares, no estas obligado ni hacerla (aunque es posible que te devuelvan una pasta)
Si tienes más de dos pagadores, no sólo estás obligado, si no que lo mismo te llevas una desagradable sorpresa.
Si te retienen más es porque ha cambiado tu situación dentro de la empresa (te han hecho indefinido) pero sigues cobrando del mismo. Recuerda que, el ejercicio, es por año.
Ah, y no todo lo que te "quitan" te lo devuelven. En esa cantidad tambien va incluida la Seguridad Social y otros conceptos. Así si te han retenido, por ejemplo, 1000 €, de devolverte igual sólo te corresponden 500 € o 600 € (las cifras no son ni mucho menos exactas

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Saludos
EDITO: No Javilin. Si has cobrado sólo de un sitio, el límite para hacerla son haber cobrado 22.000 € (Brutos). Si cobras por debajo de eso, y la haces, te devuelven. En el momento que cobras de 2 sitios, el límite ya baja a 10.000 € (o una cosa así, no lo recuerdo bien), y por encima de esa cantidad, si no tienes nada que te desgrave, prepárate porque te toca soltar la pasta.