semety2000 escribió:GRACIAS a todos...
ahora esta mas claro mirar me reclama despues de seis meses dos facturas una primero del embrague y otra de la caja de cambios ambas cosas las arreglo ella por su cuenta sin decimer ami que hacer ni embiarme burafax ni nada solo me llamo y me dijo tengo estas facturas pagamela o denuncio y yo dige q no le pagaba nada me tenia q haber avisado antes y asi yo llevar el coche a donde yo quisiera ya que yo me ago cargo durante esos 6meses de vicios ocultos en todo caso entraria la caja de cambios ya que el embrague no es vicio oculto ni por asomo es una pieza de friccion y desgarte te lo puedes cargar en un mes si conduces con el pie apoyado y pero ella lo llevo a cambiar el embrague a un mecanico y al poco a otro para la caja de cambios,como se yo que es verdad que estaba roto y no tiene a un amigo mecanico q engorda facturas,y como se yo si el otro mecanico se cargo la caja de cambios ya que el para cambiar el embrague hay que quitar la caja de cambios y si se motan mal los palieres se la cepilla y despues de seis meses lo vendi un 1 de mayo y recibo una citacion de cara a cara el 15 de este mes,yo creo que enciama me a denunciado tarde xq no creo que una citacion tarde mas de 15 dias? o 20 y creo que pasando esos 6meses no tiene xq reclamar
Exacto, te tendría que avisar antes, te copio&pego del Ganvam:
"Para hacer valer su derecho, el titular beneficiario de la garantía deberá comunicar al vendedor garante, la falta de conformidad apreciada, a la mayor brevedad posible, y en todo caso, y como máximo, en el plazo legal de DOS MESES, desde que tuviera conocimiento de la misma. Salvo prueba en contrario, se entenderá que la comunicación del consumidor ha tenido lugar dentro del plazo establecido.
El incumplimiento de dicho plazo, no supondrá la pérdida del derecho del consumidor, pero éste será responsable de los daños que se ocasionen en el bien por el retraso en la comunicación.
El vendedor garante no responderá respecto de aquellas partes o elementos del vehículo que fueran manipulados por el consumidor, ni cuando el consumidor hubiera reparado el vehículo sin que el vendedor garante hubiera dado su autorización o tenido ocasión de comprobar previamente la supuesta falta de conformidad, salvo que por las circunstancias en que se produjera el hecho que dio lugar a la reparación no fuera posible cumplir con aquellos requisitos."
Me dedico a la C/V de vehículos industriales, pero el caso es igual, si un cliente tiene algún problema, antes de hacer nada se va a buscar el vehículo, se prueba y se arregla lo que tenga...
Si un cliente hace reparaciones por su cuenta y no avisa, no se puede hacer nada... ya que puede decir que ha hecho arreglos en un taller, y luego realmente no ha tenido nada y un amigo mecánico te hace la factura para cobrarla... ya te digo que me ha pasado...