Cita textual del librito "VOLUMEN 2: GARANTÍA" que acompaña a la XBOX360:
"DURACION: Esta garantía estará en vigor durante un año natural a contar desde la fecha en que usted adquirió el producto Xbox", aunque por otro lado, como dice GLamdirg.......
GARANTIAS EN LA VENTA DE BIENES DE CONSUMO:
Con la nueva Ley 23/2003, de 10 de julio, sobre garantías de los bienes de consumo, los consumidores disponen de un plazo de dos años de garantía desde la fecha de la compra del producto y tan sólo conservando el justificante de pago. El fabricante, distribuidor o vendedor podrán otorgar adicionalmente una garantía comercial que siempre será superior a la legalmente establecida.
Durante los seis primeros meses de la garantía el vendedor debe asumir todos los gastos de reparación y el tiempo de garantía queda suspenso hasta que termine la reparación del producto.
Desde el séptimo mes hasta los dos años, el consumidor deberá demostrar que el vicio o irregularidad existía en el momento de la entrega del bien.
El responsable directo del producto comprado, es el vendedor, pero el consumidor también podrá acudir directamente al fabricante o al importador para reclamar la reparación del bien.
El consumidor podrá optar entre la reparación o la sustitución, salvo que esto resulte imposible o desproporcionado, es decir, si se trata de un defecto pequeño de fácil o sencilla reparacióon la sustitución no será exigible, en cambio la reparación será desproporcionada si resulta más cara que el valor del bien.
Cuando la reparación o sustitución del producto no sea posible, el consumidor puede solicitar una rebaja adecuada en el precio o la devolución del precio.
En los bienes de segunda mano, el vendedor y el comprador podrán pactar el plazo de garantía que no podrá ser inferior a un año.
El consumidor no podrá exigir la sustitución de los bienes de segunda mano o bienes de imposible sustitución.
Esta Ley afecta sólo a bienes muebles, es decir, desde un electrodoméstico hasta un vehículo, pasando por muebles, ropa, joyas, objetos de todo tipo, incluso obras de arte. No afecta a los bienes inmuebles (viviendas) ni a los servicios.
Saludos