El Supremo prohíbe a un youtuber usar esta red social durante cinco años por humillar a un indigente

Creo que no se ha puesto:

Fuente más reciente:

https://www.abogacia.es/actualidad/noti ... indigente/

El Tribunal Supremo ha prohibido a un youtuber subir vídeos a esta plataforma durante cinco años por dar galletas con pasta de dientes a un indigente para humillarlo. Los jueces han estimado el recurso de la Fiscalía y consideran que las redes sociales pueden tener la consideración de lugar de comisión del delito.

Fuentes anteriores:
https://www.expansion.com/juridico/sent ... b459a.html


Documentación:

OJO: se han anonimizado los datos del condenado, para que no se le pueda identificar, pero sí aparecen los datos de los magistrados y de los profesionales (abogados y procuradores)

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal. Datos para su localización en la base de datos CENDOJ:

Roj: STS 2356/2022 - ECLI:ES:TS:2022:2356

Acceso al texto

La sentencia tiene un voto particular. Esta sentencia del Tribunal Supremo pone fin al asunto, y no es recurrible.

En esta web se hace una reflexión interesante (se refiere a la situación anterior a esta sentencia)

Youtube no puede ser considerado responsable por los contenidos que se han colgado por terceros. Entendemos que es inviable que tecnológicamente puedan filtrar todos los contenidos de todo el mundo. Cabe considerar también que los actos que son delito en un país, pueden no serlo en otro. Es complejo atribuir a Youtube la responsabilidad de auditar los contenidos de todo el mundo.

Sí que es cierto que, una vez son conocedores de la denuncia de algunos contenidos, en caso de no retirarlos o bloquearlos podrían ser considerados co-autores o solidariamente responsables por los daños producidos. El debate es extenso al respecto.



Otro comentario sobre este asunto:

Lo verdaderamente relevante, jurídicamente, de esta sentencia, no es el bien jurídico protegido, la dignidad, si no, el lugar de comisión del delito, puesto que, es la primera sentencia de alto tribunal (con las consecuencias que ello supone para otras instancias judiciales) que interpreta y concluye, que las redes sociales y, en concreto la plataforma Youtube, son lugares propicios para la comisión del delito, siendo interpretados como tal. (...)

Las redes sociales como lugar de comisión de delito (La Región, 25 de julio de 2022)
Otro que se va a Twitch.


Bromas aparte, es deplorable lo que ha hecho esta persona aprovechándose de una persona vulnerable. Como si tener que vivir en la calle no fuera ya suficiente desgracia.

Además, acabar en la calle es algo que, hoy en día, nos puede pasar a cualquiera.
Quintiliano escribió:Youtube no puede ser considerado responsable por los contenidos que se han colgado por terceros. Entendemos que es inviable que tecnológicamente puedan filtrar todos los contenidos de todo el mundo. Cabe considerar también que los actos que son delito en un país, pueden no serlo en otro. Es complejo atribuir a Youtube la responsabilidad de auditar los contenidos de todo el mundo.

Sí que es cierto que, una vez son conocedores de la denuncia de algunos contenidos, en caso de no retirarlos o bloquearlos podrían ser considerados co-autores o solidariamente responsables por los daños producidos. El debate es extenso al respecto.

Que se lo digan al de megaupload si youtube no puede ser considerado culpable por hechos como este, el compi se escudaba con que no podía controlar lo que la gente subía a sus servidores y aún asi se lo llevaron por delante, que no puedas controlar lo que pasa en tu servicio no te hace menos culpable, hay una responsabilidad de parte del que ofrece el servicio.

Una vergüenza que pasen estas cosas, humillando a un indigente... como si no tuviera ya bastante, al de "cara anchoa" le cayó la del pulpo por ir de graciosillo, este se merece algo peor, como mínimo verse en la misma situación, a ver que gracia le hace que venga alguien a tocarle los huevos...

Edito: El youtuber se llama ReSet, el anonimato no parecen haberlo conseguido, pero esto parece que tiene bastante tiempo (2017?), supongo que la sentencia será actual pero esto sucedió hace ya mucho tiempo, en serio, tan lentos van estos procesos? xD



El anormal todavía dice que "igual con la pasta de dientes me he pasado, pero miradlo por el lado positivo, mientras come se lava los dientes"... hasta 2 añitos de cárcel le piden, ahí se los coma enteros.
davoker escribió:
Quintiliano escribió:Youtube no puede ser considerado responsable por los contenidos que se han colgado por terceros. Entendemos que es inviable que tecnológicamente puedan filtrar todos los contenidos de todo el mundo. Cabe considerar también que los actos que son delito en un país, pueden no serlo en otro. Es complejo atribuir a Youtube la responsabilidad de auditar los contenidos de todo el mundo.

Sí que es cierto que, una vez son conocedores de la denuncia de algunos contenidos, en caso de no retirarlos o bloquearlos podrían ser considerados co-autores o solidariamente responsables por los daños producidos. El debate es extenso al respecto.

Que se lo digan al de megaupload si youtube no puede ser considerado culpable por hechos como este, el compi se escudaba con que no podía controlar lo que la gente subía a sus servidores y aún asi se lo llevaron por delante, que no puedas controlar lo que pasa en tu servicio no te hace menos culpable, hay una responsabilidad de parte del que ofrece el servicio. (...)


Esa es la opinión de un despacho de abogados, que no tiene por qué ser compartida por otros juristas.

davoker escribió:Una vergüenza que pasen estas cosas, humillando a un indigente... como si no tuviera ya bastante, al de "cara anchoa" le cayó la del pulpo por ir de graciosillo, este se merece algo peor, como mínimo verse en la misma situación, a ver que gracia le hace que venga alguien a tocarle los huevos... (...)


El asunto llegó hasta el Tribunal Supremo, que es la cúspide del sistema judicial español, y que es quien dice la última palabra. La noticia reciente se refiere a esa sentencia definitiva del Tribunal Supremo, que ya no admite recurso.
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