Lestat25 escribió:Era de esperar, si encima que me estafan tengo que pagar otros 300 euros pues me jodo con lo estafado y listo.
Aunque si esto sigue asi veremos más casos de ciudadanos que deciden tomarse la justicia por su cuenta
GoldFish escribió:en enero los jueces hace huelga y esperemos que sirva de algo .
OniTako escribió:GoldFish escribió:en enero los jueces hace huelga y esperemos que sirva de algo .
Hace mucho que las huelgas no sirven de nada en nuestro país.
Huelga general del 2002 escribió:Cronología del 'decretazo'
Avance de la propuesta. Aparicio adelantó a los agentes sociales sus propuestas para la reforma laboral, que el Gobierno quería que entrase en vigor el 1 de enero de 2003.
Presentación del decreto. El Gobierno entregó a los agentes sociales el documento -elaborado por los Ministerios de Trabajo, Economía y Hacienda- con las citadas medidas, que los sindicatos consideraron inaceptables.
Amenaza de huelga general. Los sindicatos pidieron la retirada de la propuesta el 22 de mayo y advirtieron que iniciarían movilizaciones a partir del 1 de mayo, que culminaron, el 23 de mayo, con la convocatoria la convocatoria de un paro general para el 20 de junio.
Aprobación del 'decretazo'. El 24 de mayo de 2002 el Consejo de Ministros aprobó la reforma del sistema de protección por desempleo por Real Decreto-ley, porque Aparicio consideró que "no era bueno crear expectativas de cambio normativo muy prolongadas".
Aznar pide diálogo. El 4 de julio, una vez celebrada la huelga general, el presidente del Gobierno, José María Aznar y el vicepresidente segundo, Rodrigo Rato, pidieron a los sindicatos que se reanudara el diálogo social, aunque el 15 de julio se mantuvieron las movilizaciones con motivo de la celebración del debate sobre el estado de la Nación.
Zaplana, nuevo ministro de Trabajo. Cándido Méndez y José María Fidalgo mantuvieron el 17 de julio el primer encuentro con el nuevo ministro de Trabajo, Eduardo Zaplana, tras la renovación del Ejecutivo el 9 de julio, y el 26 de ese mes se reunieron con Rato.
Modificación del texto. Zaplana avanzó a los sindicatos los cambios de los puntos conflictivos del 'decretazo', entre ellos la restitución parcial de los salarios de tramitación en despidos improcedentes o la protección de desempleo para fijos discontinuos, así como la compatibilidad del cobro del paro con otras rentas o indemnizaciones y las mejoras en el subsidio agrario y de los autónomos.
Consenso final. El 7 de octubre Zaplana, Fidalgo y Méndez mantuvieron un encuentro para tratar de las modificaciones y el 17 de octubre, el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley de reforma de la protección del desempleo, que eliminaba los aspectos esenciales del polémico 'decretazo'.
colinero escribió:Segun dijo el minitro de Justicia, el tasazo es para los juicios CIVILES, no penales.
Se presupone que cuando se comete un acto penal, hay un denunciante que es el perjudicado (o victima) y un autor, que es el responsable tanto penal como civilmente (daños y perjuicios), es decir, el que deberia hacerse cargo del tasazo (si lo hay) es el autor de los hechos.
En el acto civil, como por ejemplo por la custodia de los hijos o por incumplimiento del regimen de visitas, que son procedimientos civiles, se necesita abogado entre otras cosas pero no hay Perjudicado ni Victima, cada parte reclama lo que cree oportuno.
Aunque esto cambia como el dia, un dia llueve y otro hace sol.
Saludos
GoldFish escribió:colinero escribió:Segun dijo el minitro de Justicia, el tasazo es para los juicios CIVILES, no penales.
Se presupone que cuando se comete un acto penal, hay un denunciante que es el perjudicado (o victima) y un autor, que es el responsable tanto penal como civilmente (daños y perjuicios), es decir, el que deberia hacerse cargo del tasazo (si lo hay) es el autor de los hechos.
En el acto civil, como por ejemplo por la custodia de los hijos o por incumplimiento del regimen de visitas, que son procedimientos civiles, se necesita abogado entre otras cosas pero no hay Perjudicado ni Victima, cada parte reclama lo que cree oportuno.
Aunque esto cambia como el dia, un dia llueve y otro hace sol.
Saludos
y creo que lo dejo claro en el primer post.
el juez primero tiene que ver delito y decidir si lo pasa por penal o civil, pro mientras tanto tu ya has depositado los 300 lereles.
y lo malo s,según el policia entrevistado, es que En estos casos de pequeñas estafas el juez lo pasa por civil, falta administrativa de impago.... lo dicho, que te jodes.
Articulo 2 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.Artículo 2. Hecho imponible de la tasa.
Constituye el hecho imponible de la tasa el ejercicio de la potestad jurisdiccional originada por el ejercicio de los siguientes actos procesales:
-La interposición de la demanda en toda clase de procesos declarativos y de ejecución de títulos ejecutivos extrajudiciales en el orden jurisdiccional civil, la formulación de reconvención y la petición inicial del proceso monitorio y del proceso monitorio europeo.
-La solicitud de concurso necesario y la demanda incidental en procesos concursales.
-La interposición de la demanda en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
-La interposición del recurso extraordinario por infracción procesal en el ámbito civil.
-La interposición de recursos de apelación contra sentencias y de casación en el orden civil y contencioso-administrativo.
-La interposición de recursos de suplicación y de casación en el orden social.
-La oposición a la ejecución de títulos judiciales.
jas1 escribió:Las denuncias (penales siempre) no tienen tasa.
Por tanto los de la radio se han colado, las pequeñas estafas son faltas y es un proceso gratuito que no requiere ni abogado ni procurador.
¿Y tan difícil te resulta entender que ese policía se ha equivocado?GoldFish escribió:a ver tu pones la denuncia y es el juez o el secretario es quien decide si pasa a penal (no pagas tasa) si es falta o es civil.
el policia entrevistado ha dicho que las pequeñas estafas (menos de 400 matizaba) en las que el denunciante dice que no le ha enviado el articulo o le ha enviado otra cosa y el denunciado dice que sí se lo ha enviado, normalmente el juez lo pone como falta.
con lo cual ya has pagado los 300 napos de tasa y Que hay que pagarlos siempre por adelantado (sea lo que sea) y serán devueltos en caso de que el juez vea delito (estafador reiterado o mas de 400 ) o de que ganes el juicio.
Por lo que, el policia queria decir, que denunciar estafas pequeñas costará mas que recuperar lo estafado.
¿Tan dificil es de entender ?
eso no es asi. El juez decidirá si eso es delito o falta. PUNTO.a ver tu pones la denuncia y es el juez o el secretario es quien decide si pasa a penal (no pagas tasa) si es falta o es civil.