Xeila84 escribió:Hola,
a ver si alguien que sepa del tema me puede afirmar esto.
Hace mes y medio que cambié de empleo. En la nueva empresa me dijeron que tendría 6 meses de prueba, y que durante esos 6 meses estaría subcontratada por una consultora.
El contrato que hice con esta consultora es de fin de obra, sin especificar el término de ésta (aunque en principio se terminaría en marzo). En el contrato no consta período de prueba. Y el convenio es el colectivo de consultorías. Lo he estado leyendo y pone que hay que dar preaviso de 15 días, pero he googleado por ahí y he visto que al llevar menos de un año, no se aplica. ¿Es esto cierto? ¿Puedo irme de un día para otro sin que me penalicen?
Bueno, a tambien me interesa saber, si en vez de fin de obra, si se es indefinido, se aplica también lo de que al llevar menos de un año, no se aplica el preaviso.
Gracias!!
Tras leerte, y ver las respuestas que te han dado, he estado mirando un poco por ahí, he encontrado una respuesta que igual te ayuda a verter algo de luz a tu duda...
Pregunta de usuaria:
hola, es una pregunta simple mi contrato temporal de tres meses termina el 17/10 y yo no quiero renovar, tengo otra oferta y no he podido preavisar con tiempo a mi actual empresa,las preguntas, debia preavisar ?voy a perder el salario de 15 dias por no preavisar?mi actual empresa tampoco me ha dicho nada sobre si me renuevan o no, por si eso ayuda. gracias
Respuesta
En principio, y dado que se trata de una extincion de contrato por llegar éste a su término (no una baja voluntaria anticipada al momento de finalizacion del contrato) no tienes obligacion de preavisar, ya que el previso por fin de contrato es solo obligatorio en el caso de contratos temporales de duración superior al año y el tuyo es de 3 meses.
Pero insisto en la importancia de diferenciar esta baja que, aunque deseada por el trabajador, coincide con la fecha de finalizacion del contrato prevista de la simple baja voluntaria, unilateral y anticipada respecto a la fecha de fin de contrato establecida (lo digo porque algunos pretenden aplicar esta no necesidad de preaviso a cualquir baja voluntaria en contratos inferiores al año, y no es lo mismo).
Un saludo
Por lo que entiendo tú estarías entre lo que él dice que no aplica, vamos que tendrías que dar los 15 días, aunque si lees más la otra opción que tienes es la de dejar de ir a trabajar y que te despidan de manera procedente, así no pueden descontarte dinero... Aunque igual no quedas muy bien y si en otro momento necesitas que te contraten... al menos se lo pensarán dos veces...