Los días cotizados serán tantos como las jornadas trabajadas multiplicadas por el factor descanso semanal.
Me explico con ejemplos:
-El factor descanso es el resultado de dividir los siete días naturales de la semana entre los cinco días de trabajo semanales (por regla general) de un trabajador a jornada completa, es decir, 7 / 5 = 1,4
- Tienes un contrato de veinte horas semanales distribuidas de lunes a viernes cuatro horas cada día. Con lo cual tú trabajas cinco días a la semana, lo que se traduce en 5 x 1,4 = 7 días cotizados a la semana.
- Tienes un contrato de veinte horas semanales distribuidas de la siguiente forma: cuatro el viernes, ocho el sábado y ocho el domingo. Esto se traduce en 3 x 1,4 = 4,2 días cotizados a la semana.
Todo esto se tiene que reflejar, primero, en tu contrato, en el que debe figurar la distribución de la jornada habitual y, segundo, en el certificado de empresa que te deben entregar cuando finaliza la relación laboral, que debe ser concordante con el contrato.