Duda con notificación de Tesorería

Buenas, hoy me han dejado un papelito de correos para recoger una notificación de tesorería que seguro que es para pagar algún retraso de la cuota de autónomo.

Normalmente te dan 15 días para pagarla, mi duda es si los 15 días empiezan a contar cuando correos me deja el papelito para recogerlo o cuando lo recoja en correos. Lo pregunto para recogerlo el último día y así tener más tiempo para pagarlo.

Saludos
Seguro no lo se, pero la lógica dice que los 15 dias empiecen a correr desde la notificación. Pero ya te digo que no lo se seguro.
Hola, los plazos administrativos suelen contar a partir del dia siguiente de recibir la notificación (cuando la coges) pero si tardas mucho en recogerla, correos puede decir que se ha notificado sin éxito y la administración de turno publicar el asunto en el boletin que corresponda.
Un saludo.
Salvo que el procedimiento tenga alguna norma específica, el plazo cuenta desde el día siguiente a la notificación efectiva, es decir, desde que tú la recibes. No obstante, si la Administración no consigue notificártelo en el tiempo estipulado, la publicará y se hará efectiva a los mismo efectos.

Un saludo
iloveoizo escribió:Salvo que el procedimiento tenga alguna norma específica, el plazo cuenta desde el día siguiente a la notificación efectiva, es decir, desde que tú la recibes. No obstante, si la Administración no consigue notificártelo en el tiempo estipulado, la publicará y se hará efectiva a los mismo efectos.

Un saludo


EXACTO, es asi.
iloveoizo escribió:Salvo que el procedimiento tenga alguna norma específica, el plazo cuenta desde el día siguiente a la notificación efectiva, es decir, desde que tú la recibes. No obstante, si la Administración no consigue notificártelo en el tiempo estipulado, la publicará y se hará efectiva a los mismo efectos.

Un saludo


aparte de esto, si te lo notifican antes de la primera quincena, la fecha maxima de pago es el dia 20 del mes en curso.

si te lo notifican en la segunda quincena del mes, el periodo maximo es el dia 5 del mes siguiente.
Yo con este tipo de notificaciones no me la juego, yo iria lo antes posible y asi salgo de la duda de que es.
Buenas, ya la he recogido y pone exactamente:

El ingreso del importe reclamado deberá efectuarse en el plazo de los quince días naturales siguientes al de la notificación de esta providencia de apremio

Saludos
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