Duda Ayuda Renta Básica de Emancipación

Gente, que tal?

Vereís, hace unos 8 meses o así, mi mujer y yo pedimos la ayuda para la Renta Básica de Emancipación, la famosa ayuda de 210 euros de ayuda del Gobierno, para el alquiler.

Pasados unos 3 meses, nos aceptaron la ayuda, y tuvimos que mandar todo el papeleo y la resolución positiva de dicha ayuda a nuestro banco. Con dicha resolución, había una carta que explicaba que posiblemente habría una demora entre 4 y 6 meses para empezar a cobrar dicha ayuda.

Bien, a día de hoy, no tenemos ninguna notificación, ni de parte del banco (ING Direct) ni del Gobierno, en este caso, el Ministerio de Vivienda (supongo).

Me imagino que con el tema de la crisis y la entrada del país en la recesión, habrán cortado dichas ayudas, no?

Tengo entendido que hay una web del Gobierno que te indica en que proceso tienes tu solicitud, o tenías...

Alguien sabe algo del tema? Alguien en nuestra misma situación?

Merci
Tranqui, estás en plazo. Si cumples las condiciones (creo que para esta renta hay que ser menor de 30 años) te la ingresarán de golpe, salvo, claro está, que se la retiren a todo el mundo, cosa más que probable...
En plazo supongo que estoy, pero lo que quiero saber es si hay alguna web en la que aparezca un listado con mi solicitud y en que fase del proceso se encuentra...

Merci
Tyler Durden escribió:Lo que quiero saber es si hay alguna web en la que aparezca un listado con mi solicitud y en que fase del proceso se encuentra...

Merci

Nadie?
Aprovecho para reflotarte el hilo

Yo en agosto del año pasado envié unos papeles que me hacían falta para solicitarla y todavía estoy esperando.

El caso es a día de hoy estaba buscando el teléfono para llamar a Madrid y consultar como iba mi tema y me encuentro que la página del ministerio de la vivienda no está disponible.

Eso sí, en la caché del google si que sale: http://209.85.229.132/search?q=cache:ht ... w.mviv.es/

De todos modos, aprovecho este mensaje para preguntar si alguno me puede dar un teléfono de contacto o dirección de e-mail para este tipo de consultas.

Un saludo y gracias.
Puedes meterte en Alquiler Joven e ir a la parte de contacto.

Estoy probando ahora, y no me carga la página, pero hace cosa de 1 semana o así, me entraba perfectamente...

Suerte
Tyler Durden escribió:Puedes meterte en Alquiler Joven e ir a la parte de contacto.

Estoy probando ahora, y no me carga la página, pero hace cosa de 1 semana o así, me entraba perfectamente...

Suerte

Se ve que las hackearon :(
hola,

http://www.injuve.migualdad.es/injuve/portal.portal.action aqui creo que hay información. Prueba a ver si hay suerte
Tyler Durden escribió:Puedes meterte en Alquiler Joven e ir a la parte de contacto.

Suerte

Es lo mejor que podeis hacer, llamar al teléfono que pone e informaros. La renta básica de emancipación no la han quitado a día de hoy pero sí que van con bastante retraso (a mi me deben varios meses).
En la Comunidad Valenciana por ejemplo, quien gestiona el tema es IVVSA así que ahí os podrán informar. Yo llamé allí, me pidieron los datos y me dijeron que no estaba paralizada ni nada y que era cuestión de esperar; luego me llegaron varios meses de golpe.
Lo que es importante es que os asegureis de que en el banco os lo han tramitado bien, porque a mí me pasó que en el banco no lo habían hecho como tocaba.  Si está bien arreglado en el banco debería llegaros todos los meses un recibo del banco con una transferencia automática de vuestra cuenta a la cuenta del inquilino.

Espero haber ayudado en algo.
A mi me iban pagando mes a mes (hacía la transferencia el 30 y me pagaban en torno al 5), a alguien más no le han pagado el mes de febrero?

Decir que me vienen pagando mes a mes desde abril del año pasado, que antes me debían todos los meses.
Yo tuve un problema burocrático con ING Direct.

Cuando me llego la resolución de la RBE, envíe por fax una copia de la misma a ING (como me indicaba dicha resolución) . Pues bien, cuando me dieron el numero de fax, o me lo dieron mal o yo lo apunté mal. Conclusión, el fax nunca llegó. Recuerdo que lo envíe a mediados de Mayo del 2009.

A mediados de enero moví cielo y tierra para saber porque desde entonces no tenía ninguna noticia sobre el cobro de las ayudas.

Llamé a ING y me confirmaron que ellos no recibieron ningún fax. Les di el numero que tenía y me confirmaron que estaba equivocado. Imaginaros mi frustración...

Total, me dieron bien el número de fax, lo envíe y hace cosa de unas 2 semanas me confirmaron que había llegado en perfecto estado.

Ahora, a esperar que me empiecen a pagar, pero la putada es que "perdí" medio año de pagos, aunque ahora supongo que me lo pagarán todo integro desde la fecha que se aprobó mi solicitud, verdad?

También tengo que decir que solo podré beneficiarme de dicha ayuda un año y medio, que es lo que me queda para hacer 30.

En fin, espero que no tarden mucho en pagarme.
Hola, tengo una duda.
¿Te pagan todos los meses desde que presentaste la solicitud o desde que te dan la resolución?
Y en el primer caso, ¿cómo sabrá el banco cuando presentaste la solicitud?

Saludos!
yan escribió:Hola, tengo una duda.
¿Te pagan todos los meses desde que presentaste la solicitud o desde que te dan la resolución?
Y en el primer caso, ¿cómo sabrá el banco cuando presentaste la solicitud?

Saludos!

Te pagan desde que la comienzas a solicitar. La resolución te puede meses en venir, e incluso ya no puedes estar de alquiler.
tengo una duda y no tengo el contrato para leermelo.

Yo vengo cobrando la ayuda desde qué salió la ley y en julio de 2010 llego a los 30 años.

Seguiré cobrando hasta qué tenga 31? se supone qué a los 30 aun no tienes 31...

O no funciona asi ?

Gracias por las posibles respuestas.

P.D: la web no va :(
korsario escribió:tengo una duda y no tengo el contrato para leermelo.

Yo vengo cobrando la ayuda desde qué salió la ley y en julio de 2010 llego a los 30 años.

Seguiré cobrando hasta qué tenga 31? se supone qué a los 30 aun no tienes 31...

O no funciona asi ?

Gracias por las posibles respuestas.

P.D: la web no va :(

En teoría, en cuanto cumplas la edad máxima se corta la prestación.
Pues yo estoy ahora mismo mirando que papeles tengo que entregar. Va a padir mi novia la ayuda. Supongo que hasta verano no veré ni un € o más allá si todo se hace bien. Bueno, con eso que me den de golpe terminamos de amueblar la casa jejeje.
Eruanion escribió:Pues yo estoy ahora mismo mirando que papeles tengo que entregar. Va a padir mi novia la ayuda. Supongo que hasta verano no veré ni un € o más allá si todo se hace bien. Bueno, con eso que me den de golpe terminamos de amueblar la casa jejeje.

yo voy por un año desde que me aprobaron la ayuda y todavía no he visto un euro. Ya no estoy ni de alquiler.
SuperLopez escribió:
Eruanion escribió:Pues yo estoy ahora mismo mirando que papeles tengo que entregar. Va a padir mi novia la ayuda. Supongo que hasta verano no veré ni un € o más allá si todo se hace bien. Bueno, con eso que me den de golpe terminamos de amueblar la casa jejeje.

yo voy por un año desde que me aprobaron la ayuda y todavía no he visto un euro. Ya no estoy ni de alquiler.


ostras que fuerte...nosotros hemos cobrado siempre salvo febrero que no
Gente, que tal?

Hace escasas 2 horas he recibido un sms en el móvil del Ministerio de Vivienda que dice así:

"El Ministerio de Vivienda ha ordenado el pago de tu Renta de emancipación"

He mirado en la cuenta dónde me deberían hacer dicho ingreso, y aún no hay rastro.

Sabéis cuanto tiempo transcurre desde que dan el pago de la orden a recibir el dinero?

Merci
Ey, aprovecho para reflotar el hilo.

¿alguien sabe como se comunica que has dejado de estar de alquiler?

Me comentaron que había que enviar un fax o algo así, pero no se a donde ni como.

¿alguien sabe?
A mi me ha llegado hoy un mensaje de que se puede consultar el estado de la ayuda en rbe.vivienda.es, en el mensaje me han dado una contraseña y puedes ver cuánto te van a pagar el próximo mes y hasta cuándo tienes la ayuda. A mi me han dado una alegría porque me van a pagar un mes que tenía atrasado (pensaba que me habían quitado la ayuda), así que cobraré el doble. XD

Superlópez, a mi me suena de que alguien me dijo en plan que si tú no haces el pago del alquiler, ellos ya te cortan la ayuda automáticamente. De todas formas aquí en Palma, por ejemplo, esto lo lleva el instituto balear de la vivienda, prueba a ir al mismo sitio donde la solicitaste a ver si te pueden orientar.
Aldehido escribió:A mi me ha llegado hoy un mensaje de que se puede consultar el estado de la ayuda en rbe.vivienda.es, en el mensaje me han dado una contraseña y puedes ver cuánto te van a pagar el próximo mes y hasta cuándo tienes la ayuda. A mi me han dado una alegría porque me van a pagar un mes que tenía atrasado (pensaba que me habían quitado la ayuda), así que cobraré el doble. XD

Superlópez, a mi me suena de que alguien me dijo en plan que si tú no haces el pago del alquiler, ellos ya te cortan la ayuda automáticamente.

Entonces guay. De todos modos entregué la copia del contrato con la duración del mismo y las copias de los recibos porque fue a posteriori.

Por otra parte, también me llegó el mismo mensaje, pero no viene esa información todavía, me dice esto:

Fecha Efecto: 2008-10-01
Estado: ACEPTADA
Fecha Extinción:
Pagos pendientes: Sí


ESTADO:
Estado de la resolución: ACEPTADA
Estado de los pagos asociados: Pago retenido

Y viene la siguiente info que quoteo:

Esta incidencia se produce cuando durante dos meses o más han dejado de llegar al Ministerio las justificaciones de pago del alquiler. Tal y como se recoge en la normativa que regula estas ayudas, el estar al corriente en el pago del alquiler es condición necesaria para la percepción de las ayudas.

Si has dejado de abonar la renta por haber dejado la vivienda de alquiler, debes comunicarlo a tu Comunidad Autónoma.

También es frecuente que la incidencia se haya producido por incumplir la orden de transferencia periódica que firmaste al entregar la copia de tu resolución en tu entidad bancaria. Esto ocurre si no tenías saldo en tu cuenta algún mes en el momento de ejecutarse la orden de transferencia. En estos casos debes acudir a tu entidad financiera, para que comunique al Ministerio que aunque incumpliste la orden periódica de transferencia, realizaste otras transferencias similares y por tanto estás al corriente en el pago de tu alquiler.

Recuerda que el alquiler debe abonarse por una de las dos vías permitidas: orden periódica de transferencia o domiciliación de recibos. No se admiten pagos en metálico, ingresos en efectivo o cualquier otra forma de pago. Si has pagado el alquiler por una de las vías no permitidas, puedes perder el derecho a la ayuda a partir del mes en que no es posible justificar legalmente dicho pago. Si bien, en tu Comunidad Autónoma te pueden volver a reconocer el derecho a las ayudas si sigues reuniendo el resto de requisitos para que vuelvas a cobrar las ayudas. Si es tu caso, consúltalo en tu Comunidad Autónoma.

Si has estado siempre al corriente de tu orden permanente de transferencia, la incidencia puede haberse producido por algún error de comunicación con tu banco o caja. En este caso, para solucionar la incidencia, debes consultar en tu sucursal bancaria.

Si tu forma de pago del alquiler es por cargo en cuenta de recibos domiciliados (cada mes el arrendatario carga en tu cuenta un recibo, igual que el recibo de la luz o del teléfono), consulta en tu banco o caja si se ha adaptado al sistema de comprobación automática del pago del alquiler. Si se ha adaptado, el Ministerio de Vivienda comprobará a través de tu banco o caja que estás al corriente en el pago de estos recibos.

Si tu banco o caja aún no se ha adaptado a este sistema, debes enviar estos recibos sellados por tu entidad financiera al Ministerio de Vivienda cada dos meses, para que así se pueda comprobar que estás al día en el pago del alquiler. Como esta forma de comprobación del pago del alquiler es manual, es posible que los justificantes estén en lista de espera para su grabación. Si has enviado recibos al Ministerio correctamente sellados, se tramitarán y recibirás el pago de tu ayuda próximamente. No es necesario volver a enviarlos. Si hubiera algún problema, recibirás una comunicación mediante carta para su subsanación. En todo caso, estamos trabajando para automatizar esta comprobación y minimizar el retraso en su gestión. Recuerda que sólo se aceptan recibos bancarios de cargos en cuenta sellados por la entidad bancaria. No se aceptan recibos de pagos en efectivo


A ver si alguien sabe como se da de baja la ayuda.

Ya me da lo mismo, estoy hasta los mismísimos.

EDIT: he encontrado este enlace interesante para la gente de Andalucia:
http://www.juntadeandalucia.es/vivienda ... telematica
HOla a todos,

Tengo una duda. Hoy he dado la carta en el banco y he dado de alta una orden de transferencia permanente a día 2 de cada mes. Si el 2 de abril es festivo ¿cuándo se hará mi transferencia?

Un saludo
Hola una pregunta

Nosotros queremos hacerlo, vivimos de alquiler, pero tengo 21 años y en el papel dice que de 22 a 30. Te ponen pegas si solo te falta ese requisito?

Un saludo
Raumes, no te lo puedo confirmar pero creo que si te pondrán pegas, ponen esos requisitos y los cumplen.

Yo tengo una duda sobre los formularios que me dieron para rellenar, me piden que mi entidad bancaria me los selle,
mi banco es ING direct y para sellar algo que debería hacer??
Alan84 escribió:Yo tengo una duda sobre los formularios que me dieron para rellenar, me piden que mi entidad bancaria me los selle,
mi banco es ING direct y para sellar algo que debería hacer??


Enviarlos por fax. Llama a ING y explícales el tema. Te darán el número de fax para que se lo puedas enviar. Yo lo hice así.

Ramunes escribió:Nosotros queremos hacerlo, vivimos de alquiler, pero tengo 21 años y en el papel dice que de 22 a 30. Te ponen pegas si solo te falta ese requisito?


Seguramente que no podrás hacerlo. Te tendrás que esperar a que tengas 22. Los requisitos están para cumplirlos, ya que una persona que tenga la ayuda, cuando cumple los 30 años, se la paran automáticamente.

Si la persona que comparte el piso contigo tiene ya los 22, ya podrá hacerlo, aunque solo recibiríais 105 €. En el momento que tu tengas los 22, podrás pedir tu también la ayuda y así cobrar entre los 2 los 210 € de la ayuda.
Tyler Durden escribió:
Alan84 escribió:Yo tengo una duda sobre los formularios que me dieron para rellenar, me piden que mi entidad bancaria me los selle,
mi banco es ING direct y para sellar algo que debería hacer??


Enviarlos por fax. Llama a ING y explícales el tema. Te darán el número de fax para que se lo puedas enviar. Yo lo hice así.

Ramunes escribió:Nosotros queremos hacerlo, vivimos de alquiler, pero tengo 21 años y en el papel dice que de 22 a 30. Te ponen pegas si solo te falta ese requisito?


Seguramente que no podrás hacerlo. Te tendrás que esperar a que tengas 22. Los requisitos están para cumplirlos, ya que una persona que tenga la ayuda, cuando cumple los 30 años, se la paran automáticamente.

Si la persona que comparte el piso contigo tiene ya los 22, ya podrá hacerlo, aunque solo recibiríais 105 €. En el momento que tu tengas los 22, podrás pedir tu también la ayuda y así cobrar entre los 2 los 210 € de la ayuda.


Gracias Tyler por la respuesta [oki]

A ver si me la dan :-| Saludos!
ese es el problema que yo me encontre y no lo entiendo, que pasa que por tener 20 yo lo necesito menos que le que tiene 22 pff vaya mala suerte
Eché la ayuda esta el día 2 de Junio. Me he metido en el rbe.vivienda.es y no aparezco. Se que el dinero tarda la tira en transferirse, pero, ¿Cuando me dicen si me la dan o no?

ByEs [buenazo]
SuperLopez escribió:
EDIT: he encontrado este enlace interesante para la gente de Andalucia:
http://www.juntadeandalucia.es/vivienda ... telematica


Tiene cojones que yo haya currado con una fachada igual que la de la presentación telemática (de hecho estoy currando con Notific@, que aparece más abajo, es de mi empresa) y no haya caído en que se puede entrar sin certificado digital. En casa del herrero cuchillos de palo. Increíble. Esta tarde la pido que no lo había hecho por flojo...
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