Pues eso, que no me conviene desplazarme si no sé de antemano si tienen en stock y el precio de un producto y llamo por teléfono y les pregunto el precio y me dicen :
"mis jefes no me permiten decir precios por telefono, son normas de la empresa"Opinión de esta medida de los dirigentes de la empresa:
1) Supestamente en la mente de los empresarios emprendedores [mode ironic] entramos en la paranoia de que todo cliente que llama es un supuesto espía industrial.
2) Y ademas, esa maniobra tan inteligente no impide que un señor de la competencia se pase en persona por dicha tienda para realizar dicho espionaje industrial.
Con lo cual, ante la falta de sentido de dicha propuesta, no queda más remedio que llegar a la deprimente conclusión de que se trata de una
absurda estrategia de marketing.Que se basa en que el cliente tiene que pasarse obligatoriamente por la tienda para así preguntar el precio, picarse y comprar el producto.
Lo cual tambien es absurdo, ya que puede darse media vuelta.
Yo como como cliente que soy NO ME BAJO LOS PANTALONES, y paso de comprar en empresas utilizan estrategias estúpidas y no apoyadas en un argumento razonado. El trabajador solo me decía que eran normas de empresa, y yo le he dicho que anteriormente llamé para comprar una malla de occultación y me dijeron el precio sin ningún problema.
Así que hay perdido un cliente más, luego nos quejamos de que en España no hay consumo, si no lo hay es por algo, técnicas pésimas de venta y antiguas.
Además que ellos mismos ponen los productos en los catálogos donde aparecen los precios, aquí no se contradicen las normas de la empresa ¿? "dónde dije digo, digo Diego.
Ahora os pregunto para la gente que sabe algo del tema,
la información del precio del produto por vía telefónica es un derecho del consumidor amparado por ley ¿? (lo pregunto desde la ignorancia). Yo al trabajador le he preguntado que si esa norma absurda es un derecho del consumidor y su contestación es:
QUE NO ME LO SABE DECIR ![Que me parto! [qmparto]](/images/smilies/net_quemeparto.gif)
, vamos que no saben si están dentro de los límites legales o no.
Os invoco!!!!!!!!
EDIT1: he encontrado esto:
"Las exigencias concretas del derecho a la información de los precios de venta al público para garantizar siempre el derecho de los consumidores y usuarios a una información cierta, eficaz, veraz y objetiva se determinan en la normativa vigente (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias) y en los reglamentos de etiquetado, presentación y publicidad de los productos o servicios aplicables en cada caso."