¿Devolución de dinero tras 3 cambios de producto?

Os comento un poco el problema que tengo. Pedí a PCBOX una fuente de alimentación Corsair que al final venía defectuosa con ruido eléctrico. Bien, el encargado me dice que es normal pero insisto en pedir cambio. Me traen otra ayer, la pruebo, y el mismo problema (la remesa está mal, posiblemente), ruido eléctrico, esta vez más grande. Vuelvo a la tienda y le digo que me ocurre lo mismo, pero peor. Le pido cambio de marca por OCZ.

Me llega este lunes, pero creo que el modelo que he pedido también va a tener problemas por unas review que he visto en Internet. En PCBOX no tienen más marcas de gama alta. ¿Después de 3 devoluciones podría pedir devolución del dinero? ¿Cómo está la ley en este sentido? Si podéis poner un link o alguna fuente para poder enseñarla en caso de que me digan que no, mejor.

Un saludo y muchas gracias.


PD: Aclaro que la compra original se produjo el 21 de Octubre. El lunes 31 de Octubre pedía primera devolución y ayer jueves 3 noviembre segunda devolución.
Me temo que no. Por ley, los comercios minoristas (venta al usuario final) tienen obligación de aceptar devoluciones en los primeros 7 días, pero no existe obligación de devolver el dinero: puede ser en forma de vale. En cualquier caso, está en manos del comercio ampliar esta garantía: aceptar devoluciones pasados los 7 días o devolver siempre el dinero (El Corte Inglés).

Infórmate en PCBox directamente.
(mensaje borrado)
Gracias dCrypt, me lo temía. Había leído algo de los 7 días, pero claro, pasaron 10 desde la primera devolución.
Siempre puedes contactar con el fabricante, por si considera que entra en garantía y te la reponen por una sin ruido, o te ofrecen algún tipo de solución.

Para tu referencia, ese ruido se conoce en inglés como "coil whine".

Saludos.

PD: ¿qué sucedió con el hilo? El staff lo cerró, haciendo referencia a un posible flooding y ahora está abierto de nuevo.
pero el plazo de 7 días se refiere a la primera devolución o a la última?


No estoy seguro, de todas formas comprueba si tiene algún tipo de garantía directa con el fabricante.
Baxxter escribió:pero el plazo de 7 días se refiere a la primera devolución o a la última?


"Ley Ordenación Comercio Minorista", Artículo 10.

http://www.jurisweb.com/legislacion/mercantil/LOCM.htm

Existe una modificación posterior (creo que de 2010), pero no afecta al derecho de desistimiento.

El plazo de 7 días se refiere a la única devolución a la que tienes derecho (derecho de desistimiento). Lo que el compañero ha estado haciendo con el comercio es reemplazar el artículo por otro, estimando que existe una posible avería. No ha existido devolución anterior. Al plantearse comprar otra fuente en otro comercio solicitando el abono del importe al comercio que se la vendió, lo que está planteando es ejercer el derecho de desistimiento. Para ejercer este derecho tiene siete días desde la fecha de la compra y en ningún caso puede exigir la devolución en efectivo (el comercio decide cómo realizar la devolución).

Saludos.
Gracias por las respuestas.

Yo pensaba que el plazo de devolución "se ponía a 0" cuando te cambiaban el producto por otro. Es decir, la primera fuente que me llevé, al estar defectuosa se me cambia por otra, y esta nueva que me acaban de dar tiene otros 7 días para ver si funciona correctamente. No sé si me explico.
Yo también lo creía, gracias por la aclaración.

A ver si logras una solución medianamente buen, suerte.


Saludos
No, tampoco se "pone a 0" cuando llevas un aparato a reparar en garantía.

Siempre se tomaría como referencia la fecha de compra.
Yo no compraria nada en pcbox, todo lo ke he comparado de precios etc, esta entre un 10 y un 30% mas caro ke en otras tiendas [looco]
dCrypt escribió:No, tampoco se "pone a 0" cuando llevas un aparato a reparar en garantía.

Siempre se tomaría como referencia la fecha de compra.


Sí, se pone a cero cuando llevas un aparato a garantía.

Los productos sustutuidos o arreglados en período de garantía tienen un nuevo año de garantía.

De otra forma, sería una estafa. Pues un producto al que le queden 7 días de garantía, lo llevas a reparar, te lo podrían cambiar aposta por otro también averiado, para que cuando lo recibas y mientras lo pruebas se hayan pasado los 7 días y te lo tengas que comer. Obviamente no es así, producto arreglado, garantía nueva. De otra forma no se sostendría el sistema de garantías, te lo podrían estar cambiando siempre por productos defectuosos una y otra vez hasta que se acabase el período de garantía.

Por Ley la garantía de un producto informático sustituido en garantía es un año (si el producto original tenía 2 años). Salvo evidentemente que le quedase más garantía de un año. Si a tu aparato le queda 1 año y medio, aunque lo repares le sigue quedando un año y medio, no vas a perder medio año por las buenas, jaja.
Gracias por la información Yoshi´s. En tal caso, el lunes me llegaría una fuente de alimentación nueva, marca OZC, como segundo reemplazo por las 2 anteriores. Debo entender entonces que tengo 15 días también a partir de este mismo lunes ¿cierto?. De esta manera, podría volver a pedir otra nueva, si a la OCZ que me manden le ocurre algún tipo de problema.
Yoshi's escribió:
dCrypt escribió:No, tampoco se "pone a 0" cuando llevas un aparato a reparar en garantía.

Siempre se tomaría como referencia la fecha de compra.


Sí, se pone a cero cuando llevas un aparato a garantía.

Los productos sustutuidos o arreglados en período de garantía tienen un nuevo año de garantía.

De otra forma, sería una estafa. Pues un producto al que le queden 15 días de garantía, lo llevas a reparar, te lo podrían cambiar aposta por otro también averiado, para que cuando lo recibas se hayan pasado los 15 días y te lo tengas que comer. Obviamente no es así, producto arreglado, garantía nueva. De otra forma no se sostendría el sistema de garantías, te lo podrían estar cambiando siempre por productos defectuosos una y otra vez hasta que se acabase el período de garantía.

Por Ley la garantía de un producto informático sustituido en garantía es un año. Salvo evidentemente que le quedase más garantía de un año. Si a tu aparato le queda 1 año y medio, aunque lo repares le sigue quedando un año y medio, no vas a perder medio año por las buenas, jaja.


No se pone a cero la garantía, el tiempo que tiene de garantía se "para" mientras está reparándose y si la garantía restante es menor a tres meses tienes tres meses de garantía en la pieza reparada
natulciel escribió:
Yoshi's escribió:
dCrypt escribió:No, tampoco se "pone a 0" cuando llevas un aparato a reparar en garantía.

Siempre se tomaría como referencia la fecha de compra.


Sí, se pone a cero cuando llevas un aparato a garantía.

Los productos sustutuidos o arreglados en período de garantía tienen un nuevo año de garantía.

De otra forma, sería una estafa. Pues un producto al que le queden 15 días de garantía, lo llevas a reparar, te lo podrían cambiar aposta por otro también averiado, para que cuando lo recibas se hayan pasado los 15 días y te lo tengas que comer. Obviamente no es así, producto arreglado, garantía nueva. De otra forma no se sostendría el sistema de garantías, te lo podrían estar cambiando siempre por productos defectuosos una y otra vez hasta que se acabase el período de garantía.

Por Ley la garantía de un producto informático sustituido en garantía es un año. Salvo evidentemente que le quedase más garantía de un año. Si a tu aparato le queda 1 año y medio, aunque lo repares le sigue quedando un año y medio, no vas a perder medio año por las buenas, jaja.


No se pone a cero la garantía, el tiempo que tiene de garantía se "para" mientras está reparándose y si la garantía restante es menor a tres meses tienes tres meses de garantía en la pieza reparada


Sí, eso es lo mismo que he dicho yo, con otras palabras. Solo que en lugar de con 3 meses, yo he dicho que es 1 año.

Creo que la diferencia entre los 3 meses y un año es clara: si te fijas por Ley la garantía de los productos electrónicos es de 6 meses, pero luego con tema peritajes y demás (que nunca se exigen) siempre es de 2 años. Por lo que entiendo ahora mismo, la garantía de un producto que se ha sustituido por estar en garantía es la mitad de la garantía original. Por eso tú dices que son 3 meses (la mitad de 6 meses legales) y yo digo 1 año (porque es la mitad de los 2 años que en la práctica se exige).

Pero vamos, yo llevo años comprando y vendiendo y la garantía de los productos sustuituidos (recuerda que en informática nunca se repara) y la garantía de un producto sustuituido nunca es menor que un año. De hecho, la mayoría de fabricantes renueva la garantía íntegramente, en los dos años completos. Te voy a poner un ejemplo, hace poco me sustutuyeron 3 discos duros que envié con la garantía a punto de caducar. Me cambiaron los 3 por 3 discos nuevos, con su fecha de fabricación actual, y me metí en la página de garantía, metí sus números de serie, y efectivamente cada uno de ellos tenía sus 2 años de garantía (a fin de cuentas te lo están cambiando por un producto nuevo).


Gracias por la información Yoshi´s. En tal caso, el lunes me llegaría una fuente de alimentación nueva, marca OZC, como segundo reemplazo por las 2 anteriores. Debo entender entonces que tengo 15 días también a partir de este mismo lunes ¿cierto?. De esta manera, podría volver a pedir otra nueva, si a la OCZ que me manden le ocurre algún tipo de problema.


Aunque esto no tiene nada que ver con lo que he dicho, en este caso creo que sí. El día que te cambien una fuente por la otra, te tendrán que hacer una devolución de la anterior, la venta de la OCZ, y te cobrarán la diferencia. En ese caso te harán una nueva factura con una nueva fecha, con lo que es de cajón que tendrás 15 días a partir de la fecha de la nueva factura para la devolución.
con lo que es de cajón que tendrás 15 días a partir de la fecha de la nueva factura para la devolución.


De cajón será para ti, porque no está tan claro.
budismo_92 escribió:
con lo que es de cajón que tendrás 15 días a partir de la fecha de la nueva factura para la devolución.


De cajón será para ti, porque para los de PCBOX no está tan claro. Tocará explicarlo y quizás discusión allí mismo si llegara a ocurrir.


Me refiero de cajón si te dan una nueva factura con una nueva fecha. Si a ti te dan una factura que ponga con la fuente OCZ te la han vendido el día 8 de noviembre, es de cajón que tienes hasta el 23 para devolverla. Si tú vas el día 23 nadie puede saber si esa fuente no la compraste originalmente el día 8, porque en la factura lo único que viene es la fuente y la fecha del día 8, no viene nada más.

Por tanto, lo único que tendrías que discutir es que te den una nueva factura, ese es un derecho de todo consumidor. No ya el cambio en sí, que teniendo la factura nueva ellos no pueden saber si era una devolución o no.
Respecto de la "puesta a cero" tras una reparación en garantía, no es cierto que se ponga a cero la garantía. Tras una reparación tienes un período de garantía sobre esa reparación, pero la garantía general del aparato no sufre ningún tipo de modificación.

Lo que si es cierto es lo que dice Yoshi's de las facturas: si en cada cambio te dan una factura nueva, la fecha que cuenta es la de la última factura.

Que tengas derecho a una nueva factura por un cambio de aparato de la misma marca y modelo no lo sé, entra dentro de la actuación en garantía del vendedor. Para cambios por otra marca modelo, tampoco lo tengo claro, porque la ley de garantías también especifica que el vendedor puede cambiar el artículo por otro de iguales o mejores características, dentro de las actuaciones dentro de la garantía.

Igual lo mejor es que te asesore la oficina de consumo de tu localidad. Infórmate en tu ayuntamiento.

Saludos.
dCrypt escribió:Respecto de la "puesta a cero" tras una reparación en garantía, no es cierto que se ponga a cero la garantía. Tras una reparación tienes un período de garantía sobre esa reparación, pero la garantía general del aparato no sufre ningún tipo de modificación.


Repito que es exactamente lo que he dicho yo con otras palabras. Al ser esa nueva garantía de un año, obviamente si la garantía original le queda más de un año, te quedas con la antigua. Pero si le quedase menos de ese tiempo, tienes un año nuevo de garantía.

Como en informática NO hay reparaciones sino sustituciones, ambas cosas son lo mismo. Nunca te reparan una placa, gráfica, o disco duro, te dan otro diferente. Con lo que necesariamente, ese nuevo año de garantía aplica a la totalidad del producto, ya que la "reparación" ha consistido en un cambio.

Imagina que los 7 días de hacer los dos años falla mi Xbox 360 con luces rojas. Me la cambian por una nueva y a las dos semanas de usar la nueva me da un error E73. ¿Me pueden decir que la garantía ya no es válida porque ellos me repararon las luces rojas y que el E73 era un problema que la surgido después de los 2 años? No, eso es absurdo y ridículo. Ellos me han cambiado una consola por otra diferente que como tal es susceptible de tener otros fallos diferentes. Me han reparado "toda" la consola y por tanto "toda" la consola está cubierta por la garantía de la reparación. Si me hubiesen reparado la mía, todavía. De hecho, si me hubieran reparado la mía y me da error E73 aún habría que demostrar que ese error no se ha producido por la reparación. Pero siendo una consola nueva, requiere de garantía nueva, y aunque lo mínimo sea de un año, la mayoría de fabricantes te dan los dos años íntegros, que por otra parte es lo más lógico.
Yoshi's escribió:
dCrypt escribió:Respecto de la "puesta a cero" tras una reparación en garantía, no es cierto que se ponga a cero la garantía. Tras una reparación tienes un período de garantía sobre esa reparación, pero la garantía general del aparato no sufre ningún tipo de modificación.


Repito que es exactamente lo que he dicho yo con otras palabras. Al ser esa nueva garantía de un año, obviamente si la garantía original le queda más de un año, te quedas con la antigua. Pero si le quedase menos de ese tiempo, tienes un año nuevo de garantía.

Como en informática NO hay reparaciones sino sustituciones, ambas cosas son lo mismo. Nunca te reparan una placa, gráfica, o disco duro, te dan otro diferente. Con lo que necesariamente, ese nuevo año de garantía aplica a la totalidad del producto, ya que la "reparación" ha consistido en un cambio.

Imagina que los 7 días de hacer los dos años falla mi Xbox 360 con luces rojas. Me la cambian por una nueva y a las dos semanas de usar la nueva me da un error E73. ¿Me pueden decir que la garantía ya no es válida porque ellos me repararon las luces rojas y que el E73 era un problema que la surgido después de los 2 años? No, eso es absurdo y ridículo. Ellos me han cambiado una consola por otra diferente que como tal es susceptible de tener otros fallos diferentes. Me han reparado "toda" la consola y por tanto "toda" la consola está cubierta por la garantía de la reparación. Si me hubiesen reparado la mía, todavía. De hecho, si me hubieran reparado la mía y me da error E73 aún habría que demostrar que ese error no se ha producido por la reparación. Pero siendo una consola nueva, requiere de garantía nueva, y aunque lo mínimo sea de un año, la mayoría de fabricantes te dan los dos años íntegros, que por otra parte es lo más lógico.


Con todos los respetos, estás equivocado, y además lo que tú dices, si son otras palabras, no es lo mismo. En informática, y en cualquier otro mercado, lo que dices no tiene sentido. Te voy a poner un ejemplo: imagina que compro un PC (portátil o sobremesa, da igual). Se te avería la placa al año, 11 meses y 30 días. Te la cambian o reparan en garantía, tú nunca sabrás si se trata de uno u otro caso. El mismo día que recoges el equipo arreglado aún tienes un día de garantía. Pues si al día siguiente se te avería el disco duro, ya te puedes comprar otro y pagarlo de tu bolsillo. Ahora bien, si se te avería la placa de nuevo, en los tres meses siguientes estás cubierto por la garantía de la reparación.

La garantía de una reparación no es de un año, sino de tres meses. Bueno, creo que si la reparación se realiza dentro del período de garantía se extiende a seis, pero no lo sé con seguridad.

En lo que a la ley de garantías, lo que al comprador le parece lo más lógico al vendedor no se lo tiene por qué parecer. Como en toda cuestión legal, lo que aplica es lo que dice la ley, y no lo que dicta la lógica.

Todo esto te lo digo con conocimiento de causa.

PD: Te recomiendo que consultes a Microsoft a ver qué te dicen acerca de las luces rojas y el error E73 que comentas.
antiguamente si existia el cambio por dinero tras 3 devoluciones.
lo digo pq hace como 8 años, me acuerdo q tuve un problema con un mp3 q no queria y el de la tienda no queria devolverme el dinero y tuve q descambiar 3 veces por "problemas" hasta q el tio me devolvio el dinero (y pq le lleve la carta de consumo dnd ponia q tras 3 devoluciones tenia derecho).

pero claro, eso fue hace 8 años y las leyes de consumo han cambiado bastante a favor del vendedor, asi q puede q ya no tengas ese derecho. mejor ve al ayuntamiento de donde vivas y que te lo digan alli.
dCrypt escribió:
Yoshi's escribió:
dCrypt escribió:Respecto de la "puesta a cero" tras una reparación en garantía, no es cierto que se ponga a cero la garantía. Tras una reparación tienes un período de garantía sobre esa reparación, pero la garantía general del aparato no sufre ningún tipo de modificación.


Repito que es exactamente lo que he dicho yo con otras palabras. Al ser esa nueva garantía de un año, obviamente si la garantía original le queda más de un año, te quedas con la antigua. Pero si le quedase menos de ese tiempo, tienes un año nuevo de garantía.

Como en informática NO hay reparaciones sino sustituciones, ambas cosas son lo mismo. Nunca te reparan una placa, gráfica, o disco duro, te dan otro diferente. Con lo que necesariamente, ese nuevo año de garantía aplica a la totalidad del producto, ya que la "reparación" ha consistido en un cambio.

Imagina que los 7 días de hacer los dos años falla mi Xbox 360 con luces rojas. Me la cambian por una nueva y a las dos semanas de usar la nueva me da un error E73. ¿Me pueden decir que la garantía ya no es válida porque ellos me repararon las luces rojas y que el E73 era un problema que la surgido después de los 2 años? No, eso es absurdo y ridículo. Ellos me han cambiado una consola por otra diferente que como tal es susceptible de tener otros fallos diferentes. Me han reparado "toda" la consola y por tanto "toda" la consola está cubierta por la garantía de la reparación. Si me hubiesen reparado la mía, todavía. De hecho, si me hubieran reparado la mía y me da error E73 aún habría que demostrar que ese error no se ha producido por la reparación. Pero siendo una consola nueva, requiere de garantía nueva, y aunque lo mínimo sea de un año, la mayoría de fabricantes te dan los dos años íntegros, que por otra parte es lo más lógico.


Con todos los respetos, estás equivocado, y además lo que tú dices, si son otras palabras, no es lo mismo. En informática, y en cualquier otro mercado, lo que dices no tiene sentido. Te voy a poner un ejemplo: imagina que compro un PC (portátil o sobremesa, da igual). Se te avería la placa al año, 11 meses y 30 días. Te la cambian o reparan en garantía, tú nunca sabrás si se trata de uno u otro caso. El mismo día que recoges el equipo arreglado aún tienes un día de garantía. Pues si al día siguiente se te avería el disco duro, ya te puedes comprar otro y pagarlo de tu bolsillo. Ahora bien, si se te avería la placa de nuevo, en los tres meses siguientes estás cubierto por la garantía de la reparación.


Es que sí estamos diciendo lo mismo, porque si se te estropea la placa y te la cambian, la placa vuelve a tener una garantía de un año, es decir, la garantía de la placa vuelve a ponerse a "cero". Lo que te han cambiado ha sido la placa, no el ordenador completo. Por tanto, es la placa la que renueva la garantía. Es decir, SÍ QUE ESTAMOS DICIENDO LO MISMO. Si te estropea la gráfica y te la cambian, la gráfica vuelve a tener la garantía de cero, y lo mismo con el DVD, la fuente o cualquiera de los componentes del ordenador. Esto es lo que yo he estado diciendo desde un principio: que el componente renueva garantía, no que el ordenador entero la renueve (obvio).

Además, ¿cómo no voy a saber si se trata de uno u otro caso? Además de que en el parte de garantía tiene que constar la reparación realizada, ¿cómo no voy a saber si a mi portátil le han cambiado la placa o si me lo han cambiado por uno nuevo? Joder, no es tan difícil diferenciar un equipo con más de un año comparado con uno completamente impluto a estrenar: huellas, suciedad, desgaste, frente a uno brillante y nuevecito. Es que es muy relevante este término porque si al día siguiente se estropea el disco duro y dicho disco duro me lo han cambiado yo puedo argumentar que el servicio técnico me ha puesto uno defectuoso. Por el otro lado, si el disco duro es el mismo que yo he estado usando durante 2 años y ahora se estropea, efectivamente, se ha estropeado pasados esos 2 años y ya fuera de garantía.

En resumen, lo que renueva la garantía es lo que te han cambiado. Si te han cambiado solo la placa, es la placa la que tiene garantía; si te han cambiado también el disco duro (aunque sea porque se les ha caído al suelo mientras desmontaban el ordenador) pues el disco duro renovará la garantía. Y si no, pues no lo renueva. En la hoja de reparación vendrán necesariamente los componentes sustutuidos. Igual que si se te estropea la lavadora y te cambian el tambor, tienen que reflejarlo en la hoja de reparación, de otra manera si se vuelve a estropear a los dos meses por lo mismo, ¿cómo van a saber si el componente (el tambor) está o no en garantía? Si no quedó reflejado en la hoja de reparación es difícil a no ser que tengan muy buena memoria los técnicos, jajajaja.

De hecho, si te acuerdas, en este hilo estamos hablando de una fuente de alimentación. Una fuente de alimentación es una pieza el ordenador que si se estropea a los 23 meses, renueva su garantía en un año, luego sí, la garantía se pone a "cero", lo mires como lo mires. Lo mismo que con la placa que comentabas. Evidentemente si se estropea la fuente es únicamente la fuente la que renueva la garantía, en ningún caso los discos duros ni ningún otro componente, pero es que eso es de cajón de madera de pino. Los ordenadores son modulares por algo: para que se pueda sustituir una pieza y todo lo demás siga funcionando igual.

Yo además, soy autónomo, minorista de informática y videojuegos, y esa es la garantía tanto que me ofrece a mí mi proveedor como la que yo ofrezco a mis clientes: que son de 2 años según se compra y de un año tras una sustitución (aunque legalmente el mínimo sean 6 meses y 3 meses respectivamente). Si hay fabricantes que dan más garantía tras la sustitución, eso ya lo tiene que gestionar el cliente directamente con el fabricante, pues yo solo me encargo del primer año. Y también hablo con conocimiento de causa.


dCrypt escribió:PD: Te recomiendo que consultes a Microsoft a ver qué te dicen acerca de las luces rojas y el error E73 que comentas.


Es que te digo esto porque a mí me pasó. Microsoft me cambió la consola con las luces rojas por otra con diferente número de serie que tenía la garantía renovada de 2 años (mejor dicho: 1 año y 9 meses porque hacía 3 que se había fabricado). Luego al año le dio un error a la consola sustituida que no tenía nada que ver con las luces (no sé si era el E73 u otro parecido) y por supuesto como estaba en garantía me volvieron a dar una tercera consola, otra vez con la garantía renovada dos años más. Es decir, compré la consola a finales de 2006 y en 2011 aún tiene garantía, jajaja.
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