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erkiki escribió:Buenas, este año me toca. En 2009 estuve en dos empresas diferentes y según dicen al haber estado en dos tengo que declarar. Os pregunto como va el tema ya que me encuentro bastante perdido. (Mi padre el doctor liendre -> de todo sabe y de nada entiende...) me ha dicho que pida un certificado de retenciones 2009 a ambas empresas, ya lo he pedido y ahora me toca a esperar. En una empresa estuve un mes y en la otra pues unos 4 meses aprox. Podría ir sabiendo lo que me han retenido? Se podría hacer la declaración si ese certificado? Tengo todas las nóminas y papeles posibles.
Alguna ayudita? Gracias y saludos
DERHYUS escribió:erkiki escribió:Buenas, este año me toca. En 2009 estuve en dos empresas diferentes y según dicen al haber estado en dos tengo que declarar. Os pregunto como va el tema ya que me encuentro bastante perdido. (Mi padre el doctor liendre -> de todo sabe y de nada entiende...) me ha dicho que pida un certificado de retenciones 2009 a ambas empresas, ya lo he pedido y ahora me toca a esperar. En una empresa estuve un mes y en la otra pues unos 4 meses aprox. Podría ir sabiendo lo que me han retenido? Se podría hacer la declaración si ese certificado? Tengo todas las nóminas y papeles posibles.
Alguna ayudita? Gracias y saludos
Dos consejos: 1) Sácate un certificado digital en http://www.cert.fnmt.es/, lo instalas en el PC y haces la importación de datos desde el programa PADRE que se puede conseguir en http://www.aeat.es (ahora mismo no está, está el de años anteriores). Una vez instalado el PADRE, rescatas los datos del fisco con tu certificado digital, los comparas por las nóminas y lo revisas todo muy bien. Después agrega todas las subvenciones a las que tengas derecho y te desgravas todo lo que puedas como las coutas de los sindicatos o los servicios jurídicos.
Como ves todo muy fácil y ahora a por el segundo consejo:
2) Tengas o no tengas la obligación de declarar a Hacienda, DECLARA SIEMPRE (aunque te digan que no hace falta, aunque sólo hayas estado en una empresa). Porque te saldrá a DEVOLVER siempre y si no declaras (aunque no tengas obligación de hacerlo) ese dinero que es tuyo se lo queda hacienda. Te lo digo más que nada porque con el certificado digital tienes derecho a presentar las declaraciones de hasta un máximo de 4 años atrás con objeto de que te devuelvan lo que no cogiste en su día, sino se lo quedará Hacienda. ¡Qué son muy listos!![]()
Un saludo
BY DERHYUS.
Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales.
Este límite será de 11.200 euros para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo en los siguientes supuestos:
Cuando procedan de más de un pagador, salvo determinadas excepciones.
Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
erkiki escribió:DERHYUS escribió:erkiki escribió:Buenas, este año me toca. En 2009 estuve en dos empresas diferentes y según dicen al haber estado en dos tengo que declarar. Os pregunto como va el tema ya que me encuentro bastante perdido. (Mi padre el doctor liendre -> de todo sabe y de nada entiende...) me ha dicho que pida un certificado de retenciones 2009 a ambas empresas, ya lo he pedido y ahora me toca a esperar. En una empresa estuve un mes y en la otra pues unos 4 meses aprox. Podría ir sabiendo lo que me han retenido? Se podría hacer la declaración si ese certificado? Tengo todas las nóminas y papeles posibles.
Alguna ayudita? Gracias y saludos
Dos consejos: 1) Sácate un certificado digital en http://www.cert.fnmt.es/, lo instalas en el PC y haces la importación de datos desde el programa PADRE que se puede conseguir en http://www.aeat.es (ahora mismo no está, está el de años anteriores). Una vez instalado el PADRE, rescatas los datos del fisco con tu certificado digital, los comparas por las nóminas y lo revisas todo muy bien. Después agrega todas las subvenciones a las que tengas derecho y te desgravas todo lo que puedas como las coutas de los sindicatos o los servicios jurídicos.
Como ves todo muy fácil y ahora a por el segundo consejo:
2) Tengas o no tengas la obligación de declarar a Hacienda, DECLARA SIEMPRE (aunque te digan que no hace falta, aunque sólo hayas estado en una empresa). Porque te saldrá a DEVOLVER siempre y si no declaras (aunque no tengas obligación de hacerlo) ese dinero que es tuyo se lo queda hacienda. Te lo digo más que nada porque con el certificado digital tienes derecho a presentar las declaraciones de hasta un máximo de 4 años atrás con objeto de que te devuelvan lo que no cogiste en su día, sino se lo quedará Hacienda. ¡Qué son muy listos!![]()
Un saludo
BY DERHYUS.
Gracias por vuestras ayudas. Según lo que me dicen al ser la primera vez que voy a declarar no tengo borrador, entonces no se como tengo que pedir ese borrador. Por otro lado yo tengo un certificado digital y aparte también tengo el dni-e por el cual yo veo mi demanda de empleo, vida laboral... Si el programa padre no está como puedo hacerlo?. Me gustaría poder hacerla desde aqui el pc con mi dni-e y a ve si me voy aclarando un poco. Gracias!!
Gracias a todos y perdonen mi ignorancia.