ismarub escribió:Bueno ya que se ha abierto este hilo tengo mis dudas:
El año pasado estuve trabajando hasta abril.El resto del año cobre el paro.Bien,hoy me ha llegado el borrador de la renta saliendome a devolver 235€.
Leyendo un poco me he informado que si en un año tienes mas de 1 pagador toca declarar por obligación y normalmente suele salir a pagar.Yo pensaba que lo de 2 pagadores era si trabajabas en 2 trabajos a la vez,pero en fin.
Las preguntas que tengo:
¿Tengo la obligación de hacerla?
¿Por que este año me sale el doble a devolver que el anterior cobrando menos?
¿Por que viendo casos de rentas de 2 pagadores saliendo a pagar a mi me sale a devolver?
Lo de que sea más de un pagador no afecta a que tenga que salir a devolver o no: lo que afecta son, por un lado, lo que hayas ganado, reducciones y deducciones y, por otro (muy importante) las retenciones. Si por distintas circunstancias te retienen poco para lo que cobras, pues apenas te van a devolver o te va a salir a pagar (joder, el mosqueo que se pilló mi madre conmigo hace dos años).
El hecho de tener dos pagadores, en sí, no implica que vaya sa tener que pagar ni mucho menos.

Y en cuanto a la obligación, desde el momento en que te sale a devolver, te la sopla que tengas que presentarla o no: simplemente, preséntala.
Kerri, por lo que te preguntan lo de las referencia catastrales es: o bien porque hay algo a tu nombre (piensa si el piso d etus padres está a tu nombre, o el de tus abuelos o... A veces se pone para evitar pagar sucesiones en un futuro) o bien porque, aunque tú no vivas en casa propia, hay que poner la referencia catastral de donde vives (por eso lo de que posees o utilices). Si no tienen la referencia, como presuponen que en algún sitio vives, te lo ponen..
Un saludo
Edito para poner una cita que aparece en la página del catastro
catastro escribió:Según la normativa vigente del Impuesto sobre la renta de las personas físicas, el declarante debe consignar en su declaración la Referencia Catastral de los siguientes bienes inmuebles:
* La vivienda habitual o domicilio fiscal, aunque el declarante no sea el propietario de la vivienda, es decir, aunque se viva en régimen de alquiler, en el domicilio de padres u otros familiares, o en otras situaciones.