Siento informarte de que estas obligado a declarar. Y estoy leyendo algunas cosas que no tienen mucho sentido.
No están obligados a declarar: (esta parte va de rendimientos de capital mobiliario)
b) Rendimientos íntegros del capital mobiliario
(dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, etc.) y ganancias
patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos
de participaciones en Fondos de Inversión, premios
por la participación en concursos o juegos, etc.),
siempre que unos y otras hayan estado sometidos
a retención o ingreso a cuenta y su cuantía global no
supere la cantidad de 1.600 euros anuales.