Si te subvencionaron la instalación por ejemplo, pueden cobrarte esa indemnización, pero dicha indemnización es decreciente. No es lo mismo darse de baja al mes de haber hecho el contrato que hacerlo al año. En ese caso, el del año tendría que ser una parte proporcional. Es decir, si para los 18 meses son 150 €, para los 12 serían 100 y 50 para los 6 meses. Al menos eso es lo que tengo entendido.
Un saludo.