Consulta para autónomos (devolución IVA)

Quería hacer una consulta para los que son (o han sido) autónomos en estos últimos años. El año pasado estuve trabajando durante los 3 primeros trimestres como programador freelance, con lo cual estuve dado de alta como autónomo. Realicé todas mis declaraciones de impuestos: declaración trimestral de IRPF (modelo 130) y autoliquidación trimestral de IVA (modelo 303). En este segundo modelo iba deduciendo mis gastos para desgravarme, dejando para la última declaración anual (modelo 390) que me ingresaran el total. Eso fue en enero de este año. A fecha de hoy aún no he recibido el ingreso...

Me ha resultado extraño porque en el año 2009 también estuve como freelance y para finales de abril del 2010 ya me habían devuelto el IVA deducible. Por eso me pregunto si es que este año está tardando más de la cuenta (malos tiempos) o es que Hacienda se ha olvidado de mi dinero.

No sé si ponerme en contacto con Hacienda, pero es que en la web no queda claro a qué dirección de correo o teléfono dirigirme.
Es normal. Antes pagaban siempre en Mayo. Desde el año pasado empezaron a retrasarse y lo de este año es de traca. Además, quizás estén revisando tu liquidación y se demoren algún mes más.
yo he tenido que pagarle a hacienda (weno, avala la caixa, por si acaso xD) casi 25.000€ antes de poder recibir lo que corresponde por unas movidas fiscales, y a estas alturas tambien sigo igual, sin saber nada de nada, y ellos con 25k mios desde hace unos meses
Pues nada, a esperar toca...

¿Debería ponerme en contacto con mi delegación por si acaso?

Gracias por los comentarios!
A ver, hay algo que no me cuadra. El modelo 390 es el resumen, en ese modelo no se pide la devolución, sólo se informa del total de los datos. Si deseas que te devuelvan el diferencial a tu favor, lo tienes que hacer en el 303 del 4t. Hace tiempo que no presento un 390, pero al 99% en el 390 NO se pide la devolución, sino en el 303.

Olvidarse no se olvidan, pero asegúrate de esto último.
WAKAWAKA escribió:A ver, hay algo que no me cuadra. El modelo 390 es el resumen, en ese modelo no se pide la devolución, sólo se informa del total de los datos. Si deseas que te devuelvan el diferencial a tu favor, lo tienes que hacer en el 303 del 4t. Hace tiempo que no presento un 390, pero al 99% en el 390 NO se pide la devolución, sino en el 303.

Olvidarse no se olvidan, pero asegúrate de esto último.


Vale, pues efectivamente la cagué.

En la última declaración 303 que hice en el 2010 (la 3T, ya que el 4T no lo trabajé) no indiqué los datos de mi cuenta bancaria para indicar la devolución de todo lo acumulado en el año. En su lugar, seguí marcando la cantidad como "a compensar". Una verdadera cagada. Lo curioso es que en el 2009 sí lo hice correctamente en la declaración 303 del 4T.

Ahora me pregunto si se puede rectificar a estas alturas la declaración (fue el año pasado). Lo lógico sería que sí, porque es un dinero que me corresponde... :(

EDITO: Vale, parece que ser que con una declaración complementaria del 303 de ese cuatrimestre podría solucionarlo. Pero como no veo claro cómo se hace una declaración complementaria, prefiero pasarme mañana por Hacienda y que me expliquen.
Pues si quieres mañana le pregunto a mis compañeros de iva cono funciona, pero veo un pequeños problema:

La devolución la pides en el 4t, y no la presentaste. Lo que ocurre ahora si la presentas fuera de plazo es una sanción por presentación extemporánea. Creo que te van a decir que presentes un escrito. Mañana te diré.

Pd: no te preocupes, que el IVA te lo devuelven, otra cosa iria en contra de la neutralidad del IVA. Si te ponen pegas me lo dices, que el IVA te lo devuelven fijo, incluso aunque no solicitaras la devolución en la declaración correspondiente.
WAKAWAKA escribió:Pues si quieres mañana le pregunto a mis compañeros de iva cono funciona, pero veo un pequeños problema:

La devolución la pides en el 4t, y no la presentaste. Lo que ocurre ahora si la presentas fuera de plazo es una sanción por presentación extemporánea. Creo que te van a decir que presentes un escrito. Mañana te diré.

Pd: no te preocupes, que el IVA te lo devuelven, otra cosa iria en contra de la neutralidad del IVA. Si te ponen pegas me lo dices, que el IVA te lo devuelven fijo, incluso aunque no solicitaras la devolución en la declaración correspondiente.


Me pasé por Hacienda y me dijeron que no hay problema, que puedo solicitar ese IVA en las próximas declaraciones, sumándolo a lo que vaya deduciendo este año. Así que nada, habrá que esperar hasta el año que viene. Lo que espero es que no me sancionen por no presentar el 4T, que no tendría lógica porque no estuve como autónomo ni un solo día de ese trimestre (me di de baja el 1 de octubre).

Mil gracias por el interés y la información :)
Pero eso te va a obligar a volver a darte de alta en censo no?
Eso no es problema. Este mes he tenido que volver a darme de alta porque voy a estar unos meses trabajando otra vez como freelance.
Ok entonces no problem. Las cuotas de iva soportado que tengas pendiente las pones ahora y las vas arrastrando hasta el 4T. De todos modos me juego una mano a que te requerirán para preguntarte. Sanción no habrá, hiciste lo correcto (no presentar el 4T puesto que estabas de baja en 036) lo que ocurre es que Hacienda no se ha currado una forma oficial de pedir la devolución en el 4T sin estar de alta (por ejemplo con un modelo aternativo). Yo estoy convencido de que, si por ejemplo, ahora no tuvieras que volver a darte de alta, con un escrito fijo que te devuelven el dinero.

Resuelto entonces, me alegro.
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