¡Hola!
Por supuesto que tiene derecho a acceder a las cuentas. Consulta la Ley de Propiedad Horizontal de 1964, modificada por la Ley 8/1999.
Y esa "intercomunidad" tiene que tener unos Estatutos, si no está legalmente constituída no sé para qué le pagáis. Si es una Comunidad de Vecinos tiene que tener unos Estatutos, y una Junta directiva (presidente, tesorero, secretario, etc) y si es una Asociación de vecinos tiene que tener también unos Estatutos, un presidente, etc. En ese caso se rige por la nueva Ley de Asociaciones de 2002.
Si se niegan se les puede demandar. Lo malo es que ya tendrías que ir a los tribunales y esto cuesta dinero.
Saludos