¿Como veis lo de meterse a soldado?

1, 2, 3
PaniniDS escribió:
ps3userRuLeZz escribió:adelante , si te gusta alistate , ami me encanta el ejercito :D

Ojala fuera tan facil ahora Imagen
EDIT: Si yo fuera de voluntario sin cobrar me cogerian? o tampoco hay plazas ara voluntarios¿ ojo no digo reservista voluntario.


No hay otro tipo de voluntariado fuera del ResVol, aunque tu empeño es encomiable.

Relajate, estudia, preparate, y acuerdate de que entrar directamente en las academias de suboficiales y oficiales siempre va a ser mejor opcion. Si tienes la posibilidad no lo dudes.
Joder lo sé pero es que cada día que pasa me siento como si tirara mi tiempo a la basura, aunque sepa que es al reves y que es mejor prepararse. Imagen
PaniniDS escribió:
ps3userRuLeZz escribió:adelante , si te gusta alistate , ami me encanta el ejercito :D

Ojala fuera tan facil ahora Imagen
EDIT: Si yo fuera de voluntario sin cobrar me cogerian? o tampoco hay plazas ara voluntarios¿ ojo no digo reservista voluntario.



jaja, q loco estas tio, eso no se puede hacer XD

desde cuando con el perfil SLP 2.2.2.2 te puedes presentar a algun curso o a hacer algo de oficial por promocion o estamos en diferentes ejercitos o yo no se donde trabajo por que para hacer algun curso normalmente te suelen pedir las antiguas PAEF o PAFA Para el aire y para hacer el curso de promocio interna para oficial...pues vamos estudios reglados ni mas ni menos creo que era equivalente al grado superior almenos o selectividad pero de eso ya no estoy seguroo vamos lo que si que a ciencia cierta es que te piden estudios reglados no el SLP eso seguro me jugaria un brazo ahora mismo...

un saludo¡




Mirate el BOE del dia 16 de enero de este año, la nueva Ley de la Carrera militar. Para presentarse a oficial por promocion interna es requisito necesario poseer el perfil 2.2.2.2 de inglés.



no se yo no lo veo por ningun sitio ni en los requisitos generales ni en nada si me lo pones por favor que lo mismo no lo veo te lo agradeceria... pero vamos...como requisitos generales ni de broma te piden eso... ahi va el tocho¡

Requisitos generales de los aspirantes.
1. Para participar en los procesos de selección para cursar las enseñanzas de formación, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales siguientes:
a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 de este artículo.
b) No estar privado de los derechos civiles.
c) Carecer de antecedentes penales.
d) No hallarse procesado o imputado en algún procedimiento judicial por delito doloso.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
f) Tener cumplidos o cumplir en el año de la convocatoria los dieciocho años de edad y no superar los límites de edad que, para cada caso, se establecen en este reglamento, aunque su incorporación o adscripción a una escala quedarán supeditadas a tener cumplidos los 18 años de edad.
g) Estar en posesión de los niveles de estudios o de la titulación exigida que se determina en este reglamento para acceder a cada tipo de enseñanza de formación, en la forma y plazos que establezca la convocatoria correspondiente.
h) No haber causado baja en un centro docente militar de formación por las razones establecidas en el artículo 71.2, párrafos c) y d), de la Ley de la carrera militar.
i) No haberse resuelto su compromiso como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales.
2. Los que no teniendo la nacionalidad española sean nacionales de los países que la convocatoria determine de entre los que figuran en el anexo I, podrán participar en los procesos de selección para cursar las enseñanzas para vincularse profesionalmente a las Fuerzas Armadas como militar de tropa y marinería, o militar de complemento del Cuerpo Militar de Sanidad en la especialidad de Medicina. En estos casos, el cupo de plazas será el que se fije en la provisión anual, acreditando, además de lo indicado en el apartado anterior, los requisitos siguientes:
a) Encontrarse en la situación de residencia temporal o de larga duración en España.
b) Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.
c) Carecer de antecedentes penales en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.
d) No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.



y despues en todo caso como ya pasa en el caso de los Sargentos que todos tienen que "salir" y digo "salir" de sargentos con el SLP 2.2.2.2 mas que nada por que es una asignatura que se da en lleida...pero como requisito de entrada no te lo exigen vamos si tu lo encuentras por algun sitioo ponmelo que no lo veo de veras¡¡

un saludico¡¡
pablod23es escribió:

desde cuando con el perfil SLP 2.2.2.2 te puedes presentar a algun curso o a hacer algo de oficial por promocion o estamos en diferentes ejercitos o yo no se donde trabajo por que para hacer algun curso normalmente te suelen pedir las antiguas PAEF o PAFA Para el aire y para hacer el curso de promocio interna para oficial...pues vamos estudios reglados ni mas ni menos creo que era equivalente al grado superior almenos o selectividad pero de eso ya no estoy seguroo vamos lo que si que a ciencia cierta es que te piden estudios reglados no el SLP eso seguro me jugaria un brazo ahora mismo...

un saludo¡


Acabas de perder un brazo... es una pena xD

Mirate el BOE del dia 16 de enero de este año, la nueva Ley de la Carrera militar. Para presentarse a oficial por promocion interna es requisito necesario poseer el perfil 2.2.2.2 de inglés. Luego, en muchos cursos, sobre todo en los que se hacen fuera de españa (curso NATO de Force Protection, de Microwave Operator y demases) tambien es un requisito.

Para ir a oficial por la promo interna, es necesario como minimo Selectividad. Eso si, te comes 5 años de academia y sales con una ingenieria. Tambien puedes seguir la otra ruta, que es sacarte una de las carreras que vienen en esa Ley, y luego presentarte por promo interna. Haces solo dos años de academia y sales de Teniente de la General, no de complemento.

Revisate esa Ley porque ha cambiado todo.

PD: Y obviamente, para hacer el curso del SLP 3.3.3.3 que sale todos los años, es requisito indispensable tener el 2.2.2.2 xD
yo me presento el mes que viene a renovar el superior, a ver que tal me va porque creo que he perdido expresion oral... :(
anderpr escribió:yo me presento el mes que viene a renovar el superior, a ver que tal me va porque creo que he perdido expresion oral... :(


Que tengas suerte tio. Por lo visto lo han simplificado con respecto a años anteriores.

PD: Radiopatio dice que ahora ya no pierdes el nivel aunque pase el tiempo, por lo visto para evitar que la gente se lo baje a voluntad para evitar las misiones.

PD2: ¿Seguro que es buena idea poner fotos de uniforme en el perfil?
a partir del 2 no pierdes los perfiles con los 4 rasgos completos que tengas, y si, se ha simplificado con respecto a otros años, por lo menos para la tropa.
la primera vez que fui tenias que elegir el rollo de los sobres y un tema, y ya la ultima eso habia desaparecido y tenias una charla con un nativo, que por lo menos en mi caso fue muy cordial, pero a otros compañeros les toco un nativo que era un cabron, dejando pausas largas de silencio y demas.
aparte, podemos presentarnos de faena y no de romano.

por otra parte, ya no hay derecho a kilometraje, sino que si presentas los tickets del tren o del autobus a la vuelta, te devuelven el importe.

sobre las fotos, pues bueno, el apellido es muy comun y con las gafas no se identifica la cara al completo.
Perdón por el reflote, pero respondo porque el usuario pablod23es no me citó, editó su mensaje encima del mio, por lo que ni me enteré de que me estaba preguntando. Me reitero, el SLP 2.2.2.2 es OBLIGATORIO para presentarse por promoción interna a la Escala de Oficiales.

¿Donde lo pone?

BOD Núm. 110 de 8 de junio de 2010, página 6.275: "Resolución 452/08712/2010, de 2 de junio, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso por promoción en los centros docentes militares de formación, para el acceso como militar de carrera, a los Cuerpos Generales, Cuerpo de Infantería de Marina y Cuerpos de Intendencia, y se aprueban las bases comunes y específicas que los regulan."

Te vas a la base común cuarta:

"Cuarta. Requisitos de los aspirantes.
1. Para ser admitidos a la realización de cada proceso de
selección, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos contenidos
en las bases específicas y los que a continuación se relacionan.
Dichos requisitos deben mantenerse hasta el momento de
la incorporación al centro docente militar de formación.
1.1. Nacionalidad: Española.
1.2. No estar privado de los derechos civiles.
1.3. Carecer de antecedentes penales.
1.4. No hallarse procesado o imputado en algún procedimiento
judicial por delito doloso.
1.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatuarios
de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con
carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
1.6. No haber cumplido ni cumplir dentro del año 2010,
como máximo, las edades que se indican a continuación:
1.6.1. Para las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales
y de Infantería de Marina, sin exigencia de titulación universitaria
previa:
1.6.1.1. Militares de carrera, Suboficiales de los Cuerpos
Generales y de Infantería de Marina, sin límite de edad.
1.6.1.2. Militares de Tropa y Marinería, 31 años.
1.6.2. Para Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales y
de Infantería de Marina, con exigencia de titulación universitaria
previa:
1.6.2.1. Militares de complemento de la Ley 17/1999, por
promoción interna, sin límite de edad.
1.6.2.2. Militares de carrera, Suboficiales de los Cuerpos
Generales y de Infantería de Marina, sin límite de edad.
1.6.2.3. Militares de Tropa y Marinería, 35 años.
1.6.3. Para las Escalas de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia:
1.6.3.1. Militares de complemento de la Ley 17/1999, por
promoción interna, sin límite de edad.
1.6.4. Para las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos
Generales y de Infantería de Marina:
1.6.4.1. Militares de Tropa y Marinería, 33 años.
1.7. Estar en posesión de los niveles de estudio o de la titulación
exigida para cada tipo de enseñanza de formación que se
indica a continuación:
1.7.1. Escala de Oficiales:
a) Para los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina,
sin exigencia de titulación universitaria previa: los aspirantes
deberán haber superado la prueba de acceso a la universidad
contemplada en el artículo 38.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de
3 de mayo, de Educación («BOE» número 106, de 4 de mayo).
También se podrá participar con la prueba específica prevista
en el artículo 69.6 de la citada Ley, así como con los títulos de
técnico superior, que se determinan en el artículo 26.1 del
Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que seregulan
las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias
oficiales de grado y los procedimientos de admisión a
las universidades públicas españolas. A estos efectos, según
lo establecido en la disposición transitoria séptima 1. del Real
Decreto 35/2010, de 15 de enero, la obtención del primer
empleo militar al incorporarse a la Escala de Suboficiales de
los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina será equivalente
al título de técnico superior de formación profesional,
siendo ésta una equivalencia genérica de nivel académico.
Los aspirantes deberán poseer el perfil lingüístico en vigor
en el idioma inglés de al menos dos (2) en todos los rasgos que
lo componen, obtenido en las condiciones establecidas en la
Orden DEF/1815/2003, de 23 de junio, por la que se regulan los
procedimientos para determinar el conocimiento en materia de
idiomas extranjeros en el ámbito de las Fuerzas Armadas, y
modificada por Orden DEF/3495/2009, de 22 de diciembre.
"


E ahí el requisito.

Si ya no puedes mirar el BOD por que no vas a estar de servicio estos dias, mirátelo en clasespasivas.net.
Ghargamel está baneado por "Troll faltón"
Lucy_Sky_Diam escribió:Menos los que se meten porque tienen vocación, la demás gente es gente sin principios.



Premio al comentario más estupido e hiriente de la semana.

Los mismos principios que tienes tu para faltar el respeto a todas nuestras fuerzas armadas.
Si no tienes capacidad para otra cosa... pues es una salida más, sino es un desperdicio.

Bueno, también están los que tienen vocación, pero son realmente pocos...
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