Buenas.
Vereis tengo un conocido que tiene en mente alquilar un local para un negocio, el alquiler seria por 5 años, y el arrendatario le ha puesto una clausula al contrato para que en el caso de que esta persona abandone el local antes de ese tiempo le abone los meses o años restantes, dice que asi se asegura de que esta persona no se vaya a otro local mas barato o mejor posicionado, pero que si la cosa va mal, y eso y tiene que abandonar el local, en ese caso no lo cobraria (pero la clausula la tiene puesta)
A mi me parece que una clausula de ese tipo no es posible, y vamos tenia entendido de que en un alquiler si el inquilino lo abandona antes de lo estipulado tiene que avisar con antelacion y no se siquiera si hay que pagar una indemnizacion.
Ante las reticencias de esta persona a firmar esa clausula, el porpietario le ha dicho que bien, la retira si a cambio el tambien tiene la posibilidad de echar al inquilino cuando quiera avisandole con antelacion, lo cual tambien me parece ilegal.
En fin como no estoy puesto en estos temas a ver si algun eoliano me puede guiar para ayudar a esta persona a decidirse, y tambien si este tipo de clausulas son posibles.
Un saludo.