¿Algún abogado en la sala? XD Tema de herencias.

Veréis os comento lo que le ha pasado a la compañera de mi curro resumidamente.

Padres divorciados, y cada uno se volvió a casar por su cuenta.

El padre murió de madrugada de un infarto. El tema viene a la hora de la herencia. NO hay testamento, pero las propiedades que tiene son estas:

- Tiene un bar, pero el local es de alquiler.
- Deudas con los preveedores por valor de 6.000 €
- 3.000 € en planes de pensiones. Nada más. El piso también es de alquiler.

Sólo tiene dos hijas y la mujer. Según tengo entendido las hijas tienen derecho a quedárselo todo pero la mujer tiene derecho al usufructo.

Las hijas quieren declararse herederas, rescatar los planes de pensiones, pagar a los proveedores con esos 3.000 € y vender el negocio al dueño del local en negro.

En este caso, ¿la mujer podría reclamar algo? Qué poder le otorga ser usufructuaria?

Gracias apañeros.
neverwinter escribió:En este caso, ¿la mujer podría reclamar algo? Qué poder le otorga ser usufructuaria?
Ningun poder en absoluto.
El usufructo es el uso y disfrute del objeto/propiedad en cuestion mientras esté viva o no renuncie a ello.
No puede ni vender, ni comprar ni alquilar nada.
Las herederas legitimas son las hijas, y son ellas las que deciden como disponer de la herencia, respetando el usufructo de lo que sea.



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Vorlander escribió:Ningun poder en absoluto.
El usufructo es el uso y disfrute del objeto/propiedad en cuestion mientras esté viva o no renuncie a ello.
No puede ni vender, ni comprar ni alquilar nada.
Las herederas legitimas son las hijas, y son ellas las que deciden como disponer de la herencia, respetando el usufructo de lo que sea.



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Gracias Vorlander.

¿Pero las hijas en este caso sí podrían traspasar el local sin problemas?

¿Osea, la mujer no tiene derecho absolutamente a nada?
no me hagas mucho caso ya que ni soy abogado ni estoy muy puesto en el tema, pero creo que depende de la comunidad autonoma entre otras cosas. Por otro lado segun me comentaron a mi aqui en galicia el reparto seria el 50% de los bienes para la mujer y el resto a repartir en poartes iguales para los hijos.
Saludos.
Por lo que tengo entendido, lo del usufructo va asi:

La pareja suele tener el usufructo y los hijos la propiedad, PERO ninguno puede vender sin el consentimiento del otro. En este caso, la madre tendria los derechos sobre el bar, pudiendo trabajar en el y/o contratar a alguien para que lo haga por ella (y por supuesto pagar a los proveedores XD).

De todas formas, ¿no sera mejor que se vaya a un abogado? vamos digo yo. Ademas cada comunidad tiene sus normas.

Saludos
Z_Type escribió:Por lo que tengo entendido, lo del usufructo va asi:

La pareja suele tener el usufructo y los hijos la propiedad, PERO ninguno puede vender sin el consentimiento del otro. En este caso, la madre tendria los derechos sobre el bar, pudiendo trabajar en el y/o contratar a alguien para que lo haga por ella (y por supuesto pagar a los proveedores XD).

De todas formas, ¿no sera mejor que se vaya a un abogado? vamos digo yo. Ademas cada comunidad tiene sus normas.

Saludos


Lo lleva un abogado, que le ha dicho que pueden traspasar el negocio sin problemas, y a mí me extraña que la mujer como usufructuaria no pueda decir nada. Por eso preguntaba ;)

La comunidad es Catalunya.
neverwinter escribió:
Lo lleva un abogado, que le ha dicho que pueden traspasar el negocio sin problemas, y a mí me extraña que la mujer como usufructuaria no pueda decir nada. Por eso preguntaba ;)

La comunidad es Catalunya.


El usufructo es solo para bienes en propiedad, como estaba todo en alquiler no puede interferir.
Sargento Pancha escribió:
El usufructo es solo para bienes en propiedad, como estaba todo en alquiler no puede interferir.


El local es de alquiler, pero lo que es el negocio, tiene un valor de traspaso no?

O incluso puede que ella quisiera seguir con el negocio subrogando el contrato del alquiler.

Dios qué complicado [decaio]
Rexess escribió:no me hagas mucho caso ya que ni soy abogado ni estoy muy puesto en el tema, pero creo que depende de la comunidad autonoma entre otras cosas. Por otro lado segun me comentaron a mi aqui en galicia el reparto seria el 50% de los bienes para la mujer y el resto a repartir en poartes iguales para los hijos.
Yo también tengo entendido que es así, lo que no sé es si influye estar casado en régimen de gananciales o de separación de bienes. Quizás si están con separación de bienes y no hay nada a nombre de la mujer no tenga derecho a nada.
8 respuestas