Acciona presenta un ERE que afecta a mil empleados, pese a estar en beneficios

Acciona Infraestructuras ha presentado un expediente de regulación de empleo (ERE) que afectará a 1.142 trabajadores de la compañía, alrededor del 30 % de la plantilla, según han confirmado fuentes de la empresa.

Los sindicatos CCOO, UGT y USO han apuntado en un comunicado que, de acuerdo al ERE, 294 trabajadores serán despedidos y unos 850 se verán afectados por suspensiones o reducciones de jornada.

Sin embargo, fuentes de Acciona aseguran que estos datos no están cerrados, ya que la negociación está abierta hasta el próximo 20 de agosto, y que, en cualquier caso, los despidos no implicarán a más del 8% de la plantilla actual, que se sitúa en torno a 3.750 trabajadores.

Estas mismas fuentes apuntan que el ERE se justifica por la caída de la actividad en obra civil, que es el negocio principal de la división de infraestructuras.

En ese sentido, los sindicatos lamentan "la negativa de la empresa a reducir el número de afectados y a mejorar la propuesta de indemnización económica", al tiempo que critican su "intransigencia" a la hora de negociar. Además, critican que se haya presentado el ERE a pesar de que la firma de infraestructuras no registra pérdidas, sino que publicó unas ganancias de 80 millones de euros en el primer semestre del año.

También subrayan que Acciona "otorga a sus directivos sueldos y prebendas por encima de los 250.000 euros anuales".

Así, las tres formaciones sindicales han anunciado su intención de organizar protestas, que van desde concentraciones frente a los centros de trabajo hasta "paros parciales" de cuatro horas diarias entre el 20 y el 22 de agosto.

A pesar de las críticas, las organizaciones sindicales insisten en retomar las negociaciones con el objetivo de lograr "condiciones más justas" para los trabajadores que se vean afectados por el ERE.

http://www.20minutos.es/noticia/1563331 ... senta/ere/

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Aquí tenemos un maravilloso ejemplo de lo bien que funciona la última reforma laboral, beneficios de 80 millones durante el primer semestre de este año y 1142 personas se van a ver afectadas por un ERE. Grande España!
Haha, que hijos de puta, y encima a meter mas carga al estado.
Que ley mas bien pensada....
"Ganancias de 80 millones de euros en el primer semestre del año, otorga a sus directivos sueldos y prebendas por encima de los 250.000 euros anuales peeero 294 trabajadores serán despedidos y unos 850 se verán afectados por suspensiones o reducciones de jornada..."

Joder... es que no se me ocure ya otra cosa cuando leo estas cosas... menudos cabrones hijos de puta
Que desastre de sistema, no tiene ni pies ni cabeza.

Hay tantas leyes, tantas reglas y normas que cumplir... ¡¿quien coño abrirá un negocio nuevo?! :-?
Esto no es culpa del sistema. Esto es que no se les acepte el ERE y listo.
La ultima reforma laboral me parecia de ser muy hijos de puta, pero sin ella, empresas como Telefonica se pusieron las botas.

Me parece legitimo que una empresa si lo estima, despide a quien sea, pero con su indemnizacion y punto. Esto deberia estar perseguido por la ley, pero en estos casos chupan los sindicatos los primeros.
Yo tengo dos comocidos trabajando ahi, a ver como queda la cosa...
Pues yo trabajo y conmigo personalmente se han portado siempre de diez.
Adama escribió:Esto no es culpa del sistema. Esto es que no se les acepte el ERE y listo.
La ultima reforma laboral me parecia de ser muy hijos de puta, pero sin ella, empresas como Telefonica se pusieron las botas.

Me parece legitimo que una empresa si lo estima, despide a quien sea, pero con su indemnizacion y punto. Esto deberia estar perseguido por la ley, pero en estos casos chupan los sindicatos los primeros.


Pon: ¡Viva el Gobierno! y acabas antes.
Si la gente realmente hubiera entendido la reforma, esto no sería noticia.

Una empresa puede presentar un ERE simplemente porque prevea una reducción de beneficios. Ah, y por defecto todos los despidos son procedentes, a no ser que el empleado vaya a juicio y lo gane. Así que los que creíais que teníais 45 días de indemnización, que sepáis que se han quedado en 20.

En octubre a la vuelta de vacaciones lo vamos a flipar con la cantidad de gente que va a quedar en la calle (yo entre ellos, por cierto)
¿No se supone que el ere solo era válido si había perdidas aunque fueran técnicas?
KAISER-77 escribió:¿No se supone que el ere solo era válido si había perdidas aunque fueran técnicas?


En cuanto a las causas económicas, se entiende que concurren cuando de los
resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, lo que
incluye no sólo la existencia de pérdidas actuales o previstas, como antes, sino
también la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. La Reforma
matiza que se entiende que la situación es persistente si se produce durante dos
trimestres consecutivos
(frente a los tres trimestres consecutivos que exige, por
ejemplo, para recurrir al despido colectivo).


No es necesario tener pérdidas. Basta con que se reduzcan los ingresos o ventas.

http://www.reformalaboral.es/noticias_j ... l_2012.pdf
CazadorCampechano escribió:Que desastre de sistema, no tiene ni pies ni cabeza.

Hay tantas leyes, tantas reglas y normas que cumplir... ¡¿quien coño abrirá un negocio nuevo?! :-?


¿De que pollas hablas?

¿Cuánto te pagan?
KAISER-77 escribió:¿No se supone que el ere solo era válido si había perdidas aunque fueran técnicas?


No. Lee el artículo del despido colectivo según la última reforma.

Artículo 51. Despido colectivo. Redacción según Ley 3/2012, de 6 de julio. Redacción según Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero.

1. A efectos de lo dispuesto en la presente Ley se entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, en un período de noventa días, la extinción afecte al menos a:

Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.

El 10 % del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.

Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.

Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante tres trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior.

Se entiende que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.


Se entenderá igualmente como despido colectivo la extinción de los contratos de trabajo que afecten a la totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a cinco, cuando aquél se produzca como consecuencia de la cesación total de su actividad empresarial fundada en las mismas causas anteriormente señaladas.

Para el cómputo del número de extinciones de contratos a que se refiere el párrafo primero de este apartado, se tendrán en cuenta asimismo cualesquiera otras producidas en el período de referencia por iniciativa del empresario en virtud de otros motivos no inherentes a la persona del trabajador distintos de los previstos en el artículo 49.1.c) de esta Ley, siempre que su número sea, al menos, de cinco.

Cuando en períodos sucesivos de noventa días y con el objeto de eludir las previsiones contenidas en el presente artículo, la empresa realice extinciones de contratos al amparo de lo dispuesto en el artículo 52.c) de esta Ley en un número inferior a los umbrales señalados, y sin que concurran causas nuevas que justifiquen tal actuación, dichas nuevas extinciones se considerarán efectuadas en fraude de Ley, y serán declaradas nulas y sin efecto.

2. El despido colectivo deberá ir precedido de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores de una duración no superior a treinta días naturales, o de quince en el caso de empresas de menos de cincuenta trabajadores. La consulta con los representantes legales de los trabajadores deberá versar, como mínimo, sobre las posibilidades de evitar o reducir los despidos colectivos y de atenuar sus consecuencias mediante el recurso a medidas sociales de acompañamiento, tales como medidas de recolocación o acciones de formación o reciclaje profesional para la mejora de la empleabilidad.

La comunicación de la apertura del período de consultas se realizará mediante escrito dirigido por el empresario a los representantes legales de los trabajadores, una copia del cual se hará llegar a la autoridad laboral. En dicho escrito se consignarán los siguientes extremos:

La especificación de las causas del despido colectivo conforme a lo establecido en el apartado 1.

Número y clasificación profesional de los trabajadores afectados por el despido.

Número y clasificación profesional de los trabajadores empleados habitualmente en el último año.

Periodo previsto para la realización de los despidos.

Criterios tenidos en cuenta para la designación de los trabajadores afectados por los despidos.

La referida comunicación deberá ir acompañada de una memoria explicativa de las causas del despido colectivo y de los restantes aspectos señalados en el párrafo anterior.

La comunicación a los representantes legales de los trabajadores y a la autoridad laboral deberá ir acompañada de toda la información necesaria para acreditar las causas motivadoras del despido colectivo en los términos que reglamentariamente se determinen.

Recibida la comunicación, la autoridad laboral dará traslado de la misma a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo y recabará, con carácter preceptivo, informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre los extremos de la comunicación a que se refiere los párrafos anteriores y sobre el desarrollo del período de consultas. El informe deberá ser evacuado en el improrrogable plazo de quince días desde la notificación a la autoridad laboral de la finalización del período de consultas y quedará incorporado al procedimiento.

La intervención como interlocutores ante la dirección de la empresa en el procedimiento de consultas corresponderá a las secciones sindicales cuando éstas así lo acuerden, siempre que tengan la representación mayoritaria en los comités de empresa o entre los delegados de personal.

En los supuestos de ausencia de representación legal de los trabajadores en la empresa, éstos podrán atribuir su representación para el período de consultas a una comisión designada conforme a lo dispuesto en el artículo 41.4.

Durante el periodo de consultas, las partes deberán negociar de buena fe, con vistas a la consecución de un acuerdo.

El empresario y la representación de los trabajadores podrán acordar en cualquier momento la sustitución del período de consultas por el procedimiento de mediación o arbitraje que sea de aplicación en el ámbito de la empresa, que deberá desarrollarse dentro del plazo máximo señalado para dicho período.

La autoridad laboral velará por la efectividad del periodo de consultas pudiendo remitir, en su caso, advertencias y recomendaciones a las partes que no supondrán, en ningún caso, la paralización ni la suspensión del procedimiento. Igualmente y sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, la autoridad laboral podrá realizar durante el periodo de consultas, a petición conjunta de las partes, las actuaciones de mediación que resulten convenientes con el fin de buscar soluciones a los problemas planteados por el despido colectivo. Con la misma finalidad también podrá realizar funciones de asistencia a petición de cualquiera de las partes o por propia iniciativa.

Transcurrido el período de consultas el empresario comunicará a la autoridad laboral el resultado del mismo. Si se hubiera alcanzado acuerdo, trasladará copia íntegra del mismo. En caso contrario, remitirá a los representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral la decisión final de despido colectivo que haya adoptado y las condiciones del mismo.

3. Cuando la extinción afectase a más del 50 % de los trabajadores, se dará cuenta por el empresario de la venta de los bienes de la empresa, excepto de aquellos que constituyen el tráfico normal de la misma, a los representantes legales de los trabajadores y, asimismo, a la autoridad competente.

4. Comunicada la decisión a los representantes de los trabajadores, el empresario podrá notificar los despidos individualmente a los trabajadores afectados, lo que deberá realizar conforme a lo establecido en el artículo 53.1 de esta Ley. En todo caso, deberán haber transcurrido como mínimo treinta días entre la fecha de la comunicación de la apertura del periodo de consultas a la autoridad laboral y la fecha de efectos del despido.

5. Los representantes legales de los trabajadores tendrán prioridad de permanencia en la empresa en los supuestos a que se refiere este artículo. Mediante convenio colectivo o acuerdo alcanzado durante el periodo de consultas se podrán establecer prioridades de permanencia a favor de otros colectivos, tales como trabajadores con cargas familiares, mayores de determinada edad o personas con discapacidad.

6. La decisión empresarial podrá impugnarse a través de las acciones previstas para este despido. La interposición de la demanda por los representantes de los trabajadores paralizará la tramitación de las acciones individuales iniciadas, hasta la resolución de aquella.

La autoridad laboral podrá impugnar los acuerdos adoptados en el periodo de consultas cuando estime que estos se han alcanzado mediante fraude, dolo, coacción o abuso de derecho a efectos de su posible declaración de nulidad, así como cuando la entidad gestora de las prestaciones por desempleo hubiese informado de que la decisión extintiva empresarial pudiera tener por objeto la obtención indebida de las prestaciones por parte de los trabajadores afectados por inexistencia de la causa motivadora de la situación legal de desempleo.

7. La existencia de fuerza mayor, como causa motivadora de la extinción de los contratos de trabajo, deberá ser constatada por la autoridad laboral, cualquiera que sea el número de los trabajadores afectados, previo procedimiento tramitado conforme a lo dispuesto en este apartado y en sus disposiciones de desarrollo reglamentario.

El procedimiento se iniciará mediante solicitud de la empresa, acompañada de los medios de prueba que estime necesarios y simultánea comunicación a los representantes legales de los trabajadores, quienes ostentarán la condición de parte interesada en la totalidad de la tramitación del procedimiento.

La resolución de la autoridad laboral se dictará, previas las actuaciones e informes indispensables, en el plazo de cinco días desde la solicitud y deberá limitarse, en su caso, a constatar la existencia de la fuerza mayor alegada por la empresa, correspondiendo a esta la decisión sobre la extinción de los contratos, que surtirá efectos desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor. La empresa deberá dar traslado de dicha decisión a los representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral.

La autoridad laboral que constate la fuerza mayor podrá acordar que la totalidad o una parte de la indemnización que corresponda a los trabajadores afectados por la extinción de sus contratos sea satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del derecho de éste a resarcirse del empresario.

8. Las obligaciones de información y documentación previstas en el presente artículo se aplicarán con independencia de que la decisión relativa a los despidos colectivos haya sido tomada por el empresario o por la empresa que ejerza el control sobre él. Cualquier justificación del empresario basada en el hecho de que la empresa que tomó la decisión no le ha facilitado la información necesaria no podrá ser tomada en consideración a tal efecto.

9. Cuando se trate de procedimientos de despidos colectivos de empresas no incursas en procedimiento concursal, que incluyan trabajadores con cincuenta y cinco o más años de edad que no tuvieren la condición de mutualistas el 1 de enero de 1967, existirá la obligación de abonar las cuotas destinadas a la financiación de un convenio especial respecto de los trabajadores anteriormente señalados en los términos previstos en la Ley General de la Seguridad Social.

10. La empresa que lleve a cabo un despido colectivo que afecte a más de cincuenta trabajadores deberá ofrecer a los trabajadores afectados un plan de recolocación externa a través de empresas de recolocación autorizadas. Dicho plan, diseñado para un periodo mínimo de seis meses, deberá incluir medidas de formación y orientación profesional, atención personalizada al trabajador afectado y búsqueda activa de empleo. En todo caso, lo anterior no será de aplicación en las empresas que se hubieran sometido a un procedimiento concursal. El coste de la elaboración e implantación de dicho plan no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores.

La autoridad laboral, a través del servicio público de empleo competente, verificará la acreditación del cumplimiento de esta obligación y, en su caso, requerirá a la empresa para que proceda a su cumplimiento.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior y de las responsabilidades administrativas correspondientes, el incumplimiento de la obligación establecida en este apartado o de las medidas sociales de acompañamiento asumidas por el empresario, podrá dar lugar a la reclamación de su cumplimiento por parte de los trabajadores.

11. Las empresas que realicen despidos colectivos de acuerdo con lo establecido en este artículo, y que incluyan a trabajadores de cincuenta o más años de edad, deberán efectuar una aportación económica al Tesoro Público de acuerdo con lo establecido legalmente.


Como ves no hace falta que tenga perdidas, basta con una disminución en las ventas durante tres trimestres que en época de crisis esta casi garantizada. A efectos prácticos es una ley de despido libre.
briefer escribió:Si la gente realmente hubiera entendido la reforma, esto no sería noticia.

Una empresa puede presentar un ERE simplemente porque prevea una reducción de beneficios. Ah, y por defecto todos los despidos son procedentes, a no ser que el empleado vaya a juicio y lo gane. Así que los que creíais que teníais 45 días de indemnización, que sepáis que se han quedado en 20.

En octubre a la vuelta de vacaciones lo vamos a flipar con la cantidad de gente que va a quedar en la calle (yo entre ellos, por cierto)

¿ya te lo han dicho? Ya lo siento compañero.
raul_sanchez1 escribió:A pesar de las críticas, las organizaciones sindicales insisten en retomar las negociaciones con el objetivo de lograr "condiciones más justas" para los trabajadores que se vean afectados por el ERE.


De la noticia, me quedo con este dato. Que los vendeobreros de UGT y CCOO lo único que pretendan es rascar cuatro euros más de indemnización para los despidos en lugar de oponerse frontalmente a éstos cuando la viabilidad de la empresa no está en peligro (y a los 80 millonazos de beneficios me refiero) es para hinchar a ostias a estos hijos de puta.
En enero en mi empresa, con 350 currelas y 4 millones de euros de beneficios el año anterior (vamos, una situación muy similar, pero a escala menor), quisieron echar a 50 trabajadores y nos pusimos en huelga durante un mes entero. No para que les pagasen cuatro perras más, sino para intentar impedir ni un solo despido. Al final no lo conseguimos, por culpa de ese 20% de esquiroles hijos de puta que consiguieron sacar la producción más acuciante y de la que estaba más pillada la empresa, pero cinco días más que hubiéramos aguantado o un 5% menos de hijos de puta comepollas currando en lugar de hacer huelga y les obligamos a pasar por el aro como hay dios.

Al final fue derrota, pero con la cabeza bien alta. Finalmente fueron 38 los despedidos y el resto desde entonces vivimos en un puto campo de concentración donde se han duplicado los encargados latigueros y la carga de trabajo se ha multiplicado también, dando como resultado que todo dios está jodido con diversas lesiones músculo-esqueléticas... pero ni dios se atreve a cogerse una baja porque ahora como te pueden despedir con cualquier excusa...

Señores de UGT y CCOO, ustedes no deberían estar para mendigar más indemnizaciones, sino luchar para que todo dios conservase sus puestos de trabajo. Sois unos putos chupópteros y unos vendidos de mierda, que lo sepais. Y gran parte de la culpa de la destrucción de derechos que vivimos es vuestra, por actuar desde los años 80 como un dique de contención y anestesia para las reivindicaciones obreras a cambido de jugosas subvenciones y un trampolín para que vuestros cuadros dirigentes den el salto a la política. Bastardos. No teneis otro nombre.
subsonic escribió:¿ya te lo han dicho? Ya lo siento compañero.


Gracias. Afortunadamente, el comité de empresa ha conseguido negociar unas condiciones justas (comparado con otras empresas), y la indemnización de los 7 años que me corresponde - gracias a que no tengo ni familia ni hipoteca - me va a permitir empezar desde cero fuera de España.

Me voy antes de que esto reviente del todo.
el problema es que los sindicatos aceptan esas condiciones, pero hasta ahora en muchos de los ERE que se han dado gracias a la nueva reforma laboral, los tribunales los están tumbando, recientemente creo que fue la Audiencia de Barcelona la que anuló un ERE cargándose una de las leyes aprobadas recientemente ya que dijo que la pérdida de beneficios no era motivo suficiente, que tenía que existir una pérdida real y que no bastaba con que ese añlo se hubiera ganado menos dinero.
Muchos de estos ERE se podrían ganar en los tribunales si los sindicatos en vez de vender a los trabajadores se negaran a aceptarlo y recurrieran a los tribunales.
briefer escribió:
subsonic escribió:¿ya te lo han dicho? Ya lo siento compañero.


Gracias. Afortunadamente, el comité de empresa ha conseguido negociar unas condiciones justas (comparado con otras empresas), y la indemnización de los 7 años que me corresponde - gracias a que no tengo ni familia ni hipoteca - me va a permitir empezar desde cero fuera de España.

Me voy antes de que esto reviente del todo.


Haces bien, muchísima suerte en tu nueva aventura, donde quiera que sea.
briefer escribió:
KAISER-77 escribió:¿No se supone que el ere solo era válido si había perdidas aunque fueran técnicas?


En cuanto a las causas económicas, se entiende que concurren cuando de los
resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, lo que
incluye no sólo la existencia de pérdidas actuales o previstas, como antes, sino
también la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. La Reforma
matiza que se entiende que la situación es persistente si se produce durante dos
trimestres consecutivos
(frente a los tres trimestres consecutivos que exige, por
ejemplo, para recurrir al despido colectivo).


No es necesario tener pérdidas. Basta con que se reduzcan los ingresos o ventas.

http://www.reformalaboral.es/noticias_j ... l_2012.pdf



[plas] [plas] [plas] [plas]

Este septiembre lo vamos a flipar, pero este enero yo creo que superamos los 6 millones de parados de largo.
¿Hemos trabajado por encima de nuestras posibilidades?

[poraki] [poraki] [poraki]
katxan escribió:
raul_sanchez1 escribió:A pesar de las críticas, las organizaciones sindicales insisten en retomar las negociaciones con el objetivo de lograr "condiciones más justas" para los trabajadores que se vean afectados por el ERE.


De la noticia, me quedo con este dato. Que los vendeobreros de UGT y CCOO lo único que pretendan es rascar cuatro euros más de indemnización para los despidos en lugar de oponerse frontalmente a éstos cuando la viabilidad de la empresa no está en peligro (y a los 80 millonazos de beneficios me refiero) es para hinchar a ostias a estos hijos de puta.
En enero en mi empresa, con 350 currelas y 4 millones de euros de beneficios el año anterior (vamos, una situación muy similar, pero a escala menor), quisieron echar a 50 trabajadores y nos pusimos en huelga durante un mes entero. No para que les pagasen cuatro perras más, sino para intentar impedir ni un solo despido. Al final no lo conseguimos, por culpa de ese 20% de esquiroles hijos de puta que consiguieron sacar la producción más acuciante y de la que estaba más pillada la empresa, pero cinco días más que hubiéramos aguantado o un 5% menos de hijos de puta comepollas currando en lugar de hacer huelga y les obligamos a pasar por el aro como hay dios.

Al final fue derrota, pero con la cabeza bien alta. Finalmente fueron 38 los despedidos y el resto desde entonces vivimos en un puto campo de concentración donde se han duplicado los encargados latigueros y la carga de trabajo se ha multiplicado también, dando como resultado que todo dios está jodido con diversas lesiones músculo-esqueléticas... pero ni dios se atreve a cogerse una baja porque ahora como te pueden despedir con cualquier excusa...

Señores de UGT y CCOO, ustedes no deberían estar para mendigar más indemnizaciones, sino luchar para que todo dios conservase sus puestos de trabajo. Sois unos putos chupópteros y unos vendidos de mierda, que lo sepais. Y gran parte de la culpa de la destrucción de derechos que vivimos es vuestra, por actuar desde los años 80 como un dique de contención y anestesia para las reivindicaciones obreras a cambido de jugosas subvenciones y un trampolín para que vuestros cuadros dirigentes den el salto a la política. Bastardos. No teneis otro nombre.



Imagen

Imposible describirlo mejor compañero.
El hecho es que no hay trabajo, y tener a mas de 1000 personas sin hacer nada solo se lo puede permitir la administración, de momento y mirad como les va. Algun caso ya he visto de gente que lleva 90 dias de vacaciones.

¿O es que a alguien le parece normal pagar a 1000 personas por no trabajar?

Saludos.
jachacho escribió:El hecho es que no hay trabajo, y tener a mas de 1000 personas sin hacer nada solo se lo puede permitir la administración, de momento y mirad como les va. Algun caso ya he visto de gente que lleva 90 dias de vacaciones.

¿O es que a alguien le parece normal pagar a 1000 personas por no trabajar?
Saludos.

Normal no me parece,sus altos directivos bien que cobran sueldos con los cuales podrías pagar 200 sueldos de trabajadores,que al fin al cabo son el que hacen el trabajo productivo y la riqueza ,pero tranquilo que en el sector público hay también jetas,como mínimo 50.000 personas por lo muy bajo ,que cobraran seguramente el triple que estos,hay en las administraciones ,que no pegan chapa sin pasar ningún examen o oposición,simplemente de libre disposición o cargos de confianza (de que verán como roban a manos llenas y se callarán )de las C.C.A.A ,diputaciones y empresas públicas,senado y congreso ,todas ellas puestas a dedo de todos sabemos quien,sí de toda esa gente ,que ilusa ella piensa que vivimos en una democracia ( poder del pueblo),cuando sufrimos una dictadura económica ,que ellos llaman libre mercado (nunca ser libre a sido ser más esclavo),una aristocracia que consiguió el poder con el derramamiento de sangre de una guerra civil (en las cuales la victimas son de los 2 bandos los que lucharon por un mundo mejor y más justo y los que fueron engañados de que luchaban por un mundo más justo),y una partidocracia que directamente nos considera imbéciles ,y la verdad es que por más de 30 años se lo hemos ratificado,¿entonces de que nos quejamos ahora?,las injusticía,los chanchulos y mamoneo viene de hace más de 3 décadas ,¿y ahora nos quejamos de que las empresas echan a gente sin motivos,teniendo beneficios,de que los políticos roban ,de que las cúpulas de las empresas públicas son un nido de inútiles vagos puestos a dedo por ser lo que son ,amigos/familiares de políticos? y perdón por salirme del tema pero es que todo esta conectado.

Salud.
Es una putada sí, pero si tengo una empresa con 20 trabajadores y pasado un tiempo la modernizo y me sobran 5, los echaría.
Si modernizas una empresa ,por ejemplo con maquinaría más eficiente ,obviamente te hará falta menos personal,o el mismo trabajando menos horas,como producirías más por trabajador podrías pagarle el mismo sueldo,trabajando menos horas,ese trabajador al trabajar menos horas ,podría gastarlo en estar más con sus hijos,en salir fuera y consumir,subiendo el consumo,y como sube el consumo,las empresas tendrían que producir más,y contratar a mas gente,haciendo que la economía crezca hasta el infinito,¿es esto posible ? ,NO,no es posible un crecimiento infinito,no hay recursos suficientes,pero si es posible una economía mas sostenible,en las cuales no prime enriquecer absurdamente a los empresarios,tampoco digo que tenga que morirse de hambre,pero si investigáis un poco ,las empresas más grandes del planeta aparte de asfixiar a las medianas y pequeñas ,por que su fin es conseguir el monopolio de la producción ,y no la repartición de la riqueza (y esto no significa que todos cobremos lo mismo,significa cobrar por lo que producimos,teniendo en cuenta los margenes para pagar la materia prima ,la inversión inicial,la inversión en mejoras,impuestos,Seguridad Social,y un sueldo más que digno para el que arriesgado el capital inicial ),pero lo que no se puede sostener es el sistema actual,no puede haber el 99% de la riqueza mundial en manos de unos pocos,mientras cientos de millones se mueren de hambre,es absurdo,esta gente llega a amasar tanta riqueza que es imposible gastarla,si no es convirtiéndola en metálico (cosa imposible ) y pagando las cosas mas banales con una inflación de un mínimo del 1.000%,en serio estáis de acuerdo con esto ,que no estamos hablando de una empresa pequeña o mediana,estamos hablando de una empresa que lleva enriqueciendose a costa de sus trabajadores décadas ,que les han dado su trabajo ,por un valor menor de lo producido,y que ahora les abandona ,en vez de solidarizarse con ellos y sacar los millones que han amasado gracias a la obra sobre-presupuestada pública y que guardan en islas caribeñas y en países de picos nevados.


Salud.
jachacho escribió:El hecho es que no hay trabajo, y tener a mas de 1000 personas sin hacer nada solo se lo puede permitir la administración, de momento y mirad como les va. Algun caso ya he visto de gente que lleva 90 dias de vacaciones.

¿O es que a alguien le parece normal pagar a 1000 personas por no trabajar?

Saludos.


Esto es radicalmente falso. En el caso del sector del metal, donde yo trabajo, en los últimos meses se están dando unas sobrecargas de trabajo y de horarios simplemente brutales. La gente llega hecha mierda a casa, te tiras en el sofá y ya no tienes fuerzas para moverte en todo el puto día de lo que te han exprimido. Las lesiones músculo-esqueléticas que ya eran una plaga ahora se van a multiplicar por cien, porque, simplemente, se está sobreexplotando a los que aún tenemos trabajo. Se despide gente a miles y se pretende sacar las mismas producciones con mucha menos plantilla. Esto solo puede llevar a que en breve plazo la sanidad va a estar colapsada y los datos de bajas laborales se van a disparar. Con la excusa de la competitividad se están dando unos abusos bestiales aprovechando el miedo generalizado existente entre la población.

¡Ah, que para eso se han sacado de la manga una ley con la que pueden despedir a discrección a los que se cojan bajas! Pues de puta madre, oye. Primero nos van a exprimir el 1000% y luego nos van a dejar en la puta calle, con una indemnización de mierda y con el cuerpo jodido de por vida. Ya nos sustituirán por jóvenes que aún estén sin usar y sin romper. Qué de puta madre todo. Qué ascazo y qué ganas de que reviente el mundo y se vaya a la mierda de una jodida vez.

Pues no estoy de acuerdo en absoluto. Si hay menos trabajo, lo lógico es TRABAJAR MENOS. Cobrar menos también, lógicamente, pero en lugar de currar 8 horas, currar 6. Y con las que sobren se generan más puestos de trabajo. El trabajo que hay, que se reparta. Sin embargo, en el sistema esquizofrénico en que vivimos, la tendencia es justamente la contraria: como hay crisis y no hay trabajo, en lugar de repartirlo obligamos a lso que lo tienen a currar el doble por la mitad de salario. Así, si trabajan el doble, en lugar de sobrarnos 10 currelas nos sobrarán 20 y nos ahorramos una pasta. Muy guay todo.
seguro q es gente con unos sueldos de mas de 2000 € / mes q luego seran recontratados por 900 € / mes
katxan escribió:
raul_sanchez1 escribió:A pesar de las críticas, las organizaciones sindicales insisten en retomar las negociaciones con el objetivo de lograr "condiciones más justas" para los trabajadores que se vean afectados por el ERE.


De la noticia, me quedo con este dato. Que los vendeobreros de UGT y CCOO lo único que pretendan es rascar cuatro euros más de indemnización para los despidos en lugar de oponerse frontalmente a éstos cuando la viabilidad de la empresa no está en peligro (y a los 80 millonazos de beneficios me refiero) es para hinchar a ostias a estos hijos de puta.
En enero en mi empresa, con 350 currelas y 4 millones de euros de beneficios el año anterior (vamos, una situación muy similar, pero a escala menor), quisieron echar a 50 trabajadores y nos pusimos en huelga durante un mes entero. No para que les pagasen cuatro perras más, sino para intentar impedir ni un solo despido. Al final no lo conseguimos, por culpa de ese 20% de esquiroles hijos de puta que consiguieron sacar la producción más acuciante y de la que estaba más pillada la empresa, pero cinco días más que hubiéramos aguantado o un 5% menos de hijos de puta comepollas currando en lugar de hacer huelga y les obligamos a pasar por el aro como hay dios.

Al final fue derrota, pero con la cabeza bien alta. Finalmente fueron 38 los despedidos y el resto desde entonces vivimos en un puto campo de concentración donde se han duplicado los encargados latigueros y la carga de trabajo se ha multiplicado también, dando como resultado que todo dios está jodido con diversas lesiones músculo-esqueléticas... pero ni dios se atreve a cogerse una baja porque ahora como te pueden despedir con cualquier excusa...

Señores de UGT y CCOO, ustedes no deberían estar para mendigar más indemnizaciones, sino luchar para que todo dios conservase sus puestos de trabajo. Sois unos putos chupópteros y unos vendidos de mierda, que lo sepais. Y gran parte de la culpa de la destrucción de derechos que vivimos es vuestra, por actuar desde los años 80 como un dique de contención y anestesia para las reivindicaciones obreras a cambido de jugosas subvenciones y un trampolín para que vuestros cuadros dirigentes den el salto a la política. Bastardos. No teneis otro nombre.


En mi curro (empresa pública) lo de CCOO ya es de traca.. nos aumentan las horas más que a los funcionarios por una interpretación concreta de la ley foral y los de CCOO se posicionan con la patronal en la misma lectura!! Yendo en contra del resto del comité.. con dos cojones. Y cuando han visto la que les iba a caer por no intentar al menos lucharlo va y dan un giro de 180 grados y ahora dicen que van a denunciar el aumento de horas... cuando ya hay una denuncia del comité a la que no han querido adherirse...

Pero bueno, yo hace años que digo que CCOO y UGT no son sindicatos. Son cooperativas de trabajadores y como tal su espíritu de lucha y de defensa de los derechos de los trabajadores es nulo. Sólo aspiran a ganar las siguientes elecciones sindicales, tener más representación para colgarse medallas en sus negociaciones y tener más subvenciones directas o indirectas a través de la formación..

Lo de promover VPOs ya fue la gota que colmo el vaso.. ale, vamos a dar VPOs a nuestros afiliados.. increíble...

Animo Katxan!!
briefer escribió:
subsonic escribió:¿ya te lo han dicho? Ya lo siento compañero.


Gracias. Afortunadamente, el comité de empresa ha conseguido negociar unas condiciones justas (comparado con otras empresas), y la indemnización de los 7 años que me corresponde - gracias a que no tengo ni familia ni hipoteca - me va a permitir empezar desde cero fuera de España.

Me voy antes de que esto reviente del todo.

Me parece que ya somos unos cuantos los que hemos tomado esa decisión de hacer las maletas, porque visto lo visto aqui no hacemos nada.
katxan escribió:De la noticia, me quedo con este dato. Que los vendeobreros de UGT y CCOO lo único que pretendan es rascar cuatro euros más de indemnización para los despidos en lugar de oponerse frontalmente a éstos cuando la viabilidad de la empresa no está en peligro (y a los 80 millonazos de beneficios me refiero) es para hinchar a ostias a estos hijos de puta.
En enero en mi empresa, con 350 currelas y 4 millones de euros de beneficios el año anterior (vamos, una situación muy similar, pero a escala menor), quisieron echar a 50 trabajadores y nos pusimos en huelga durante un mes entero. No para que les pagasen cuatro perras más, sino para intentar impedir ni un solo despido. Al final no lo conseguimos, por culpa de ese 20% de esquiroles hijos de puta que consiguieron sacar la producción más acuciante y de la que estaba más pillada la empresa, pero cinco días más que hubiéramos aguantado o un 5% menos de hijos de puta comepollas currando en lugar de hacer huelga y les obligamos a pasar por el aro como hay dios.

Al final fue derrota, pero con la cabeza bien alta. Finalmente fueron 38 los despedidos y el resto desde entonces vivimos en un puto campo de concentración donde se han duplicado los encargados latigueros y la carga de trabajo se ha multiplicado también, dando como resultado que todo dios está jodido con diversas lesiones músculo-esqueléticas... pero ni dios se atreve a cogerse una baja porque ahora como te pueden despedir con cualquier excusa...

Señores de UGT y CCOO, ustedes no deberían estar para mendigar más indemnizaciones, sino luchar para que todo dios conservase sus puestos de trabajo. Sois unos putos chupópteros y unos vendidos de mierda, que lo sepais. Y gran parte de la culpa de la destrucción de derechos que vivimos es vuestra, por actuar desde los años 80 como un dique de contención y anestesia para las reivindicaciones obreras a cambido de jugosas subvenciones y un trampolín para que vuestros cuadros dirigentes den el salto a la política. Bastardos. No teneis otro nombre.


Así que de una noticia en la que se habla de que una empresa privada va ha hacer un ERE aún teniendo beneficios y amparándose en una ley de mierda pensada por y para los grandes capitales te quedas con que los culpables son los sindicatos (O grandes culpables)
A) Ole, ole y ole...
B) ¿Estas afiliado? Si estas afiliado ¿lo has comentado con la gente de tu sección sindical para ver si te podían comentar algún dato mas?
SuperTolkien está baneado por "utilizar clon para saltarse baneo de subforo"
Espero que llegue el dia que todos estos hijos de puta mueran apaleados por una marabunta social.
Trabajé en una empresa que les prestó servicio de mantenimiento en una de las oficinas de una provincia de Andalucía. Nos largaron para meter una empresa del mismo grupo por la siguiente razón (frase del jefe de la oficina en persona)

La empresa XXXX que es del grupo acciona, no se come una rosca y como han perdido trabajo a tutiplén, pues han decidido que el servicio de las oficinas de acciona lo lleven ellos, ya veremos cuanto duran.
Rauel está baneado por "clon de usuario baneado"
las empresas juegan en otra liga.
Lo que nosotros vemos como beneficio ellas lo ven como perdida, entiendase , lo que no han ganado y podrian haber ...

Pese a ganar, por ejemplo 500 Mill de € limpios ellos ven perdidas , porque segun sus objetivos anuales debian de haber ganado 900 Mill de euros.

Les pasa a TODAS las grandes. CI, inditex, Mercadona, Repsol, Bancos ... y la mayoria de ellas hacen ERES encubiertos sin ruido. Al menos acciona dá la cara. No como Muchas cajas, mercadona, Inditex o repsol ....
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