Gurlukovich escribió:¿Y de qué se quejan, de ganar mucho y trabajar poco?
Jean_Valjean escribió:Gurlukovich escribió:¿Y de qué se quejan, de ganar mucho y trabajar poco?
Si los docentes viven tan bien ya sabes a lo que te tienes que dedicar.
Sobre la noticia en sí: ¿Tienes algo que opinar?
Gurlukovich escribió:¿Y de qué se quejan, de ganar mucho y trabajar poco?
Manint escribió:Gurlukovich escribió:¿Y de qué se quejan, de ganar mucho y trabajar poco?
La jornada media de un maestro son 35 horas semanales a las que se puede sumar de 5 a 10 horas más que no están recogidas como jornada laboral y los docentes emplean como preparación. El salario medio ronda los 1.800-2.000€/mes BRUTOS.
Pero bueno, tus respuestas son siempre de trollaso, así que no sé si merece la pena.
Gurlukovich escribió:¿Y de qué se quejan, de ganar mucho y trabajar poco?
sadistics escribió:Manint escribió:Gurlukovich escribió:¿Y de qué se quejan, de ganar mucho y trabajar poco?
La jornada media de un maestro son 35 horas semanales a las que se puede sumar de 5 a 10 horas más que no están recogidas como jornada laboral y los docentes emplean como preparación. El salario medio ronda los 1.800-2.000€/mes BRUTOS.
Pero bueno, tus respuestas son siempre de trollaso, así que no sé si merece la pena.
oh no, es horrible
adidi escribió:Gurlukovich escribió:¿Y de qué se quejan, de ganar mucho y trabajar poco?
No tienes ni putisima idea de lo que hablas. Ni me voy a molestar en darte razones por las que se quejan.
Gurlukovich escribió:Jean_Valjean escribió:Gurlukovich escribió:¿Y de qué se quejan, de ganar mucho y trabajar poco?
Si los docentes viven tan bien ya sabes a lo que te tienes que dedicar.
Sobre la noticia en sí: ¿Tienes algo que opinar?
Que las Mosses eran sin duda las que peores condiciones laborales tenían en esa reunión. Aunque al menos tienen la autoridad de pegar un tiro al que no se comporte.
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Manint escribió:sadistics escribió:oh no, es horrible
Que no falte la estupidez obrera de ponerse la zancadilla.
Schwefelgelb escribió:La ley lo permite, si no gusta, la culpa es de los legisladores.
No es algo aislado, buena parte de las concentraciones de gente joven tienen infiltrados porque son dadas a acoger radicales. Lo de "son nazis" y "al fascismo no se le rebate, al fascismo se le destruye" algunos se lo toman literal, y luego vienen las sorpresas.
BeRReKà escribió:Schwefelgelb escribió:La ley lo permite, si no gusta, la culpa es de los legisladores.
No es algo aislado, buena parte de las concentraciones de gente joven tienen infiltrados porque son dadas a acoger radicales. Lo de "son nazis" y "al fascismo no se le rebate, al fascismo se le destruye" algunos se lo toman literal, y luego vienen las sorpresas.
Yo no lo tengo nada claro. Aquí se ha interpretado de forma un tanto libre... "recoger información sobre conflictividad laboral" no es lo mismo que infiltrarse de paisano en una asamblea sindical mintiendo sobre tu identidad. Hay un salto enorme entre ambas cosas. La ley ampara la recogida de información, pero no especifica que puedas acceder engañando a los participantes de una reunión privada.
Además, la Constitución protege explícitamente el derecho de reunión y la libertad sindical. Una asamblea para organizar una huelga está en el núcleo de esos derechos, y un decreto de estructura interna de la policía no puede estar por encima de la Constitución.
Si se lleva a juicio, no es evidente qué se va a resolver. Si los sindicatos presentan denuncia y se demuestra que era una operación ordenada institucionalmente y no una iniciativa de dos agentes, sí podría tener recorrido judicial.
Schwefelgelb escribió:BeRReKà escribió:Schwefelgelb escribió:La ley lo permite, si no gusta, la culpa es de los legisladores.
No es algo aislado, buena parte de las concentraciones de gente joven tienen infiltrados porque son dadas a acoger radicales. Lo de "son nazis" y "al fascismo no se le rebate, al fascismo se le destruye" algunos se lo toman literal, y luego vienen las sorpresas.
Yo no lo tengo nada claro. Aquí se ha interpretado de forma un tanto libre... "recoger información sobre conflictividad laboral" no es lo mismo que infiltrarse de paisano en una asamblea sindical mintiendo sobre tu identidad. Hay un salto enorme entre ambas cosas. La ley ampara la recogida de información, pero no especifica que puedas acceder engañando a los participantes de una reunión privada.
Además, la Constitución protege explícitamente el derecho de reunión y la libertad sindical. Una asamblea para organizar una huelga está en el núcleo de esos derechos, y un decreto de estructura interna de la policía no puede estar por encima de la Constitución.
Si se lleva a juicio, no es evidente qué se va a resolver. Si los sindicatos presentan denuncia y se demuestra que era una operación ordenada institucionalmente y no una iniciativa de dos agentes, sí podría tener recorrido judicial.
No sé cómo espiar impide el derecho de reunión o la libertad sindical.
Hay que recordar que la inteligencia no se rige por las mismas leyes que la policía convencional. Los servicios de inteligencia actuan cuando hay riesgo a la seguridad nacional, es decir, pueden actuar aunque no se sospeche delito. Y viceversa, no están obligados a actuar si observan un delito (más allá de lo que lo está un ciudadano cualquiera), si este no tiene que ver con la seguridad nacional.
Recorrido judicial puedo estar de acuerdo que tiene, porque evidentemente esto es mucho más laxo que las leyes que rigen a los agentes convencionales, y por ello requiere de mayor escrutinio. Pero vamos, con los precedentes de la CUP, no creo que tenga demasiado recorrido.
Schwefelgelb escribió:@Estwald es que como dije, las leyes para investigar delitos y para inteligencia son distintas. Si no gusta, pues a votar cambios. Ya se cambiaron hace unos años de hecho, antes eran todavía peores, y el CNI apenas tenía que responder ante el congreso.
¿Qué caso era, por cierto?
BeRReKà escribió:Schwefelgelb escribió:@Estwald es que como dije, las leyes para investigar delitos y para inteligencia son distintas. Si no gusta, pues a votar cambios. Ya se cambiaron hace unos años de hecho, antes eran todavía peores, y el CNI apenas tenía que responder ante el congreso.
¿Qué caso era, por cierto?
Estamos mezclando entidades.
Por un lado está el CNI está regulado por su propia ley orgánica, tiene un marco específico para operaciones encubiertas y responde ante una comisión del Congreso.
Por otro la CGINF de los Mossos (el protagonista de este hilo) es una comisaría dentro de la estructura policial autonómica. Tiene funciones de recogida de información, sí, pero no tiene el estatus legal de servicio de inteligencia ni el paraguas jurídico que eso implica.
Es decir, que no tiene las garantías de la policía convencional que exige base delictiva, ni tiene el marco legal específico que regula los servicios de inteligencia. Se ha querido dejar en tierra de nadie, es bastante turbio.
Schwefelgelb escribió:No sé cómo espiar impide el derecho de reunión o la libertad sindical.
Hay que recordar que la inteligencia no se rige por las mismas leyes que la policía convencional. Los servicios de inteligencia actuan cuando hay riesgo a la seguridad nacional, es decir, pueden actuar aunque no se sospeche delito. Y viceversa, no están obligados a actuar si observan un delito (más allá de lo que lo está un ciudadano cualquiera), si este no tiene que ver con la seguridad nacional.
Recorrido judicial puedo estar de acuerdo que tiene, porque evidentemente esto es mucho más laxo que las leyes que rigen a los agentes convencionales, y por ello requiere de mayor escrutinio. Pero vamos, con los precedentes de la CUP, no creo que tenga demasiado recorrido.
Esog Enaug escribió:Schwefelgelb escribió:No sé cómo espiar impide el derecho de reunión o la libertad sindical.
Hay que recordar que la inteligencia no se rige por las mismas leyes que la policía convencional. Los servicios de inteligencia actuan cuando hay riesgo a la seguridad nacional, es decir, pueden actuar aunque no se sospeche delito. Y viceversa, no están obligados a actuar si observan un delito (más allá de lo que lo está un ciudadano cualquiera), si este no tiene que ver con la seguridad nacional.
Recorrido judicial puedo estar de acuerdo que tiene, porque evidentemente esto es mucho más laxo que las leyes que rigen a los agentes convencionales, y por ello requiere de mayor escrutinio. Pero vamos, con los precedentes de la CUP, no creo que tenga demasiado recorrido.
Una asamblea sindical NO es una amenaza a la seguridad nacional. Pedir mejoras laborales o insistir en que se respeten tus derechos no amenaza al estado.
Jodidos estamos si hay que recordarlo.
Schwefelgelb escribió:Esog Enaug escribió:Schwefelgelb escribió:No sé cómo espiar impide el derecho de reunión o la libertad sindical.
Hay que recordar que la inteligencia no se rige por las mismas leyes que la policía convencional. Los servicios de inteligencia actuan cuando hay riesgo a la seguridad nacional, es decir, pueden actuar aunque no se sospeche delito. Y viceversa, no están obligados a actuar si observan un delito (más allá de lo que lo está un ciudadano cualquiera), si este no tiene que ver con la seguridad nacional.
Recorrido judicial puedo estar de acuerdo que tiene, porque evidentemente esto es mucho más laxo que las leyes que rigen a los agentes convencionales, y por ello requiere de mayor escrutinio. Pero vamos, con los precedentes de la CUP, no creo que tenga demasiado recorrido.
Una asamblea sindical NO es una amenaza a la seguridad nacional. Pedir mejoras laborales o insistir en que se respeten tus derechos no amenaza al estado.
Jodidos estamos si hay que recordarlo.
Eso lo tendrán que determinar los jueces.
Interior admite el "error" en la infiltración de dos 'mossos' en una asamblea docente y abre una investigación, pero los socios de Illa piden el cese de Trapero
Tensa comparecencia de la consejera de Interior de la Generalitat, Núria Parlon, y del director general de la Policía, Josep LluísTrapero, en el Parlament por la infiltración de dos agentes de los Mossos en una asamblea docente. Una fuerte polémica que ha llevado a ambos a admitir el "error" en la actuación de las agentes, a "pedir disculpas" a los sindicatos y anunciar la apertura de una investigación interna y "reservada" sobre lo sucedido, además de cambios en la normativa. Anuncios que no han aminorado las críticas de la oposición y de los partidos que apoyaron la investidura de Salvador Illa, ya que ERC y los Comunes -además de Junts y la CUP- se han reafirmado y han vuelto a exigir le cese del responsable del cuerpo.
La responsable de Interior ha encargado al comisario jefe de Mossos d'Esquadra, Miquel Esquius, y al director general de la Policía la "revisión formal del procedimiento" llevado a cabo por la Dirección General de Información en el marco de una asamblea de docente previa a la huelga del 12 de mayo. En concreto, se abrirá una información reservada para esclarecer los hechos;" un procedimiento que determinará si se dan los elementos necesarios "para abrir expediente", según aseguran en el Departamento de Interior de la Generalitat.
Tanto Parlon como Trapero han dicho desconocer el operativo que decidió la presencia de dos agentes en una asamblea de docentes y han tildado la infiltración de "error operativo grave" y de "maniobra mal planteada", "sin mala fe", pero errónea. "No es una decisión en el ámbito político, es operativa", ha repetido la titular de Interior desvinculándolo de la cúpula de Interior.
...
Schwefelgelb escribió:No hombre, eso no funciona así. Podrá gustar más o menos (a mí menos), pero quién interpreta lo que pone en la ley en un estado de derecho son los jueces y por supuesto que un juez tenga que dar su valoración no implica nada, eso iría contra la presunción de inocencia.
Esog Enaug escribió:Schwefelgelb escribió:No hombre, eso no funciona así. Podrá gustar más o menos (a mí menos), pero quién interpreta lo que pone en la ley en un estado de derecho son los jueces y por supuesto que un juez tenga que dar su valoración no implica nada, eso iría contra la presunción de inocencia.
Te equivocas. El derecho a la sindicación es un derecho fundamental, por encima de, por ejemplo, el derecho a la propiedad privada o al deber de defender al estado. Atentar contra un derecho fundamental siempre debe ir respaldado por una decisión judicial. El derecho a la huelga y a sindicarse no se pueden suspender ni en caso de guerra.
Pero no me creas, solo tienes que leerte el título I de la constitución, y no entero.
¿Que no se va a juzgar al responsable? No tengo dudas. Quizás Trapero pague el pato, o no. Es indignante. como trabajador, que se trate como potenciales delincuentes a quien solo ejerce un derecho fundamental.
En realidad sí de les puede regular de forma distinta a funcionarios.
La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos.
[/quote]Gurlukovich escribió:En realidad sí de les puede regular de forma distinta a funcionarios.
La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos.
De hecho se les prohíbe a jueces y fiscales por ley sindicarse.
Gurlukovich escribió:Por otra parte estará por encima del derecho a la propiedad en la constitución, pero no por encima del derecho a recibir una educación, que es lo que se está dejando de lado en una huelga de maestros. Razón por la que probablemente puedieran ser restringidas incluso sin ley a tal efecto