LLioncurt escribió:Según tu razonamiento ¿cuantas menos preguntas tiene el examen, más fácil es?
Porque lo que no tienes en cuenta en tus cálculos es que al quitar 2 preguntas, también será más difícil obtener el mismo número de aciertos.
Y dale...
¿En algún momento he dicho yo nada de "más fácil" (o difícil)?????
A ver si nos enteramos ya: eso es I-RRE-LE-VAN-TE. Diría que hasta anecdótico.
Aquí lo que importa es: hay una cosa que se llama "Principio de Igualdad" (y no estoy hablando de feminismo...) que junto con el de Mérito y el de Capacidad, presiden este tipo de procesos, según el art.23.2 de la Constitución.
En este examen... ¿ha sido vulnerado, sí o no? PUN-TO.
Mis argumentos para decir que SÍ lo ha sido: DOS exámenes DIFERENTES, que POR DEFINICIÓN... en mi pueblo ya suponen condiciones DIFERENTES (de nuevo: obsérvese como no digo nada de "más fácil/difícil". Digo DIFERENTES). Con lo cual... si hay condiciones DIFERENTES... ¿puede haber IGUALDAD de condiciones?
Posteriormente... corroboro mi argumento anterior con cómo han impugnado preguntas para unos sí... y para otros NO. En mi pueblo: más DESigualdad. Lo que implica que el valor (positivo o negativo) de cada pregunta... no será EL MISMO para TODOS los aspirantes. (Y que para unos aspirantes su examen será de 30 preguntas... y para los otros, de 28 -tras las 2 impugnadas)
Además... este hecho provocará que aspirantes con EL MISMO nº de aciertos-errores... tengan notas diferentes. Incluso, como he demostrado... se dará el caso de que un aspirante de la mañana con (por ejemplo) 15 aciertos y
10 errores estará SUSPENSO, mientras que uno de la tarde con 15 aciertos y
11 errores... pasará el corte. En mi pueblo: más DESigualdad.
Y además... como dé la "casualidad" de que los porcentajes de aprobados (o de "buenas notas", o de...) sean "sustancialmente" diferentes entre ambos turnos (que a ver quién es el guapo que pone el límite CONCRETO para decir "esto sí es 'sustancial', y esto no lo es" -¿el juez, supongo? ¿en base a qué critero objetivo e irrefutable?-) pues ya será EL ACABOSE (como en el caso de Carmen -enlace en el primer post-, y que dió lugar "contra todo pronóstico" a una victoria en los Tribunales, incluido el Supremo -que si no me equivoco, sienta jurisprudencia-)
supermuto escribió:Creo que lo que dice, es que se vulnera el "principio de igualdad", ya que los exámenes, no son iguales. Literalmente, es un hecho. Otro asunto es a lo que exactamente, se refiera el principio de igualdad en la legislación (no sólo ceñirse a un renglón de la CE) y cómo se articule al completo, cosa que, sin tener puta idea, intuyo más complejo de lo que él plantea.
EEEEEEEEEEEEEEEEEEEXACTAMENTE!!!!!!!
Por ESO estoy pidiendo que algún licenciado/experto en Derecho, abogado, juez o como queráis llamarlo... me diga si con lo que sabemos hasta ahora ya se puede decir "SÍ, ya es suficiente como para ver que CLARAMENTE se ha vulnerado el Principio de Igualdad"... o "NO, es condición
sine qua non que se produzca esa diferencia de porcentajes entre ambos turnos, y con esa sentencia del Supremo delante... vamos p'alante sí o sí"
Quintiliano escribió:El examen tipo test, si está bien planteado, se supone que es una "prueba objetiva" y que tiende a medir los conocimientos de una persona en una materia concreta. Hay que examinar por lo tanto si el examen se ciñe a los temas que se preguntan; si las preguntas están bien formuladas; si la respuesta considerada correcta lo es de verdad, etc.
Por lo demás, la igualdad es un ideal que se debe perseguir siempre, pero es inevitable que un examen A le pueda resultar más fácil o más difícil a una persona, que un examen B considerado equivalente.
Un mismo sujeto se puede presentar a un examen similar en días alternos y obtener resultados diferentes.
No nos olvidemos de que estamos hablando de oposiciones. Y las oposiciones -dijo una vez Gregorio Marañón- "son el espectáculo más sangriento que hay en España, después de los toros".
Correcto. Pero vuelvo a insistir: la subjetividad de "fácil/difícil" en mi opinión es irrelevante aquí. Incluso anecdótica. Y por eso yo NO la he usado nunca en mi argumentación.
Te pregunté que qué opinas de que al haber impugnado preguntas para unos sí y para otros NO (porque eran exámenes DIFERENTES)... eso implica que el valor (positivo o negativo) de cada pregunta... no será EL MISMO para TODOS los aspirantes (Y que el examen, ya diferente de por sí para unos y otros... pues encima para unos es sobre 30 preguntas, y para otros sobre 28, tras haberse impugnado 2 para unos sí... pero para otros NO). Lo cual provocará que aspirantes con EL MISMO nº de aciertos-errores... tengan notas diferentes. Incluso, como he demostrado... se dará el caso de que un aspirante de la mañana con (por ejemplo) 15 aciertos y
10 errores estará SUSPENSO, mientras que uno de la tarde con 15 aciertos y
11 errores... pasará el corte. (Y
ojo, porque... alguien dirá "¿y qué más da? Ninguno de los dos pillará plaza". Ya, pero es que... aprobar da puntos para la siguiente convocatoria. O sea, que EXISTE diferencia concreta entre suspender y aprobar. No solo están en juego las plazas...)
Si todo eso vulnera el Principio de Igualdad de condiciones (que dicta que dichas condiciones han de ser LAS MISMAS para TODOS)... O NO.