Me multara la inmobiliaria si me voy de mi piso de alquiler en esta fecha?

Buenos días compañeros,

Llevo 11 meses de alquiler en un piso, y mi pregunta es

Si me voy por ejemplo en marzo del 2020 avisando con 30 días de antelacion debo pagar la indemnización correspondiente?

El contrato es de 1 año prorrogable

En diciembre cumplo un año, una vez cumplido ese año ya no pagare indemnización? O si me voy en marzo del 2020 aunque haya cumplido ya el año deberé pagar la multa calculando de marzo a diciembre?
Si tu contrato no pone nada, a partir de los 6 meses te puedes ir cuando quieras (con el preaviso).
Si tu contrato pone indemnización, el máximo es una mensualidad por año que quede de contrato.

En tu caso te irás habiendo pasado el año con lo que no hay indemnización
martuka_pzm escribió:Si tu contrato no pone nada, a partir de los 6 meses te puedes ir cuando quieras (con el preaviso).
Si tu contrato pone indemnización, el máximo es una mensualidad por año que quede de contrato.

En tu caso te irás habiendo pasado el año con lo que no hay indemnización


Correcto.

Y añado: quien te "multa" no es la inmobiliaria, que en todo caso lo que hace es indicarle al propietario lo que indica el contrato que has firmado, y él/ella es quien aplica la penalización que corresponda.

La inmobiliarias no son (somos, yo tengo una) entes supremos que tenemos siempre la razón...
Puedes irte al cumplir cada año de contrato, haciendo el preaviso establecido en la ley.

Consulta la Ley de Arrendamientos Urbanos que es la que regula esto:

https://www.boe.es/eli/es/l/1994/11/24/29/con
Yo me fui de la última que estuve d alquiler a los 9 meses. Avisando con 30 días de antelación. Sin problema, ya que el contrato no indicaba nada y por ley a partir del 6to mes te puedes ir, avisando previamente.
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