El Supremo dictamina que no se pueden republicar fotografías subidas a Facebook sin permiso

Una persona puede publicar abiertamente una fotografía en su perfil de Facebook, pero si un periódico quiere utilizarla en sus páginas deberá pedir el debido permiso al ciudadano retratado en dicha imagen. Así lo ha establecido la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en una sentencia dictada en contra del diario La Opinión de Zamora, que deberá pagar una indemnización de 15.000 euros a un hombre cuya fotografía obtuvo de la red social para ilustrar una noticia protagonizada por el demandante, herido por su hermano con un arma de fuego.

Los hechos no son precisamente novedosos, puesto que el origen de la demanda se remonta al 8 de julio de 2013. Según ha apreciado el tribunal, la publicación de la fotografía dañó la imagen de afectado y supuso una intromisión ilegítima en su derecho a la propia imagen. En este sentido la sentencia recoge una serie de apreciaciones que pueden ser importantes de cara a casos parecidos:

Que en la cuenta abierta en una red social en Internet, el titular del perfil haya “subido” una fotografía suya que sea accesible al público en general, no autoriza a un tercero a reproducirla en un medio de comunicación sin el consentimiento del titular, porque tal actuación no puede considerarse una consecuencia natural del carácter accesible de los datos e imágenes en un perfil público de una red social en Internet. [...]

El consentimiento del titular de la imagen para que el público en general, o un determinado número de personas, pueda ver su fotografía en un blog o en una cuenta abierta en la web de una red social no conlleva la autorización para hacer uso de esa fotografía y publicarla o divulgarla de una forma distinta. [...]

Tener una cuenta o perfil en una red social en Internet, en la que cualquier persona puede acceder a la fotografía del titular de esa cuenta, supone que el acceso a esa fotografía por parte de terceros es lícito, pues está autorizada por el titular de la imagen. Supone incluso que el titular de la cuenta no puede formular reclamación contra la empresa que presta los servicios de la plataforma electrónica donde opera la red social porque un tercero haya accedido a esa fotografía cuyo acceso, valga la redundancia, era público. Pero no supone que quede excluida del ámbito protegido por el derecho a la propia imagen la facultad de impedir la publicación de su imagen por parte de terceros, que siguen necesitando del consentimiento expreso del titular para poder publicar su imagen.

Según señala el magistrado Rafael Sarazá, ponente de la sentencia, el diario no incurrió "en ninguna extralimitación morbosa" con la utilización de la imagen. Por este motivo la indemnización se ha reducido a la mitad con respecto a lo establecido inicialmente por el Juzgado de Primera Instancia de Bilbao y la Audiencia de Bizkaia. Asimismo, y puesto que Zamora es una localidad relativamente reducida, se estima que la publicación de la fotografía no aumentó de forma significativa el conocimiento de los hechos.

Además de a una sanción económica, el dictamen condena a La Opinión de Zamora a no volver a publicar la fotografía en cuestión y a eliminarla de los ejemplares que pueda haber en sus archivos. Esta sanción deberá ser examinada cuidadosamente por otras publicaciones, y es que el uso de fotografías procedentes de Facebook para ilustrar contenidos informativos está ampliamente extendido en las redacciones.

Fuente: Consejo General del Poder Judicial
No es peor que lo del tabaco poniendo a personas no fumadoras enfermas en las cajetillas como le paso a un paisano Gallego, son unos cracks.

Bien por tribunal supremo, es algo de cajón, pero en este país mejor dejar claras las cosas que luego pasa lo que pasa.
es de cajon, pero bueno... la cara de algunos es tremenda.
El supremo la desestima seguro, las imágenes que subes a Facebook son propiedad de ... Facebook. Otra cosa es como se interprete la ley, pero imagino que el supremo pondrá las cosas en su sitio. También entiendo que un perfil abierto no será lo mismo que un privado ni tendrá la misma categoría. Esto de las imágenes en internet es muy curioso, de cualquier manera los medios siempre usan youtube, facebook y similares y solo pagarán a los que alojan
mamideck escribió:El supremo la desestima seguro, las imágenes que subes a Facebook son propiedad de ... Facebook. Otra cosa es como se interprete la ley, pero imagino que el supremo pondrá las cosas en su sitio. También entiendo que un perfil abierto no será lo mismo que un privado ni tendrá la misma categoría. Esto de las imágenes en internet es muy curioso, de cualquier manera los medios siempre usan youtube, facebook y similares y solo pagarán a los que alojan


Es el Tribunal Supremo quien ha dictado sentencia...así que no creo que se contradigan ellos mismos...
eR_pOty está baneado por "GAME OVER"
Este es asi desde tiempos inmemoriables, si yo publico mi foto lo hago yo , no da derecho a que la difundan los demas. es como si cojo una foto de gentEOL y la voy poniendo por ahi...ojo , la cosa cambia si se trata de un personaje publico/famoso diria yo

Tambien es otra cosa que en internet cada uno haga lo que le salga de las pelotas y luego no pase nada
Me alegra la sentencia, pero la gente debería ser más responsable cuando comparte fotos, ya sean suyas o de sus hijos menores. No creo que la mayoría sea consciente de que significa subir fotos a una red social.
paco_man escribió:Y los famosos?



Existe jurisprudencia y legislacion al respecto sobre personas que sean cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública, que si permite el uso de fotografias aunque no se de permiso explicito para ello.

contratamente se habla de ello en el articulo 8.2 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 82.html#a8


Asi que ya sabes, si te haces famoso olvidate de tu intimidad, pues asi esta legislado. Ahora bien ya se sabe que las leyes son una guia y que quien las intreprentan son los jueces, asi que aunque el el 99% de las ocasiones que se fotografia o se coge la foto de un famoso de sus redes sociales y este denuncia, se termina por archivar. Hay otro 1% de casos en los que los jueces interpretan la ley de otra forma.
Benzo escribió:Me alegra la sentencia, pero la gente debería ser más responsable cuando comparte fotos, ya sean suyas o de sus hijos menores. No creo que la mayoría sea consciente de que significa subir fotos a una red social.
pienso exactamente igual
mamideck escribió:El supremo la desestima seguro, las imágenes que subes a Facebook son propiedad de ... Facebook. Otra cosa es como se interprete la ley, pero imagino que el supremo pondrá las cosas en su sitio. También entiendo que un perfil abierto no será lo mismo que un privado ni tendrá la misma categoría. Esto de las imágenes en internet es muy curioso, de cualquier manera los medios siempre usan youtube, facebook y similares y solo pagarán a los que alojan


Son propiedad de facebook segun las claúsulas de facebook. Pero hay un principio del derecho latino que las empresas americanas se pasan por el forro de los .... porque alli no existe: Las clausulas abusivas no son vinculantes. Esto es asi para proteger a la parte mas débil en una negociacion o contrato. Esto esta a la orden del dia con las clausulas suelo, los contratos laborales, con las modificaciones unilaterales de contrato de telecomunaciones y por supuesto con todas estas empresas que mandan condiciones de servicio de 500 paginas y no ofrecen datos de contacto en España.
Benzo escribió:Me alegra la sentencia, pero la gente debería ser más responsable cuando comparte fotos, ya sean suyas o de sus hijos menores. No creo que la mayoría sea consciente de que significa subir fotos a una red social.


Opino lo mismo
Pero esto debería ser así saques de donde saques la foto. No sólo de Facebook.
Todo el mundo sabe lo que sucede cuando se pone o se sube fotos a internet
sonic boom escribió:
Benzo escribió:Me alegra la sentencia, pero la gente debería ser más responsable cuando comparte fotos, ya sean suyas o de sus hijos menores. No creo que la mayoría sea consciente de que significa subir fotos a una red social.
pienso exactamente igual

Totalmente de acuerdo, pero estas noticias no están mal para recordarnos la realidad del mundo en el que vivimos.
Lógicamente. Mis fotos en FB y vídeos son públicos en la web donde los haga públicos, no en otra parte. Si encima alguien se lucra con el uso de una imagen mía publicándola en un medio de comunicación que no es el propio, pues doble problema.

Esto me recuerda al caso de los que suben a facebook una captura de un tweet que es un robo de tumblr que es un robo de reddit que lo robó de deviantart y que el autor no se lleva visitas ni kudos pero el facebook tiene +X millones de visitas en la página de, digámoslo claramente, CABRONAZI.
Benzo escribió:Me alegra la sentencia, pero la gente debería ser más responsable cuando comparte fotos, ya sean suyas o de sus hijos menores. No creo que la mayoría sea consciente de que significa subir fotos a una red social.



La gente está muy flipada con el tema de Facebook. Publican y publican sin pensar en consecuencias.Sin ir más lejos se de gente que publica donde esta el finde completo para luego faltar el lunes a trabajar y decir que esta enfermo. Conclusión del tema... A la calle.

Si es que de donde no hay no se puede sacar.
me alegra la sentenecia y ole por el tribunal supremo
Es tan de cajón la sentencia que asusta.

Y a ver si lo entiende la gente, que tu publiques algo en una red social o en tu blog, web, en cualquier miedo. No significa que se pueda hacer con esa foto o ese algo lo que te dé la gana.

Pero si además a esto sumamos, que quienes piden cánones (ya que La Opinión de Zamora es de AEDE) por extractos de textos y enlazarlos, usan fotos sin permiso en una actividad lucrativa, además de demostrar una tremenda hipocresía y cinismo de no me toques lo mío, pero yo si puedo tocar lo tuyo, pués... aún peor.

Y todo esto anterior, cuando no tienen las santas pelotas, con perdón de coger una foto y atribuírsela dejando a su autor con dos palmos de narices y flipando, como no puede ser de otra forma.

Salu2
Me alegra leer esta noticia.
Normal. Tú le has dado a facebook permiso para distribuir la imagen. Pero sólo de lo has dado a ¡¡Facebook!! Por tanto, la Voz de Tordesillas, El País o el diario de turno no pueden distribuirla porque no tienen tu consentimiento explícito.
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