suskie escribió:A ver... Si quieres cobrar los dias que no trabajas entre empleo y empleo, estas en tu derecho de solicitar la prestacion, puedes inscribirte como demandante en cualquier momento previo a la solicitud,. A la empresa no le interesa si cobras o no cobras. Si te coincide la cita con un dia de trabajo puede ir alguien en tu nombre con una autorizacion sin problema.
Yo te recomiendo que cobres esos dias para alejar la posibiliad de que generes el derecho de opcion, que en el 90% de los casos es una gran putada.
Hazme caso, cobra esos pocos dias
alarme escribió:
Lo unico es lo de generar derecho de opción, sólo se genera ese derecho si trabajas 365 días ininterrumpidos, y dice que ha trabajado 2 meses en la anterior empresa. Así que en este caso no existe el derecho de opción.
suskie escribió:alarme escribió:
Lo unico es lo de generar derecho de opción, sólo se genera ese derecho si trabajas 365 días ininterrumpidos, y dice que ha trabajado 2 meses en la anterior empresa. Así que en este caso no existe el derecho de opción.
No es correcta esa afirmación.
El derecho de opción se genera cuando suspendes por colocación una prestación contributiva inicial y posteriormente trabajads 360 dias o más sin haber reanudado el cobro de la prestación entre media.
Ejemplo un poco exagerado:
Trabajo 6 años en una empresa, lo que me genera un paro de 2 años.
Empiezo a cobrar el paro, y al mes encuentro un nuevo empleo. Trabajo 1 mes y se me acaba el contrato. No reanudo la prestación porque quiero irma a la India a meditar. Me tiro 2 años meditando en la ïnida y vuelvo. Encuentro trabajo y me hacen un contrato de 11 meses. Se me acaba el contrato, voy al SEPE y me dirán que tengo el derecho de opción porque tengo 360 cotizados sin reanudaciones por el medio.
alarme escribió:Entonces son 360 días trabajados ininterrumpidos, y si han sido 360 días con pausas entre medias pero no has cobrado prestación en esas pausas...¿también tienes derecho de opción?
chabiske escribió:A ver si me aclaro.
Ahora mismo, me quedan 11 meses de paro.
Si no lo reaunudo y no lo pido para esta semana que he estado entre trabajo y trabajo, si trabajo en esta empresa por ejemplo 10 meses mas los 2 de la otra empresa, serían 12 meses ininterrumpidos (sin pedir prestación).
Iría al paro y me darian el derecho de opción de 11 meses o 4 de este ultimo año. ¿Es esto correcto?
Un saludo.
Zokormazo escribió:Mientras estas en paro con prestacion. ademas de cobrar cotizas. Yo ne apuntaria para esos nueve dias
chabiske escribió:Muchas gracias.
Entendido. Me darían a elegir los 11 o los 4. Eso me ha quedado claro.
chabiske escribió:Pero en el caso de que en este trabajo este 4 meses por ejemplo, ya no haría los 12 meses, por lo que al pedir la prestación no tendría derecho de opción no?
Me darían directamente los 11 meses. Es decir los 11 meses no se pierden no? Correcto?
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