Excedencia voluntaria...

Buenas, me gustaría saber si puedo coger una excedencia voluntaria para trabajar en otro sitio sin tener que justificarlo de alguna manera. Que pros y contras tendría?
Si reingreso al puesto de trabajo me conservan el mismo puesto, mismo sueldo, misma antiguedad, misma categoria, etc?

Gracias.
Por intereses particulares. Se concede con al menos un año de antigüedad, y no haber disfrutado de otra excedencia en los cuatro años previos. La duración de la excedencia es por un mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco años. Este tipo de excedencia no computa a efectos de antigüedad, cotizaciones o prestaciones sociales. En caso de vacante de igual o similar categoría, el trabajador excedente tiene un derecho preferencial a ocuparlo.

Esto incluye trabajar en otro sitio, la contra es que tienes preferencia al puesto, no reingreso automático, por lo que lo más seguro es que lo pierdas.
La mayoria de las veces, estas dudas se solucionan leyendo tu convenio. Dinos cual es, y te echamos un cable en buscarlo.
skyrim escribió:Buenas, me gustaría saber si puedo coger una excedencia voluntaria para trabajar en otro sitio sin tener que justificarlo de alguna manera. Que pros y contras tendría?
Si reingreso al puesto de trabajo me conservan el mismo puesto, mismo sueldo, misma antiguedad, misma categoria, etc?



Pros: pues que puedes trabajar en otro sitio.
Contras: que no están obligados a readmitirte cuando lo pidas, todo dependerá de si han amortizado tu plaza, o si la empresa tiene pérdidas y les sobra personal, o tienen ahora alguien que hace lo mismo que tu cobrando 1/3 menos. O sea, que puede ser que cuando quieras volver te digan que no y que te despidan, por lo que podrias cobrar el desempleo.
A lo que te han dicho sumale que segun convenio puedes tener restricciones adicionales. Por ejemplo en una empresa de informatica puede que no puedas cogerte excedencia para irte a currar a otra empresa del mismo sector.
aperitivo escribió:La mayoria de las veces, estas dudas se solucionan leyendo tu convenio. Dinos cual es, y te echamos un cable en buscarlo.


El convenio pone que se avise con 15 días y no puedes trabajar en otro centro que se rija por el mismo convenio.

suskie escribió:
skyrim escribió:Buenas, me gustaría saber si puedo coger una excedencia voluntaria para trabajar en otro sitio sin tener que justificarlo de alguna manera. Que pros y contras tendría?
Si reingreso al puesto de trabajo me conservan el mismo puesto, mismo sueldo, misma antiguedad, misma categoria, etc?



Pros: pues que puedes trabajar en otro sitio.
Contras: que no están obligados a readmitirte cuando lo pidas, todo dependerá de si han amortizado tu plaza, o si la empresa tiene pérdidas y les sobra personal, o tienen ahora alguien que hace lo mismo que tu cobrando 1/3 menos. O sea, que puede ser que cuando quieras volver te digan que no y que te despidan, por lo que podrias cobrar el desempleo.


Yo creía que si estaban obligados a readmitirte aunque no sea de forma inmediata...


He leído que el primer año te guarda el mismo puesto de trabajo?
Yo algo así lo hablaría con el jefe, diga lo que diga el convenio y aunque estuvieran obligados a readmitirte no creo que te salga muy a cuenta que te readmitieran a regañadientes.
Como curiosidad...
¿Si te despiden al querer volver se cobra la indemnización de los años trabajados?
1Saludo
skyrim escribió:[

Yo creía que si estaban obligados a readmitirte aunque no sea de forma inmediata...


He leído que el primer año te guarda el mismo puesto de trabajo?


No están obligados a readmitirte, te pueden despedir. Y a veces casi mejor. Yo conocí a un tipo que llevaba 3 años esperando que le readmitieran... sin cobrar, claro.
No te guardan el puesto de trabajo, solo en el caso de excedencia por maternidad, creo.
suskie escribió:
skyrim escribió:[

Yo creía que si estaban obligados a readmitirte aunque no sea de forma inmediata...


He leído que el primer año te guarda el mismo puesto de trabajo?


No están obligados a readmitirte, te pueden despedir. Y a veces casi mejor. Yo conocí a un tipo que llevaba 3 años esperando que le readmitieran... sin cobrar, claro.
No te guardan el puesto de trabajo, solo en el caso de excedencia por maternidad, creo.


Efectivamente. Solo tienen que readmitirte si hay una vacante para un puesto para el que estés cualificado. Si eres programador no pueden negarse a readmitirte si están contratando programadores. Pero si no tienen vacantes no tienen por qué.
redscare escribió:
suskie escribió:
skyrim escribió:[

Yo creía que si estaban obligados a readmitirte aunque no sea de forma inmediata...


He leído que el primer año te guarda el mismo puesto de trabajo?


No están obligados a readmitirte, te pueden despedir. Y a veces casi mejor. Yo conocí a un tipo que llevaba 3 años esperando que le readmitieran... sin cobrar, claro.
No te guardan el puesto de trabajo, solo en el caso de excedencia por maternidad, creo.


Efectivamente. Solo tienen que readmitirte si hay una vacante para un puesto para el que estés cualificado. Si eres programador no pueden negarse a readmitirte si están contratando programadores. Pero si no tienen vacantes no tienen por qué.


Y esto como se controla? Es decir, puedes tener una vacante de tu categoria y dársela a otro y a ti no decirte nada, no?
En mi trabajo muchos trabajadores se cogen excedencias de hasta 5 años para trabajar en otro sitio, después vuelven a su plaza fija y se reincorporan sin problema, tienen que trabajar un minimo para poder volverse a pedir una excedencia de nuevo, esto lo desconozco.
skyrim escribió:Y esto como se controla? Es decir, puedes tener una vacante de tu categoria y dársela a otro y a ti no decirte nada, no?

Si. Pero si tienen ofertas de curro publicadas es muy fácil pillarles y denunciar. Ahí depende de lo seria/pirata que sea la empresa.
12 respuestas