› Foros › Off-Topic › Miscelánea
La suavización de las trabas a la prejubilación en las grandes compañías es un cambio más que Empleo introdujo en el real decreto del 21 de diciembre último y que acompaña a la obligación de cotización del salario en especie (vales de comida o los seguros médicos).
A partir del 23 de diciembre pasado (fecha de entrada en vigor del citado real decreto) las empresas pertenecientes a grupos multinacionales que tengan pérdidas en España y beneficios en el exterior con más de 100 empleados en España e incluyan en sus expedientes de despido a mayores de 50 años, no estarán obligadas a abonar sus costes de cotización ni sus prestaciones por desempleo, como hasta ahora.
Hasta esa fecha, la ley incluía la citada penalización, siempre que “las empresas o el grupo de empresas del que formen parte hubieran tenido beneficios” en los dos ejercicios económicos anteriores al ERE; o en dos años consecutivos tomando como plazo el año anterior al despido colectivo y los cuatro siguientes.
La nueva modificación suaviza esta penalización a las multinacionales, al precisar que quedarán excluidas de costear el desempleo de sus mayores despedidos aquellas empresas que registren pérdidas en su actividad en España, aunque tengan beneficios como grupo corporativo a nivel mundial.
La norma ahora modificada obligaba a hacer las citadas aportaciones desde abril de 2011, y se popularizó entonces como la enmienda Telefónica, ya que se puso en marcha por primera vez por el Gobierno de Zapatero, después de que esa compañía anunciara un ERE del 20% de su plantilla cuando tenía fuertes beneficios en su cuenta agregada.
Esta norma ha experimentado varios cambios posteriores orientados a ampliar el número de empresas que asumieran este coste, para lo que el Ejecutivo de Mariano Rajoy redujo el tamaño de las compañías que serían penalizadas; además incorporó entre las obligadas a la compensación a aquellas que entraran en beneficios durante los cuatro años posteriores al ERE.
Gurlukovich escribió:Hay que verlo por el lado bueno, así las empresas españolas tienen un incentivo para internacionalizarse!
Aunque lo que no deberían es permitirse las prejubilaciones por el morro.
AngelCaido escribió:Gurlukovich escribió:Hay que verlo por el lado bueno, así las empresas españolas tienen un incentivo para internacionalizarse!
Aunque lo que no deberían es permitirse las prejubilaciones por el morro.
Claro, y asi facilitar los despidos encubiertos como en mi empresa cuando te llega una carta un dia, diciendo que te tienes que ir a Chile o Peru sin consultarte antes por poner un ejemplo.
Ah y sin dietas ni nada, tu sueldo como aqui.
Artículo 5. Concepto de grupo de empresas a efectos de las aportaciones económicas
por despidos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años en empresas con
beneficios.
Se añade un nuevo párrafo al final del apartado 1 de la disposición adicional
decimosexta de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y
modernización del sistema de Seguridad Social, en los siguientes términos:
«A los efectos previstos en esta disposición resultará de aplicación el concepto
de grupo de empresas establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio, si
bien para la determinación del resultado del ejercicio solo se tendrán en cuenta los
resultados obtenidos en España por las empresas que lo integren.»
redscare escribió:Disfruten lo votado!
Y gratis en este caso significa que lo pagamos todos los españoles... de las arcas de una Seguridad Social que apenas tiene dinero. A este paso van a quebrar el país, literalmente quebrarlo: bancarrota del Estado y las CCAA.
Zokormazo escribió:Segun la noticia, les quitan la penalizacion de costear la el desempleo de los mayores de 50 años. Donde dice algo de la prejubilacion? Siguen teniendo que pagar la indemnizacion y demostrarlo para poder prejubilar?
El titular habla de las prejubilaciones, el cuerpo de la noticia de los despidos colectivos de mayores de 50. En que quedamos?
las empresas pertenecientes a grupos multinacionales que tengan pérdidas en España y beneficios en el exterior con más de 100 empleados en España e incluyan en sus expedientes de despido a mayores de 50 años, no estarán obligadas a abonar sus costes de cotización ni sus prestaciones por desempleo, como hasta ahora.
minmaster escribió:Aparte de un titular existe una noticia con una fuente al lado que, si te molestas en leerla, dice claramente que:las empresas pertenecientes a grupos multinacionales que tengan pérdidas en España y beneficios en el exterior con más de 100 empleados en España e incluyan en sus expedientes de despido a mayores de 50 años, no estarán obligadas a abonar sus costes de cotización ni sus prestaciones por desempleo, como hasta ahora.
Es decir que a partir de ahora, con tener pérdidas en España, aunque tengas beneficios multimillonarios en el resto del mundo, podrás prejubilar a tus trabajadores y las cotizaciones y las prestaciones por desempleo las pagará el Estado no las empresas como hasta ahora en esas circunstancias.
Es decir en casos como el de Telefónica que prejubiló a más de 6.000 trabajadores, con argumentar pérdidas en España, no tendrán que poner un duro.
Lógicamente gratis, gratis no le sale a la empresa pero el Estado tendrá que hacerse cargo de todos los gastos de esas personas hasta su jubilación, y vuelvo a repetir que eso está aclarado en LA NOTICIA.
Zokormazo escribió:Eso es un despido colectivo de mayores de 50 años, no una prejubilacion. La jubilacion anticipada (lo que se conoce como prejubilacion) no es el despido de cualquier persona mayor a 50 años, tiene sus propias caracteristicas (con pension y todo).
Según informa esta mañana el diario Cinco Días, entre las modificaciones legislativas introducidas por el Real Decreto-ley 16/2013, se encuentra la que establece que las multinacionales que empleen a 100 o más trabajadores en España y planteen un ERE o prejubilen trabajadores invocando pérdidas en nuestro país aunque hayan obtenido beneficios a nivel global, no estarán obligadas a realizar la aportación equivalente a la prestación por desempleo de los trabajadores mayores de 50 años afectados por dichas medidas.
minmaster escribió:Zokormazo escribió:Eso es un despido colectivo de mayores de 50 años, no una prejubilacion. La jubilacion anticipada (lo que se conoce como prejubilacion) no es el despido de cualquier persona mayor a 50 años, tiene sus propias caracteristicas (con pension y todo).
Otra fuente:Según informa esta mañana el diario Cinco Días, entre las modificaciones legislativas introducidas por el Real Decreto-ley 16/2013, se encuentra la que establece que las multinacionales que empleen a 100 o más trabajadores en España y planteen un ERE o prejubilen trabajadores invocando pérdidas en nuestro país aunque hayan obtenido beneficios a nivel global, no estarán obligadas a realizar la aportación equivalente a la prestación por desempleo de los trabajadores mayores de 50 años afectados por dichas medidas.
Fuente: http://noticias.juridicas.com/actual/35 ... spana.html
Está aplicado a los dos, prejubilaciones y despidos. El titular no es falso.
Según informa esta mañana el diario Cinco Días ...
Zokormazo escribió:
Son dos cosas distintas, puesto que puedes ser prejubilado sin pasar por un ERE y ser un despedido mayor de 50 años por ERE sin tener prejubilacion.
El titular sigue siendo falso. Pero creo que por desconocimiento del redactor mas que por mala fe.
minmaster escribió:Zokormazo escribió:
Son dos cosas distintas, puesto que puedes ser prejubilado sin pasar por un ERE y ser un despedido mayor de 50 años por ERE sin tener prejubilacion.
El titular sigue siendo falso. Pero creo que por desconocimiento del redactor mas que por mala fe.
Lo que sale gratis es el coste de la prejubilación, hasta ahora las multinacionales o empresas de más de 100 trabajadores tenían que pagar una parte o todo de las cotizaciones o del paro del prejubilado/despedido mayor de 50 años. Ahora no pagarán nada siempre que argumenten perdidas en España.
Te vale asi? Mola centrar el debate en un titular para desviar la atención sobre la noticia real que es que las multinacionales con millones de beneficios podrán prejubilar a mayores de 50 años y el Estado (osea nosotros) tendremos que asumir el coste de tener a esa persona parada o prejubilada.
Lógicamente gratis, gratis no le sale a la empresa pero el Estado tendrá que hacerse cargo de todos los gastos de esas personas hasta su jubilación, y vuelvo a repetir que eso está aclarado en LA NOTICIA.