A raiz de un mensaje puesto por un compañero del foro, y dado que hay algunas cosas que ya empiezan a pasarse de anecdóticos y entran de lleno dentro de una estrategia de terror planificada y orquestada para meter el miedo en la ciudadanía para que ésta acepte sin rechistar su terrorismo económico que tantas víctimas está causando, creo conveniente agrupar en un hilo todas las barbaridades que la represión judicial está cometiendo contra aquellos que protestan y defienden sus derechos de un modo pacífico.
A menudo estas cuestiones no trascienden del ámbito local y no nos enteramos de los atropellos que se están cometiendo contra los pocos que osan protestar y oponerse a las reformas y despilfarros de los diversos gobiernos (estatal o autonómicos) y ayuntamientos. Para acabar con la disidencia y meter miedo a los contestatarios, el poder se sirve de todas sus armas, sin importarle las gravísimas consecuencias que pueda tener para sus víctimas. Habitualmente son multas desorbitadas, pero otras van un paso más allá en su afán de arruinar la vida de los pobres desgraciados que no se someten sumisamente a sus criminales políticas.
Sugiero que recopilemos aquí esos casos con simplemente un breve titular de cada uno y un enlace a la noticia completa.
Comienzo yo con algunos:
Piden entre 20 meses y 2 años de cárcel para 4 acusados de realizar pintadas contra el TAV en ZizurPiden cuatro años de prisión para cinco participantes en una protesta por la escuela públicaLos autores de los tartazos a Barcina se enfrentan hasta a 9 años de cárcelDe propina, un artículo sobre los pasos que está dando España para convertirse en un estado totalitario, cada vez más lejos de la democracia y más cerca de regímenes dictatoriales:
Penas de cárcel para acabar con la protesta social
La represión contra la protesta social está a punto de dar un formidable salto hacia el totalitarismo en el Estado español. el ministro de Justicia Alberto Ruiz Gallardón ultima en estos momentos una reforma del Código Penal que criminalizará actividades como la ocupación simbólica y pacífica de entidades bancarias, el encadenamiento para evitar desahucios o la convocatoria de manifestaciones a través de las redes sociales.
Según el artículo 557 ter. del Anteproyecto de Ley en el que trabaja el Gobierno, quienes se atrevan a realizar un acto de protesta en una entidad bancaria u otro organismo público, aunque se encuentren abiertos al público, tendrán que enfrentarse a penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses.
Se arriesgarán también a dar con sus huesos en la cárcel, de acuerdo a lo establecido en el nuevo artículo 560 bis del Código Penal, "quienes actuando individualmente, o mediante la acción concurrente de otros, interrumpan el funcionamiento de los servicios de telecomunicación o de los medios de transporte público...". Una acción consistente, por ejemplo, en el corte de una calle se sancionará con una pena de tres meses a dos años de prisión o una multa de seis a veinticuatro meses.
Según el portavoz de Jueces para la Democracia (JpD), Joaquim Bosch, la combinación de los recortes sociales con la aprobación de la normativa penal más dura de Europa permite categorizar a España en la actualidad como un "Estado penal".
¿A prisión por una sentada?Y es que, en efecto, el Nuevo Código parece perfectamente diseñado para intentar terminar con la protesta social mediante el expeditivo método de encarcelar a cualquiera que se atreve a reclamar sus derechos.
En este sentido Bosh advierte también que la forma en la que ha sido redactado el delito de atentado en el nuevo Código, "es lo bastante confusa como para que pueda entenderse incluida en él supuestos de protestas pacíficas como los encadenamientos para evitar desahucios".
Se considerará reos de atentado - según el artículo 550 - incluso a quienes opongan alguna resistencia a la autoridad o a sus agentes, “cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas". Estos "atentados", que podrían consistir en una mera "sentada" reivindicativa, serán castigados "con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos".
Si la autoridad en cuestión fuera un miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, del Congreso de los Diputados, del Senado o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Corporaciones locales, del Consejo General del Poder Judicial, Magistrado del Tribunal Constitucional, Juez, Magistrado o miembro del Ministerio Fiscal, "se impondrá la pena de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses”.
La "democracia" española penaliza la convocatoria de manifestacionesCon idéntica y cuidada ambigüedad, el artículo 559 del nuevo texto legal considera delito "la distribución o difusión pública, a través de cualquier medio, de mensajes o consignas que inciten a la comisión de alguno de los delitos de alteración del orden público del artículo 557 bis del Código Penal, o que sirvan para reforzar la decisión de llevarlos a cabo". Es decir, que quienes simplemente participen en la convocatoria de una manifestación podrían enfrentarse a penas de tres meses de cárcel o multas de tres a doce meses
Según el portavoz de la asociación de jueces afín al PSOE, Joaquim Bosch, esta disposición puede servir para avalar "actuaciones policiales desproporcionadas como las llevadas a cabo contra los promotores del 25-S, lesionando derechos de los ciudadanos".
Finalmente, el "Código Gallardón" introduce de facto la cadena perpetua en el Estado español, mediante la fórmula de la llamada “prisión permanente revisable” o la “custodia de seguridad".