Saikuro escribió:Esto no es ninguna cruzada personal contigo, ni siquiera venganza alguna, porque los moderadores, primero somos usuarios como otro cualquiera y después moderadores. Puedo haber cometido algún que otro error en mi forma de expresar un aviso y que alguien se haya ofendido, lo siento se así ha sido, y aunque no sea excusa, puede haber sido fruto de que no tuviera un buen momento. Primero suelo avisar de forma leve, pero a veces los usuarios omiten estos avisos, por lo cual hay que ser un poco más severo si eso contribuye a que el ambiente se relaje.
Lejos de querer castigar, ni nada por el estilo, simplemente trataba de cumplir las normas en cuanto a firmas se refiere. No se hace distinción alguna entre los usuarios, pero como podéis entender, no estamos continuamente vigilando a todo el mundo para ver quién se pasa en altura o si estas contienen spam. Si un usuario reporta una firma que incumple las normas, puede reportarlo libremente, se revisará y en caso de que sea cierto, se procederá a su borrado.
Sobre medir una firma, es muy sencillo hacerlo con Photoshop o cualquier otro programa de edición. Poco importa la resolución o tamaño de pantalla que tenga un usuario concreto, ya que el estilo de la página va declarado independientemente del monitor que se posea y en todos tendrá el mismo tamaño. Pero era mucho más sencillo que eso, dado que tu imagen ya llegaba casi a los 200 píxeles de altura máximos permitidos, por lo tanto era fácil suponer que junto al texto superaba dicho tamaño.
Espero haberte sido de ayuda,
Saludos.
Gracias por tu aclaración. Que admitas haber podido cometer algún error, habla bien de ti. Así que en lo que a mí respecta no incidiré más en ese tema.
Sobre la firma, tengo que insistir una vez más, me llama poderosamente la atención que se me haya borrado cuando llevaba con ella años y nunca nadie me avisó de ningún incumplimiento. Pero bueno, si lo cierto es que superaba esa tasa de píxeles que no se permiten,
lo admito y la modifico.
Lo que no me parece bien es que se "reprenda" a unos, y se "tolere" a otros, que da la casualidad de que son la mayoría y utilizan firmas mucho más extensas que la mía.
Puedo entender que la moderación de EOL no pueda estar pendiente de revisar cada una de las firmas, "a ojo", pero eso no es problema nuestro, de los usuarios. Si a nosotros como usuarios nos conmináis a utilizar una determinada medida para nuestras firmas, nosotros como usuarios, también tenemos entonces derecho a exigiros a vosotros, moderadores, que hagáis cumplir dicha norma para todos y cada uno de nosotros. Porque si no, se consienten situaciones donde unos pueden lucir firmas gigantes, y otros somos amonestados por rebasar unos pocos píxeles de más. Y eso, como puedes comprender,
no es ni justo ni ejemplar.
Si se conmina a cumplir una determinada norma, y cuando alguien no la cumple (la mayoría de los EOLianos utilizan firmas que no cumplen esa norma) se le exime alegando que "no hay medios" para comprobarlo en cada uno de nosotros, entonces que no se aplique.
Y si me permitís un consejo, va para quien haya redactado la normativa de las firmas, sería conveniente aclarar de alguna forma ese límite de altura, porque aplicarlo en píxeles cuando se trata de texto e imágenes resulta ambiguo. Por ejemplo, las tres imágenes siguientes presentan la misma firma pero con diferente tamaño de letra. El tamaño de letra lo escoge libremente cada usuario en su navegador.
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Así, la altura (y el ancho) de la firma depende y mucho, ya no sólo de la imagen utilizada sino de la fuente de letra y su tamaño, que es algo que ve cada cuál según su configuración de presentación en su navegador. ¿Cómo calibrar entonces si nos pasamos o si acotamos el límite que se estipula? No se puede, no es cuantificable de manera objetiva.
Y esto, respecto a la fuente de letra. Pero empleando distintas resoluciones (la presentación de los píxeles no es similar, a resoluciones menores lo presentado es más grande, y viceversa), utilizando monitores con distintas pulgadas, navegadores que imponen un interlineado diferente, etc. El tamaño puede variar aún más. Aludir a un límite de 200 píxeles de altura para la firma es ambiguo.