Quede claro que es para un trabajo que he de presentar en septiembre y que estoy liado:
-Se que no es válida la conversación grabada en la que no eres parte.
-Pero la ley diferencia entre lugar público y privado,así que se que las video grabaciones en un lugar privado no tienen validez probatoria salvo que se advierta previamente.
Mi duda es si la video-grabación de una conversación realizada en un lugar público(ejemplo:vease los que están hablando en el parque,en la playa o mientras van dando un paseo...) por quien no es parte en esa conversación es válida y tiene valor probatorio.
Pido por favor que seamos concretos porque tengo un lio de cuidado,pensaba que esto estaría muy claro en la ley pero por más que leo más me lio.